¿Qué Hacer Cuándo la Obra Social No Cubre un Medicamento?

Qué hacer cuando la obra social no cubre un medicamento

Como afiliado a un plan de salud, podés enfrentarte a ciertas situaciones que vulneren tus derechos, como por ejemplo un incumplimiento en la cobertura de un tratamiento. En este caso, es normal que te preguntes: ¿qué hacer cuando la obra social no cubre un medicamento? Para efectos, podés hacer un reclamo ante la Superintendencia de Servicios de Salud (SSSalud). 

Ahora bien, si querés saber más sobre este tema y cuáles son las posibles soluciones, seguí leyendo que a continuación te mostramos cómo hacer un reclamo de este tipo. 

Obras sociales: Prestaciones mínimas a cumplir según el PMO 

Lo primero que debes tener claro en cuanto a qué hacer cuando la obra social no cubre un medicamento, es que en el Programa Médico Obligatorio (PMO) están definidos los medicamentos que deben brindar por ley todas las prepagas y obras sociales a sus afiliados

Estos deben ser garantizados dentro de todos los planes y sin ningún tipo de discriminación. La lista es bastante extensa y la podés consultar en el sitio web de la Superintendencia de Servicios de Salud (SSSalud). 

Este organismo establece cuáles son los medicamentos y en qué casos se debe otorgar un 40% de descuento. En otros casos, hasta un 100% si se trata de situaciones especiales como por ejemplo tratamientos oncológicos o pacientes internados. 

Entonces, ¿qué hacer cuándo la obra social no cubre un medicamento?

En caso de preguntarte, qué hacer cuando la obra social no cubre un medicamento, te explicamos que lo primero que podés hacer es presentar la queja directamente ante la entidad que te presta el servicio de salud.

En este sentido, tendrás que diligenciar el formulario A, que lo podés descargar en la página de la Superintendencia de Servicios de Salud. Luego, presentarlo en la obra social o prepaga, quienes deberán responder en un plazo máximo de 15 días. Y, si es una urgencia, deberá ser de forma inmediata. 

Si esta medida no funciona, podés hacer una denuncia a la Superintendencia de Servicios de Salud. Y si el titular o afiliado se encontrara impedido, puede hacerla un familiar mayor de edad. 

¿Cómo realizar el reclamo en la Superintendencia de Servicios de Salud?

La siguiente opción, en caso de que la obra social se niegue a cubrir un medicamento es la siguiente: hacé un reclamo ante la Superintendencia de Servicios de Salud (SSSalud), que es el organismo que regula y supervisa las obras sociales. 

El afiliado también puede realizar este tipo de quejas como primera medida, sin pasar antes por el reclamo a su obra social o prepaga. Una vez recibido el reclamo, la entidad investiga el caso y toma medidas.

Lo primero, será diligenciar el formulario B que se puede descargar en la web de la Superintendencia de Servicios de Salud. Y lo segundo, será presentarlo en una oficina o a través de la página oficial del organismo. 

Esta denuncia será comunicada a la obra social o prepaga y deben responder en un plazo de 15 días, para un trámite normal y 5 días si es caso especial.

¿Qué otra opción tengo?

Una vez agotadas las anteriores instancias, la acción judicial es la siguiente alternativa de qué hacer cuando la obra social no cubre un medicamento y así hacer valer tu derecho. 

Incluso, si la salud del afiliado se vió comprometida por esta falta, se puede presentar un amparo judicial. Así, un juez podrá dictaminar que la cobertura sea inmediata. 

Este reclamo judicial también se puede presentar sin pasar antes por las otras instancias. 

Lo que recomendamos 

Lo primero que recomendamos, en caso de que quieras saber qué hacer cuando la obra social no cubre un medicamento, es que el afiliado presente el reclamo en la prepaga o obra social. Pues, en muchos de los casos se resuelve de manera eficiente en esta instancia. 

Otro consejo útil es que en el momento de entregar la documentación correspondiente siempre es mejor hacerlo con fotocopias, ni la obra social, ni la prepaga, pueden retener los originales. 

Por último, recordá que estos trámites no tienen ningún costo y nadie puede cobrarte por ellos. 

Esperamos que esta información te haya sido útil y si necesitás saber más sobre las prestaciones de tu prepaga consultá nuestra página web ElegiMejor o probá el Comparador de Prepagas

Fuentes:

Sobre el autor : María Alejandra Martínez Botero

Graduada de un postgrado en Gestión del Patrimonio Cultural de la Universidad de Buenos Aires y de la licenciatura en Artes Visuales de la Universidad Tecnológica de Pereira. Trabaja como redactora de contenido SEO, desde hace más de tres años, para diferentes páginas web, entre ellas la plataforma de ElegiMejor.com.ar, la primera plataforma que compara planes de medicina prepaga en Argentina.Página Freelancer.

Defensa del Derecho de Reproducción Asistida y el rol de las Obras Sociales y Prepagas

Defensa del Derecho de Reproducción Asistida

En cuanto a la defensa del derecho de reproducción asistida, lo primero que debes saber es que en Argentina existe la Ley 26.862 de Reproducción Medicamente Asistida desde el año 2013. En la misma se establece el acceso a técnicas de reproducción asistida, en el ámbito público y privado, como un derecho

Si querés conocer más al respecto seguí leyendo que te traemos toda la información sobre este tema en ElegiMejor

¿A qué nos referimos con la defensa del derecho de reproducción asistida?

El objetivo de la Ley de Reproducción Asistida es reconocer que, crear una familia, es un derecho fundamental. Y este derecho a la salud reproductiva debe ser igualitario para todos los beneficiarios

Tanto las obras sociales como las prepagas están en la obligación de ofrecer tratamientos de reproducción asistida. Esto implica cubrir al 100% los costos asociados con los procedimientos (con ciertas condiciones).

La defensa del derecho de reproducción asistida incluye la donación de gametos y embriones, los diagnósticos para el tratamiento y la medicación para llevar a cabo los procedimientos que se requieran. 

Todas las personas mayores, sin ningún tipo de discriminación, tienen derecho a los tratamientos y procedimientos de baja y alta complejidad para la ferlitización asistida de forma gratuita. 

En la resolución 1-E/2017 se define qué es el Tratamiento de Reproducción Humana Asistida de Alta Complejidad y se incluye un glosario para la definición de cada procedimiento.

¿Qué condiciones hay en la defensa del derecho de reproducción asistida?

  • Se tiene derecho a 4 tratamientos anuales con técnicas de baja complejidad con intervalos mínimos de 3 meses entre cada uno. 
  • Para tratamientos de alta complejidad se tiene derecho a 3 tratamientos con intervalos de 3 meses entre cada uno de ellos. Cada ciclo incluye hasta 3 transferencias de embriones, sea en fresco o criopreservados con gametos propios o no. 
  • Debe existir un diagnóstico médico que indique que se requiere el tratamiento.
  • Tanto los procedimientos, como diagnósticos, medicamentos y terapias de apoyo están incluidos en el Programa Médico Obligatorio (PMO). 

¿Cómo accedo a la defensa del derecho de reproducción asistida si no tengo prepaga ni obra social?

En caso de no contar con la cobertura médica, igualmente se tiene derecho al tratamiento de reproducción asistida. Podés ejercerlo en un hospital público, que por ley debe darle acceso a cualquier ciudadano que no tenga otra cobertura

¿Cómo ejerzo la defensa del derecho de reproducción asistida?

Aunque el derecho a la reproducción asistida esté determinado, la normativa puede ser imprecisa y dar lugar a faltas en el cumplimiento de la ley. 

En caso de que tu cobertura médica vulnere la defensa del derecho de reproducción asistida, podés presentar un reclamo directamente con el prestador o con la Superintendencia de Seguros de Salud (SSSalud).

Así mismo, en caso de no tener ninguna respuesta, podrás hacer un trámite judicial, presentando un amparo de derecho a la salud. 

Fuentes: 

Sobre el autor : María Alejandra Martínez Botero

Graduada de un postgrado en Gestión del Patrimonio Cultural de la Universidad de Buenos Aires y de la licenciatura en Artes Visuales de la Universidad Tecnológica de Pereira. Trabaja como redactora de contenido SEO, desde hace más de tres años, para diferentes páginas web, entre ellas la plataforma de ElegiMejor.com.ar, la primera plataforma que compara planes de medicina prepaga en Argentina.Página Freelancer.

Decreto DNU: ¿Cuánto Tiempo Tarda la Derivación de Aportes si Tengo un Nuevo Trabajo?

Cuánto tarda la derivación de aportes

Con el nuevo Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), la Ley de Obras Sociales se ha visto modificada en varios aspectos, uno de ellos se centra en la opción de cambio de la obra social. Si estás en un caso similar, y te estás preguntando, ¿cuánto tiempo tarda la derivación de los aportes si tengo un nuevo trabajo? ¡Seguí leyendo!

En el siguiente artículo encontrarás la respuesta a esta pregunta y más información sobre la Ley ómnibus, el decreto DNU y cómo afectan el sistema de salud. 

¿Qué es la derivación de aportes?

Cuando trabajamos en relación de dependencia o como monotributista, hacemos unos aportes obligatorios a la salud. Por defecto, ese dinero va a una obra social. 

En caso de elegir cambiarse a una prepaga, ese dinero se transfiere para pagar parte de la cuota del plan elegido. A eso se le llama: derivación de aportes. Es decir, que ese aporte se deriva a la prepaga. 

Antes del nuevo decreto DNU, existía la intermediación de una obra social sindical que se quedaba con un porcentaje al realizar este trámite. Ahora ese dinero va directo a la prepaga. 

Así mismo, quienes empezaban un nuevo trabajo, debían permanecer en la obra social de su actividad por lo menos un año antes de poder cambiarse a otra obra social, o derivar esos aportes a una prepaga. Pero eso también cambió con la nueva Ley ómnibus y ahora se puede hacer de manera inmediata

Diferencia entre una obra social y una prepaga

Recordá que: 

  • Obra Social: funciona a través del estado y/o de un sindicato. 
  • Prepaga: Es una empresa privada que presta los servicios de salud. 

¿Querés conocer más sobre las diferencias entre una obra social y una prepaga? Te invitamos a leer este artículo

¿Quiénes pueden derivar sus aportes?

Las personas que pueden derivar sus aportes son: 

  • Trabajadores en relación de dependencia.
  • Trabajadores que les corresponde una obra social de dirección. 
  • Trabajadores que les corresponde una obra social sindical.
  • Monotributistas. 
  • Jubilados y pensionados. 

¿Cuánto tarda la derivación de aportes? 

Antes de la actual Ley ómnibus, los trabajadores debían permanecer un año en la obra social correspondiente a su actividad para poder cambiar a una prepaga y hacer la derivación de aportes. 

Con el nuevo decreto DNU, los trabajadores pueden cambiarse de obra social tan pronto empiezan su relación laboral. Esto queda consignado en el Capítulo VIII del DNU artículo 311 y 312. 

¿Qué dice la ley sobre cuánto tarda la derivación de aportes?

Con el DNU 70/2023 en el título IV artículo 311, se cambia el decreto 438/2021 así: 

Artículo 13: los trabajadores que inicien una relación laboral podrán ejercer el derecho de elección de agente de seguro de la Ley No. 23.661”.

DNU 70/2023

En este sentido, es importante saber cuánto tarda la derivación de aportes en hacerse efectiva, ya que puede ser desde un mes, hasta tres. 

En todo caso, en este tiempo se tendrá  la cobertura de la obra social, o se podrá pagar el total de la cuota de la prepaga y hacer uso de sus servicios. 

¿De cuánto es la derivación de aportes?

El valor de los aportes de un trabajador es el 3% del salario bruto más el 6% que aporta el empleador. De ese 9% entre un 7,2 y un 7,65 van a la salud. Este último porcentaje es el valor de la derivación de aportes que irá a la prepaga. 

Si querés saber más sobre los precios de los planes y su cobertura, visitá nuestra página web ElegiMejor y probá el Comparador de Prepagas

Fuente:

Sobre el autor : María Alejandra Martínez Botero

Graduada de un postgrado en Gestión del Patrimonio Cultural de la Universidad de Buenos Aires y de la licenciatura en Artes Visuales de la Universidad Tecnológica de Pereira. Trabaja como redactora de contenido SEO, desde hace más de tres años, para diferentes páginas web, entre ellas la plataforma de ElegiMejor.com.ar, la primera plataforma que compara planes de medicina prepaga en Argentina.Página Freelancer.

¿Cómo se Financian las Obras Sociales? Lo que Debes Conocer

Cómo se financian las obras sociales

Todos sabemos que estas entidades ofrecen cobertura médica y servicios de salud, pero sabés ¿cómo se financian las obras sociales? Si querés averiguarlo, seguí leyendo este post que te traemos la información. ¡O visitanos en nuestra página web Elegí Mejor!

¿Qué son las obras sociales?

Las obras sociales forman parte del sistema de seguridad social en Argentina y son una parte esencial del sistema de salud, que se compone de tres grandes sectores: 

  • Público
  • Prepagas (privado)
  • Obras Sociales 

Actualmente, más de 25 millones de personas acceden al sistema de salud a través de las obras sociales. De esta forma, se garantiza el acceso a los servicios médicos del PMO a trabajadores en relación de dependencia, jubilados, autónomos, monotributistas y sus familias, quienes se incorporan por medio de convenios. 

¿Cuáles son las diferencias entre las obras sociales y las prepagas?

La principal diferencia es que las prepagas son empresas privadas que funcionan brindando un servicio proporcional a la cuota que reciben de su cliente. En cambio, las obras sociales están determinadas por la Ley como de constitución solidaria y equidad en la distribución de las prestaciones. 

Normalmente, las prepagas en sus planes iniciales ofrecen las prestaciones del PMO y de ahí van aumentando en precio y cantidad de beneficios médicos. Pero también, sus ventajas tienen que ver con menos vueltas administrativas o tiempos de espera.

¿Qué es el sistema de salud público?

El sector público garantiza la salud a quienes no se encuentran en capacidad de pagar, ni en una obra social, ni en una prepaga. Y por medio de este sistema tienen acceso a toda la cobertura que exige el PMO. 

Puntos clave de las obras sociales 

Las obras sociales están diseñadas para garantizar la equidad en el acceso a la atención médica. Por esto, los trabajadores asalariados están afiliados obligatoriamente como parte de su empleo. La obra social elegida suele depender de la actividad laboral y la región. 

¿Cómo se financian las obras sociales?

Para responder a la pregunta: ¿cómo se financian las obras sociales? Lo principal es saber que es un sistema solidario, donde los beneficiarios aportan a un fondo común, para cubrir los costos de los servicios.

Este sistema de financiamiento es parte del sistema de seguridad social. Y es administrado por los trabajadores por medio de los sindicatos. Así mismo, el sistema de obras sociales está regulado por la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS). 

Cómo se financian las obras sociales con el sistema solidario  

En este sistema, tanto los trabajadores como los empleadores aportan. A los primeros se les descuenta un 3% del sueldo y al empleador un 6%. Así las personas con salarios más altos aportan más y los más bajos menos. Pero ambos tienen el mismo tipo de asistencia médica.

El esquema de cómo se financian las obras sociales opera así:

  • Empleadores: están obligados a realizar aportes (contribuciones patronales) en función de la cantidad de empleados y la actividad de la empresa. 
  • Empleados: los trabajadores realizan aportes, deducidos de sus salarios.
  • Adicionales: algunas obras sociales pueden obtener recursos adicionales a través de acuerdos con el Estado, inversiones, entre otros.

Si querés cambiarte de Obra Social o Prepaga podés comparar los planes, precios, cartillas y prestaciones ingresando en nuestra página web ElegiMejor.

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Sobre el autor : María Alejandra Martínez Botero

Graduada de un postgrado en Gestión del Patrimonio Cultural de la Universidad de Buenos Aires y de la licenciatura en Artes Visuales de la Universidad Tecnológica de Pereira. Trabaja como redactora de contenido SEO, desde hace más de tres años, para diferentes páginas web, entre ellas la plataforma de ElegiMejor.com.ar, la primera plataforma que compara planes de medicina prepaga en Argentina.Página Freelancer.