Obras sociales para Personal Doméstico

Empleada-Domestica
Si trabajas en una casa particular y residís en ese domicilio –sin retiro- para un mismo empleador, o con retiro para un mismo o distintos empleadores, tu actividad está enmarcada en el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares (Ley 26.844 del 2013). Tanto como trabajador/a o si empleas a alguien, este régimen aplica a todo el país para el vínculo laboral por trabajos en casas particulares o ámbito familiar. No debe importar lucro o beneficio económico directo para el empleador.

Personal de Casas Particulares

Estas tareas son:

  • Actividades de limpieza en un hogar familiar
  • Tareas de mantenimiento en casas particulares
  • Asistencia personal y acompañamiento a miembros de la familia o quienes vivan en un mismo domicilio con el empleador
  • Cuidado y acompañamiento no terapéutico de personas que están enfermas o que tienen una discapacidad
Servicio-Mayores
Los que cuidan a las personas que están enfermas o que tienen una discapacidad son parte del personal de casas particulares.

En cambio, no se considera personal de casas particulares a:

  • Personas que estén emparentadas con el dueño de casa (padres, hijos, hermanos, nietos y/o relacionadas en algún grado no laboral con el empleador);
  • Quienes cuiden o asistan a personas enfermas o con discapacidad, cuando en realidad se trate de una prestación terapéutica o para la cual se necesiten habilitaciones profesionales;
  • quienes estén contratados exclusivamente para conducir vehículos particulares de la casa y/o familia;
  • quienes convivan en el lugar con personal de casas particulares y no presten esos servicios para el mismo empleador;
  • quienes, además de tareas domésticas, presten otros servicios ajenos a la casa particular o familiar, en otras actividades o empresas de su empleador ya que se presume una relación laboral ajena a este régimen (no importa la frecuencia);
  • quienes como empleados de consorcios de propietarios de cualquier sistema de condominio, presten servicios en las respectivas unidades funcionales.

A su vez, la AFIP establece el valor de los aportes, contribuciones y ART (aseguradora de riesgos de trabajo) para el Personal de Casas Particulares.

Tu empleador está obligado a pagarte la ART por si tenés un accidente de trabajo o una enfermedad profesional.

Te garantizará:

  • Atención médica inmediata
  • Cobrar tu sueldo mientras estás en tratamiento
  • Cobrar las indemnizaciones que te correspondan

Obras Sociales

Si sos Personal de Casa Particular y tenés dudas sobre cuál es tu obra social, podés llamar al teléfono 130 de ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social). Eligiendo la opción automática 4 y luego la opción 3 podés consultarlo, las 24 horas.

La obra social debe garantizarte:

  • Atención médica
  • Medicamentos
  • Internación

También podrías optar por un plan con mayores beneficios pagando una cuota más alta.

Es importante que sepas de qué se trata el PMO (Plan Médico Obligatorio).

Si estás registrada en la obra social de tu pareja, el Decreto 806/2004 dispone que en un plazo no mayor a 60 días se deben unificar automáticamente ambos aportes en una sola obra social.
Si tu pareja tiene mayor antigüedad en la obra social donde aporta, los aportes se destinarán a ésta. Sin embargo una vez unificadas, pueden pedir que sus aportes se destinen juntos a la obra social que elijan.

Una vez que estés registrada en AFIP, es tu responsabilidad tramitar la afiliación a la obra social. Si bien OSPACP es la obra social que se te asignará de oficio cuando tu empleador te inscriba en AFIP, también podés consultar para afiliarte en otra. La elección es tuya, no del empleador. La Superintendencia de Servicios de Salud, publica un listado de las obras sociales inscriptas para la atención del Personal de Casas Particulares. Según la categoría del aporte que tengas, el importe destinado a la obra social varía. Si trabajas para más de un empleador, los aportes de cada uno de ellos pueden sumarse.

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En caso de elegir quedarte en OSPACP, las afiliaciones se reciben en Pasaje Quirno Costa 1258, CABA. De lunes a viernes de 8 a 18 hs. Para consultas o saber qué documentación presentar, podés llamar a los teléfonos 4963-0540/0528 o escribir a quirnocosta@ospacp.org.ar

Para acceder a los servicios de una obra social deberás tener un aporte mínimo correspondiendo a 16 horas de trabajo semanales mínimas. Si el aporte mensual del empleador fuese menor porque el número de horas semanales que trabajas no llega a 16, podés abonar la diferencia, presentando un formulario que te van a indicar en la obra social.

Si querés agregar a un familiar (cónyuge, concubino o hijo) a tu obra social, podes hacerlo pagando un aporte adicional por cada uno de ellos. Tenés que informarte acerca de las condiciones en tu obra social. En caso de ponerte de acuerdo, tendrás que presentarte en una sede con la documentación y pago que corresponda.

Embarazo

El trabajo de empleadas mujeres está prohibido durante 45 días corridos previos al parto y los 45 días posteriores al mismo. Opcionalmente, podes disminuir la licencia anterior al nacimiento a 30 días corridos y los restantes 15 días juntarlos con la licencia posparto. Si el parto se adelanta, se te habilita a tomar después del parto los días que eran previos, para completar los 90 días corridos.
Cumplidas las 12 semanas, tenés que comunicar tu embarazo presentando el certificado donde tu médico conste la fecha probable de parto. Así, conservarás tu empleo y las prestaciones de los sistemas de la Seguridad Social a los que tenés derecho.

Ante despido por embarazo (7½ meses antes del nacimiento o 7½ después y siempre y cuando lo hayas notificado fehacientemente) tendrás derecho a una indemnización. Esta equivale a un año de sueldos acumulables a una indemnización por despido sin que medie justa causa.

Esta presunción aplica aunque se haya interrumpido el embarazo o ante un nacimiento sin vida.

Además de las protecciones y asignaciones sociales a las que tendrás derecho como trabajadora registrada en la economía formal (Asignación por Embarazo para Protección Social y Asignación por Maternidad para la Protección Social), tenés acceso a las prestaciones médicas de OSPACP o de la Obra Social elegida. Deberás presentarte en la obra social para certificar el embarazo mediante constancia médica y actualizar el Carnet de Afiliación.

Tené en cuenta que durante la licencia de 90 días en que no trabajás, tu empleador no debe hacer aportes, ni pagar contribuciones o ART. Esos montos estarán a cargo de ANSES, que paga el subsidio por maternidad. Pasado ese plazo y con tu reintegro al trabajo, el empleador debe hacerse cargo otra vez.

Como empleada de Casas Particulares, al nacer tu hijo podés pedir la Asignación Universal por Hijo (AUH), no importa el monto del salario que percibas.
Por otra parte el trabajador de Casas Particulares hombre, padre del bebé recién nacido, también tendrá derecho a 2 días corridos de licencia por nacimiento de su hijo.

En cuanto a las empleadas del servicio doméstico que no están registradas en la economía formal, igual tienen derecho a recibir la Asignación por Embarazo para Protección Social y la Asignación por Maternidad para la Protección Social. En esto caso, sus montos están limitados al Salario Mínimo Vital y Móvil. Para corroborar los datos hay que dirigirse a ANSES o llamar al 130.

Fuentes:

Sobre el autor : Fabien Barralon

Titular de un postgrado en Biología Molecular de la Universidad Paris 6 en Francia y de un Master en marketing en la escuela de negocios HEC Paris. Trabajó 8 años en la industria farmacéutica para diferentes laboratorios (Sanofi, Eli Lilly, Pierre Fabre y Servier) en París, México DF y Buenos Aires. Vive en Argentina desde 2011 y es cofundador de la plataforma ElegiMejor.com.ar, la primera plataforma que compara planes de medicina prepaga en Argentina. Página Linkedin.

Celiaquía, cuidados y derechos

La celiaquía o enfermedad celíaca es la inflamación del intestino delgado provocada por la intolerancia al gluten. Es una condición autoinmune que se manifiesta en esta intolerancia. El gluten está formado por proteínas del trigo, avena, cebada y centeno (TACC). Puede presentarse en niños y adultos, mientras que hoy hay más casos de mujeres que de varones.

TACC

Esas proteínas se dividen en dos grupos:

  • Prolaminas, que según el cereal de origen serán: Gliadina (trigo), Avenina (avena), Hordeína (cebada) y Secalina (centeno)
  • Gluteninas

El gluten de estos cereales es la forma habitual de las prolaminas más tóxicas para las personas celíacas. Específicamente la gliadina es la más perjudicial y a su vez la más usada en la elaboración de alimentos.

Aunque la avena es más inocua, puede contaminarse seriamente con trigo, cebada o centeno en las fábricas. El tratamiento de la celiaquia se basa en una dieta libre de gluten, para toda la vida.

Recomendaciones para el Celiaco

Tips-Para-Celiacos
Una dieta estricta es la única forma de no padecer de los síntomas de la enfermedad celiaca.
  • No deberías empezar una dieta sin gluten sin antes hacerte una biopsia intestinal que certifique tu intolerancia
  • Una vez iniciada, es fundamental que sea de por vida. Ingerir pequeñas cantidades de gluten puede provocar lesiones intestinales (incluso sin síntomas)
  • Además de alimentos sin TACC, tampoco deberás comer derivados de éstos como almidón, panificados, harina, etc.
  • Podés comer todos los productos naturales como verduras, frutas, hortalizas, legumbres, huevos, carnes, etc., sin límite
  • Por seguridad deberías eliminar de tu dieta todos los alimentos sueltos (o a ‘granel’) como cereales, especias, harinas, arroces, hongos, etc., porque pueden contaminarse con otros que tengan gluten
  • Las harinas de arroz o maíz a granel pueden haber pasado por un proceso de molienda en molinos donde también se muelen otros cereales como avena o trigo, asi que evitalas
  • No consumas productos elaborados artesanalmente sin etiquetar respecto al TACC
  • Es preferible almacenar los alimentos libres de gluten en una zona exclusiva de tu cocina
  • No frías alimentos sin TACC en aceites previamente contaminados con gluten
  • Los utensilios de cocina deben estar siempre limpios y hay que evitar la contaminación cruzada con alimentos con gluten
  • Antes de comer en un restaurante aseguráte que tengan una correcta manipulación de alimentos y utensilios para no consumir nada contaminado
  • Incluso las pastas libres de gluten deben cocinarse aparte
  • Cuidado con los alimentos importados ya que en ciertos países los límites de gluten aceptados exceden los 20 mg/kg
  • Si dudás acerca de la presencia de gluten de un producto, no lo consumas
  • Si te recetan un remedio, aseguráte que el médico verifique el listado de medicamentos libres de gluten antes de comprarlo
  • Los lugares para personas privadas de libertad, los establecimientos de salud con internación, y los lugares de residencia temporales están obligados por la ley 26.588, Art. 4 bis a ofrecer por lo menos una opción de alimento sin gluten
  • Esta misma ley dispone que los comedores y kioscos de instituciones de enseñanza deben ofrecer un menú sin gluten
  • También, las empresas de aviación, ómnibus de larga distancia y transporte acuático con servicio de alimentos a bordo y sus terminales o paradores deben tener un menú sin TACC
  • Bares y restaurantes y locales de comida rápida deben tener opciones libre de gluten.
Tips-Para-Celiacos
La celiaquía genera una inflamación de la mucosa del intestino delgado que complica la absorción de nutrientes.

Seguramente notaste que suele haber celíacos dentro de una misma familia. Esto es porque la celiaquía aparece en individuos con predisposición genética a tenerla. En Argentina 1 de cada 100 personas podría ser celíaca.

Ya que el síntoma central de la celiaquia es la lesión de la mucosa (o capa interior), se producen atrofias en las vellosidades del intestino delgado. Esto disminuye o modifica la correcta absorción de vitaminas, grasas, hidratos de carbono, proteínas y minerales. O sea, de los nutrientes indispensables.
Por eso, se nota una pronta normalización de la mucosa intestinal cuando se empieza una dieta sin TACC. Sin embargo, puede darse en asociación con enfermedades genéticas y autoinmunes, presentándose en personas que no muestran síntomas.

Al ser autoinmune, las defensas de un celiaco rechazarían por ‘extraño’ al gluten. Como consecuencia, producirían ‘defensas’ o anticuerpos para combatirlo, que serían los responsables de la lesión intestinal y atrofia de la mucosa. Todo este proceso produciría la alteración en la absorción de los nutrientes presentes en alimentos.

¿Alimentos libre de gluten?

Tienen que tener visible en sus envases la leyenda ‘Libre de Gluten’, además de un símbolo representado por un círculo con una barra cruzada sobre tres espigas que dice “Sin TACC”. Los productos con esos símbolos pueden estar consumidos por personas que padecen de la celiaquia.

Hay 2 símbolos:
1) Círculo a COLOR con barra cruzada roja sobre tres espigas negras con granos amarillos, con fondo blanco y la leyenda “Sin TACC”
2) Círculo BLANCO y NEGRO con barra cruzada negra sobre tres espigas negras con granos blancos, con fondo blanco y la leyenda “Sin TACC”.

Tips-Para-Celiacos
En Argentina se ubican los alimentos sin TACC gracias a esos 2 logos.

Existe un listado de alimentos apto-celíacos, publicado por el Ministerio de Salud y ANMAT.

Cobertura por las Obras Sociales y Prepagas

La celiaquía fue declarada de interés nacional sanitario en diciembre de 2009 a través de la Ley 26588. Esta establece que su detección, diagnóstico, seguimiento y tratamiento debe ser cubierto por todas las obras sociales y prepagas.

Además, deben cubrir la compra de harinas y premezclas libres de TACC, a través del reintegro mensual establecido por el Ministerio de Salud de la Nación.

Para entrar en un plan de medicina prepaga, una persona celíaca puede tener dificultades. Las prepagas, si bien no tienen el derecho de rechazar un potencial afiliado por una cuestión de salud, sí pueden aumentar drásticamente el monto de la cuota mensual a pagar. Es una estrategia que la mayoría de las prepagas utilizan: algunas prepagas no ponen ninguna restricciones en cuanto a la afiliación de personas celíacas, otras los aceptan solo a partir de un plan superior (al precio comercial normal), y otras sí aumentan la cuota mensual del plan para que no se afilien. Es fundamental que estés informado acerca de tus derechos o los de tu familiar, como paciente celíaco.

¿Sabés qué proponen las prepagas para los pacientes celíacos? Vale la pena conocer las opciones disponibles en cobertura por celiaquía.

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De manera regular, el Ministerio de Salud eleva el reintegro que las obras sociales y prepagas tienen que hacer a los pacientes con celiaquía. Este monto es para comprar harinas libres de gluten y sus derivados y productos alimenticios fabricados con ellas.
Las autoridades quedaron comprometidas a actualizar este importe periódicamente. En todos casos, la cobertura de la celiaquía mejora con la calidad del plan de salud contratado.

Fuentes:

Sobre el autor : Fabien Barralon

Titular de un postgrado en Biología Molecular de la Universidad Paris 6 en Francia y de un Master en marketing en la escuela de negocios HEC Paris. Trabajó 8 años en la industria farmacéutica para diferentes laboratorios (Sanofi, Eli Lilly, Pierre Fabre y Servier) en París, México DF y Buenos Aires. Vive en Argentina desde 2011 y es cofundador de la plataforma ElegiMejor.com.ar, la primera plataforma que compara planes de medicina prepaga en Argentina. Página Linkedin.

¿Cómo Hacer un Reclamo a la Obra Social o Prepaga?

Persona haciendo sus reclamos a obra social
Es común que, como en cualquier empresa, se presenten reclamos a obras sociales y prepagas. Cualquier afiliado que sienta que sus derechos han sido vulnerados o que no ha recibido el servicio esperado tiene el derecho de presentar un reclamo, e incluso denunciar a su prestador de salud.

El ente correspondiente para un reclamo de este tipo es la Superintendencia de Servicios de Salud (SSSalud), quienes son los encargados de controlar este sector. Pero todo va a depender del caso específico y el tipo de falta. Por esto, es importante saber en qué situaciones corresponde y qué pasos se deben seguir. 

En el siguiente artículo te contamos más sobre los reclamos obras sociales y prepagas y te invitamos a conocer más sobre los principales planes de salud del mercado con sus prestaciones, precios y cartilla en nuestra página web ElegiMejor

¿Qué dice la ley sobre los reclamos a las prepagas y obras sociales?

En la resolución 75/98 de la SSSalud se encuentra el debido proceso administrativo para presentar un reclamo a una obra social o prepaga. Se puede aplicar en cualquier situación que pueda afectar la prestación médico asistencial a la que se tiene derecho.

Un trámite de reclamo se empieza llenando un formulario de reclamo y la obra social o prepaga, debe responder según los plazos de la normativa vigente en la resolución N° 075/1998. En caso de no tener respuesta, hay 10 días para solicitar la continuidad del reclamo con la SSSalud.


En caso de no tener respuesta o una negativa, también existe la opción, por derecho, de una instancia judicial bastante eficiente como la acción de amparo. Se trata de un proceso creado para proteger los derechos de la Constitución Nacional o de una ley especial que tenga rango constitucional.

Reclamos más comunes a las prepagas y obras sociales

Uno de los reclamos más repetitivos es el que se da cuando una obra social o prepaga niega una afiliación, sea directamente al titular o a un beneficiario de este. Ningún servicio de salud tiene derecho a negar una afiliación por edad, género, preexistencias o embarazo, pero sí están en derecho de cobrar una cuota extra

Asimismo, suele haber muchos reclamos con respecto a la cobertura por discapacidad o medicación que se incumple o se cumple mal. Por ejemplo, no respetando reintegros pre acordados, ignorando el Programa Médico Obligatorio (PMO) o el Plan Materno Infantil

Otro reclamo a la obra social o prepaga muy común es la dificultad para darse de baja. En este sentido, todo servicio de salud debe tener dentro de su página web un acceso para darse de baja de manera fácil y rápida. Eso sí, este procedimiento debe realizarse con un mes de anticipación por parte del usuario.

¿Dónde y cómo presentar un reclamo a una prepaga u obra social? 

Se pueden presentar reclamos a una prepaga o obra social como afiliado titular, en la sede central o delegación de tu obra social o prepaga, completando el Formulario A  de la Superintendencia de Servicios de Salud (SSSalud), junto a la documentación que corresponda. 

Una vez presentado el reclamo, durante los próximos 15 días se debe recibir la respuesta. Recordá que si se trata de una urgencia la resolución debe ser inmediata. Si la respuesta es negativa se puede insistir ante la Superintendencia de Servicios de Salud enviando una nota dentro de los 10 días siguientes.

También podés presentar el reclamo frente a la SSSalud y completar el Formulario B. Este trámite se puede concretar por dos vías: 

  • Virtual, ingresando a la plataforma de trámites con el usuario de la AFIP. 
  • Presencial, con un turno previo que podés pedir con el usuario de Mi Argentina

En este caso, la Superintendencia de Servicios de Salud traslada la queja a la entidad prestadora del servicio quien debe responder en un plazo de 15 días para trámites normales y 5 días para casos más específicos como internaciones, drogadicción, HIV, tratamientos oncológicos, embarazo y cobertura del recién nacido. 

En CABA se puede presentar el reclamo a la prepaga o obra social, personalmente en la Av. Pte. Roque Sáenz Peña 530, de lunes a viernes de 10 a 16hs. Mientras que en el interior del país se pueden comunicar a la línea gratuita 0-800-222-72583 para solicitar asesoría sobre cómo presentar tu reclamo.

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Dudas frecuentes

Es importante que sepas que el trámite de presentación de un reclamo obra social o prepaga no tiene costo. Desde ElegiMejor te ofrecemos una pequeña guía que resume algunas dudas frecuentes para saber si tu reclamo es válido:

  • El Programa Médico Obligatorio (PMO) define por medio de una ley, las prestaciones y coberturas garantizadas por tu servicio de salud. Las obras sociales y prepagas ofrecen planes con prestaciones extra, contratables mediante un pago adicional mensual.
  • La Ley 23.660 de obras sociales establece pautas acerca de tus derechos.
    No se te puede negar el acceso a las prestaciones obligatorias por el Plan Médico Obligatorio (PMO). Pero hay prestaciones incluidas en algunos planes que no están en el PMO y necesitan un periodo de carencia antes de que puedas usarlas (ortodoncia, implantes odontológicos, cirugía estética, cirugía refractiva y prótesis, entre otros). El Art. 10 de la Ley 26.682 de medicina prepaga regula esta cuestión.
  • En cuanto al aumento de cuota por edad, si tenés más de 65 años la prepaga tiene derecho a subir la cuota mensual, excepto si estás adherido al mismo plan hace más de 10 años. En ese caso, no pueden aumentar tu cuota por edad. Sin embargo, podrán subirla por el aumento autorizado por la Superintendencia de Servicio de Salud (Ley 26.682 de medicina prepaga, Art. 12)

En cuestiones de salud, siempre es bueno tomar decisiones informadas. Por lo tanto, recordá que si querés hacer un cambio de plan de salud, con nuestro Comparador podés tener toda la información según tus criterios personales. Visitá nuestra página web ElegiMejor. ¡Contamos con un equipo de profesionales y asesores!

Fuentes:

Sobre el autor : María Alejandra Martínez Botero

Graduada de un postgrado en Gestión del Patrimonio Cultural de la Universidad de Buenos Aires y de la licenciatura en Artes Visuales de la Universidad Tecnológica de Pereira. Trabaja como redactora de contenido SEO, desde hace más de tres años, para diferentes páginas web, entre ellas la plataforma de ElegiMejor.com.ar, la primera plataforma que compara planes de medicina prepaga en Argentina.Página Freelancer.

Cobertura Universal de Salud

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Anunciada hace más de 14 meses, el pasado 3 de octubre se puso en marcha en Guaymallén (Mendoza), el plan piloto de la nueva Cobertura Universal de Salud (CUS) argentina. Es un sistema de atención médica integrado dirigido a 15 millones de ciudadanos que no tienen cobertura médica de obra social, PAMI ni privada.

¿Qué es la cobertura universal de salud?

Busca ser un plan de salud gratuito, integral y personal con mejor acceso a las prestaciones y medicamentos del sistema estatal. Esta iniciativa es parte de las acciones del acuerdo firmado por los estados miembro de las Naciones Unidas (incluida Argentina) para alcanzar la cobertura universal de salud en el año 2030.

En el lanzamiento, funcionarios del gobierno nacional y provincial aclararon que esta cobertura es un proceso y no una meta. Representa la primera etapa de un nuevo paradigma en salud para Argentina. En este sistema, el paciente está identificado en forma individual y directa, como pasa en las obras sociales y prepagas. La cobertura universal facilita que todos los ciudadanos con DNI estén individualizados y el sistema de salud sepa cuál es su cobertura.

Los Beneficios de la Cobertura Universal de Salud

  • Evita el ‘subsidio cruzado’ (cuando alguien que cuenta con alguna cobertura acude al hospital público o centro de salud, generando un costo doble);
  • Mejora la atención a través de turnos electrónicos o telefónicos;
  • Asegura la derivación o consulta de referencia-contrareferencia;
  • Se confecciona una historia clínica electrónica;
  • Garantiza mayor participación de las provincias a programas disponibles en el Ministerio de Salud de la Nación;
  • Mejora la administración de recursos de salud por parte del Estado.

Los medicamentos (hasta ahora distribuidos bajo la órbita del Programa Remediar), se entregarán en los mismos puntos de todo el territorio nacional. A partir de ahora se hará mediante la nueva Cobertura Universal de Salud.

El programa se fortalecerá mediante medicamentos de laboratorios de producción pública, tal como explicó la Agencia Nacional de Laboratorios Públicos (Anlap).

En cuanto al financiamiento, se calcula que la inversión -mediante aportes del Gobierno nacional- alcanzará los USD 1.000 millones. El Decreto 908/2016 estableció que estos recursos saldrán -por única vez- del Fondo Solidario de Redistribución.

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La Puesta en marcha de la Cobertura Universal de Salud

En la primera etapa, el CUS estará disponible como prueba piloto en dos centros de salud de Guaymallén, Mendoza. Después se sumarán Santiago del Estero y la provincia de Buenos Aires, para luego seguir con la ampliación del sistema a todo el territorio nacional.

Desde ahora, en Guaymallén más de 120.000 vecinos piden turno médico telefónico llamando a un call center, sin necesidad de ir a la madrugada a hacer interminables filas para conseguirlo. En una segunda etapa del programa, también se podrán reservar turnos por internet. Cuando llega el turno, el paciente acude al centro de salud. Ahí, presentando su DNI, el personal de atención al público le generará por única vez, su historia clínica electrónica personal. Este documento, es un elemento central para el nuevo sistema. El médico de cabecera asignado actualizará online la historia clínica en la consulta. La misma, quedará disponible en todos los hospitales y centros de salud que estén integrados al CUS. La idea es que esto simplifique cualquier interconsulta posterior que pudiera requerirse y vaya registrando todo el perfil de salud del ciudadano.

En caso que el profesional indique una derivación a otro especialista, le dará al paciente una orden médica que así lo indique. Éste, tendrá que presentarla en atención al público y se le dará un nuevo turno en el centro de salud o hospital especializado que le quede más cerca de su domicilio. Es importante que después de esa interconsulta, vuela a su médico de referencia para lograr un seguimiento más eficaz.

La mira está puesta en los centros de atención primaria (CAPS) barriales, en los cuales aumentará la inversión en equipos. La idea es mejorar notablemente estos centros de salud más pequeños para que los pacientes no acudan al hospital como primera opción.

Al estar integrado por medio de la Red Nacional de Telesalud, el sistema CUS prevé tener mejor articulación jurisdiccional. Por ejemplo, si un paciente recibe una cirugía lejos de su lugar origen, podrá contar con seguimiento a través de Telesalud sin necesidad de trasladarse.

También traería mayores beneficios en la atención hospitalaria, mediante la identificación de prestaciones que recibe cada ciudadano por parte de la Nación, la provincia o el municipio en cuestión. Más allá del lugar y para lograr mayor homogeneidad, se plantearon estándares unificados en la atención al paciente.

Para quienes lo deseen, se habilitará una forma de acceso móvil, que consiste en una aplicación para teléfonos celulares. Con ella, se podrá ver la ubicación exacta, los horarios y teléfonos de contacto de los centros de salud, hospitales y profesionales más cercanos al paciente. En futuras etapas del sistema, el interesado se podrá presentar con su credencial CUS y en atención al público leerán su código QR con un dispositivo óptico. Automáticamente se abrirá la historia clínica digital del paciente.

Alcance y cobertura

El plan prevé llegar a 15 millones de beneficiarios que hoy acuden a los servicios públicos de salud y representan el segmento de mayor vulnerabilidad. Hoy, apunta especialmente a:

  • la población socialmente más vulnerable;
  • trabajadores informales;
  • desocupados;
  • personas sin acceso a obras sociales sindicales o medicina prepaga.

Para toda la población en general, este nuevo sistema será completamente gratuito. Pero si un paciente cuenta con cobertura privada y se presenta en un hospital público para recibir atención, ésta se le cobrará a su obra social o prepaga.Este nuevo sistema cuenta con el aval de los sindicatos. Hasta el momento, un total de catorce provincias se adhirieron al CUS.

Fuentes:

Sobre el autor : Fabien Barralon

Titular de un postgrado en Biología Molecular de la Universidad Paris 6 en Francia y de un Master en marketing en la escuela de negocios HEC Paris. Trabajó 8 años en la industria farmacéutica para diferentes laboratorios (Sanofi, Eli Lilly, Pierre Fabre y Servier) en París, México DF y Buenos Aires. Vive en Argentina desde 2011 y es cofundador de la plataforma ElegiMejor.com.ar, la primera plataforma que compara planes de medicina prepaga en Argentina. Página Linkedin.

Las Sucursales de Swiss Medical

Sucursales-SwissMedical-Capital
La empresa de medicina prepaga Swiss Medical ofrece una gran variedad de planes que dan acceso a una red de prestadores muy amplia, desde el plan básico SMG01 hasta su plan más premium SMG70. La Swiss Medical cuenta igualmente con una red desarrollada de sucursales, de tal forma que los afiliados puedan encontrar una sucursal donde sean en Capital o en cualquier otras ciudades de la Argentina.

Sucursales Swiss Medical en Capital Federal

Sucursal de Barrio Norte

Av. Pueyrredón 1486
0810-444-7700
Lunes a Viernes de 9 a 17 hs

Sucursal de Belgrano

Sucre 2233 – Capital
0810-444-7700
Lunes a Viernes de 9 a 17 hs.

Sucursal de Caballito

Av. Rivadavia 4781
0810-444-7700
Lunes a Viernes de 9 a 17 hs.

Sucursal de Microcentro

Sarmiento 487
0810-444-7700
Lunes a Viernes de 9 a 17 hs.

Sucursal de Palermo

Av. Santa Fe 3700
0810-444-7700
Lunes a Viernes de 9 a 17 hs.

Sucursal de Recoleta

Arenales 1818
0810-444-7700
Lunes a Viernes de 9 a 17 hs.

Sucursales Swiss Medical en GBA Norte

Sucursal de Martinez

Av. Alvear 399
0810-444-7700
Lunes a Viernes de 9 a 17 hs.

Sucursal de Olivos

Av. Maipú 1594
0810-444-7700
Lunes a Viernes de 9 a 17 hs.

Sucursal de Pilar

Ruta Panamericana KM 49.5, Complejo Paralelo 50
0810-444-7700
Lunes a Viernes de 9 a 17 hs.

Sucursal de San Isidro

Belgrano 427
0810-444-7700
Lunes a Viernes de 9 a 17 hs.

Sucursal de Campana

Colón 257
0810-444-7700
Lunes a Viernes de 9 a 17 hs.

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Sucursales Swiss Medical en GBA Sur

Sucursal de Berazategui

Av. Mitre 1301
0810-444-7700
Lunes a Viernes de 9 a 17 hs.

Sucursal de Lomas de Zamora

Av. Meeks 443
0810-444-7700
Lunes a Viernes de 9 a 17 hs.

Sucursal de Canning

Av. Castex 3489
0810-444-7700
Lunes a Viernes de 9 a 17 hs.

Sucursales-Swiss-Medical-Gran-Buenos-Aires
Sucursales de Swiss Medical en Capital y el Gran Buenos Aires.

Sucursales Swiss Medical en GBA Oeste

Sucursal de San Martin

Lincoln 3789
0810-444-7700
Lunes a Viernes de 9 a 17 hs.

Sucursal de Ramos Mejía

Bartolomé Mitre 137
0810-444-7700
Lunes a Viernes de 9 a 17 hs.

Fuente:

Sobre el autor : Fabien Barralon

Titular de un postgrado en Biología Molecular de la Universidad Paris 6 en Francia y de un Master en marketing en la escuela de negocios HEC Paris. Trabajó 8 años en la industria farmacéutica para diferentes laboratorios (Sanofi, Eli Lilly, Pierre Fabre y Servier) en París, México DF y Buenos Aires. Vive en Argentina desde 2011 y es cofundador de la plataforma ElegiMejor.com.ar, la primera plataforma que compara planes de medicina prepaga en Argentina. Página Linkedin.