¿Qué se Considera Grupo Familiar para la Obra Social?

Grupo Familiar Obra Social

Un trabajador que está en relación de dependencia tiene derecho a una obra social. Esto significa que, el servicio de salud que se le otorga por su situación laboral lo cubre tanto a él, como a su grupo familiar directo. En este artículo te contamos, ¿qué se considera un Grupo Familiar en una Obra Social? Además, en nuestra página web ElegiMejor vas a encontrar información más detallada sobre la cobertura de los planes de salud.

La ley Argentina se encarga de definir qué se considera grupo familiar para una obra social, incluyendo a las personas que conviven con el titular, pero que deben cumplir con ciertas características y requisitos. Este grupo familiar primario en la obra social, es el mismo que aplica para los planes de salud de las prepagas. 

En este sentido, el Anses cuenta con un registro que se puede consultar online, en el que están, tanto los datos del afiliado titular, como de su grupo familiar primario. Este es el llamado: CODEM (comprobante de empadronamiento). Un certificado con el que podés verificar quienes están como beneficiarios de tu obra social. 

¿Quiénes conforman el grupo familiar primario? 

Las personas que por ley están en derecho de ser beneficiarios de un plan de salud de un titular, son el grupo familiar primario, que está conformado por: 

  • Cónyuge o conviviente.
  • Concubino. 
  • Pareja de hecho.
  • Hijos solteros hasta los 21 años no emancipados.
  • Hijos solteros mayores de 21 y hasta los 25, que sean estudiantes de una institución reconocida. 
  • Hijos incapacitados sin límite de edad.
  • Hijos del cónyuge o concubino.
  • Menores de edad en tutela del titular. 
  • Es posible que la SSSalud autorice beneficiar a un hijo soltero mayor de 26 y menor de 30, pero pagando un adicional de 1,5% en la cuota mensual.
  • Otra excepción es que algunas obras sociales extienden el límite de edad en los estudiantes hasta los 26 años, como el caso de IOMA por ejemplo. 

Todos los vínculos anteriormente mencionados, deben estar debidamente acreditados para dar fe que son verídicos. Es decir, que debe existir de por medio un documento que compruebe el tipo de relación con el afiliado titular, según la reglamentación vigente. 

Lectura recomendada: ¿Cómo adherir a mi pareja a la Obra Social?

Grupo familiar extendido

Además del grupo familiar primario, también existe un término legal para el grupo familiar que incluye a los ascendientes y descendientes por consanguinidad que estén a cargo del titular. Este es el llamado grupo familiar extendido que, en algunos casos, también pueden ser beneficiarios del afiliado titular, como por ejemplo: un nieto

¿Qué tipo de personas son titulares en una obra social?

La obra social es un servicio de salud que se brinda a los trabajadores en relación de dependencia, como un derecho. Por medio de sus aportes obligatorios y los de sus empleadores, entran en el sistema de salud, siendo lo que se llama un: afiliado titular

Este régimen general, abarca diferentes tipos de afiliados titulares. Y estos, tienen derecho a beneficiar a su grupo familiar primario obra social, de la siguiente manera: 

  • Trabajadores en relación de dependencia: El titular y su grupo familiar primario tienen cobertura durante el contrato de trabajo y 3 meses después, en caso de desempleo
  • Jubilados y pensionados: Pueden adherir a su grupo familiar primario. 
  • Pasantes: Afiliados por medio de un sistema de pasantías educativas. 
  • Titulares de seguro de desempleo: Tienen cobertura por el lapso que dura el seguro. Con cobertura para el grupo familiar primario. 
  • Monotributistas: Pueden beneficiar al grupo familiar primario abonando un monto fijo por cada uno conforme a la Ley Monotributo 25.865.
  • Personal de casas particulares: La incorporación del grupo familiar primario es opcional según la ley 26.844.
  • Programas especiales de cobertura de la Seguridad Social: Monotributistas sociales, titulares del programa ingreso social con trabajo, titulares del programa para la agricultura familiar.

¿Cómo elegir una obra social?

Si sos un trabajador en busca de un plan de salud, el Anses cuenta con una lista que se puede consultar de manera online, para que todas las personas consulten la totalidad de obras sociales habilitadas y puedan elegir. Incluso se puede descargar. 

Por otra parte, si lo que estás buscando es mejorar tu cobertura y cambiar de medicina prepagada, con nuestro Comparador de Planes podés tener acceso a toda la información con tus requisitos personales. Allí vas a encontrar precios, prestaciones y cartillas, en cuestión de segundos de forma gratuita.

Además, recordá que podés derivar tus aportes de la obra social al plan de la prepaga que elijas y así será mucho más cómodo para vos. No dudes en consultarnos, ¡estamos disponibles para asesorarte! 

Lectura recomendada: ¿Cómo Hacer la derivación de aportes de tu Obra Social a una Prepaga?

¿Y qué pasa con las prepagas y el grupo familiar? 

Si sos un afiliado titular de un plan de salud de una empresa de medicina prepaga, con aportes de sueldo, el grupo familiar primario es el mismo que describimos anteriormente y estas personas pueden ser beneficiarias de dicho servicio, con los costos que según el plan y la prepaga se soliciten. 

En el caso de que la prepaga sea contratada de manera independiente pagando la cuota completa por parte del afiliado y sin derivación de aportes. También podrá tener dichos beneficiarios, si así lo elige el titular. Pagando la cuota que corresponda por cada uno de ellos, pero en este caso sin restricciones por la edad. 

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¿Cómo modificar la obra social grupo familiar? 

Cuando se empieza un trabajo formal en relación de dependencia y se quiere afiliar a la obra social el grupo familiar, basta con avisar al empleador para que incluya a las personas correspondientes, empezando la relación laboral. 

O también el trámite se puede hacer personalmente en una oficina de la obra social. Además, a través de la página del ANSES podés actualizar tus vínculos familiares oficialmente, de ser necesario. 

Requisitos para agregar grupo familiar primario obra social

A continuación, te mencionamos que documentación debés tener a la mano en el caso de querer añadir a un miembro del grupo familiar primario como beneficiario de tu obra social:

  • DNI.
  • Una declaración jurada al Sistema Nacional del Seguro de Salud (documento PS 5.3).
  • Último recibo de sueldo..
  • Documentación que certifique el vínculo con el grupo familiar primario. 
  • Posiblemente un formulario de adhesión de tu obra social. 

Para hacer la solicitud formal de adhesión de un beneficiario de tu grupo familiar a la obra social, te recomendamos comunicarte directamente con la empresa y verificar los requisitos específicos. En caso de que te nieguen la afiliación, podés hacer un reclamo formal frente a la SSSalud o presentar un amparo en salud. 

Monotributistas: Obra social para el grupo familiar

Así como las personas en relación de dependencia, están en derecho de agregar como beneficiarios de su servicio de salud a su grupo familiar primario en la obra social, los monotributistas pueden acceder a este derecho. El mismo se puede ejercer en el momento de su inscripción o agregarlo más adelante. 

Para este último caso, se podrá hacer de manera online con el número de CUIT y clave fiscal, desde la página de la AFIP en la sección monotributo. Acá se encuentra un apartado para los datos, que se puede modificar. Tendrás que ingresar la información solicitada sobre el familiar que se quiere agregar.  

Una vez en esta parte del proceso, podés diligenciar el CUIL del familiar, junto con el parentesco. Y luego de haber realizado este proceso, el sistema pide que confirmes la información y te entrega un formulario de modificación de datos, con la nueva credencial de pago.

Esta diligencia será efectiva en el período fiscal que se seleccione al momento de la modificación. Esto va a tener un costo adicional en su cuota mensual, el valor depende de la categoría del monotributo. Y, en caso de querer eliminar un beneficiario, el procedimiento es el mismo, pero borrando al adherente.

Esperamos que este artículo aclare todas tus dudas. Si estás evaluando opciones para tu plan de salud o necesitas saber qué se considera un grupo familiar en la obra social, te invitamos a visitar nuestro sitio web ElegiMejor para aprender más del tema. ¡También podés utilizar el Comparador de Prepagas! Esta herramienta práctica te permitirá analizar precios, beneficios y elegir la prepaga ideal para vos y tu familia.

Fuentes:

Sobre el autor : María Alejandra Martínez Botero

Graduada de un postgrado en Gestión del Patrimonio Cultural de la Universidad de Buenos Aires y de la licenciatura en Artes Visuales de la Universidad Tecnológica de Pereira. Trabaja como redactora de contenido SEO, desde hace más de tres años, para diferentes páginas web, entre ellas la plataforma de ElegiMejor.com.ar, la primera plataforma que compara planes de medicina prepaga en Argentina.Página Freelancer.

¿Un Hijo Puede Tener Dos Obras Sociales?

Un hijo puede tener dos obras sociales

En algunos casos, cuando los padres están separados, es normal preguntarse si ¿un hijo puede tener dos obras sociales? y la respuesta es que, esto es inviable ante la ley Argentina. En el siguiente artículo, te explicamos por qué. Para más detalles sobre los planes de salud entrá en nuestra web ElegiMejor.

Lo primero que debes saber sobre la posibilidad de que un hijo puede tener dos obras sociales es que, como titular de una obra social o prepaga, tenés el derecho de incorporar a tu grupo familiar primario como beneficiarios.

Esto, por supuesto incluye los hijos, pero hasta cierta edad y con algunas limitaciones. Por ejemplo, que el niño, niña o adolescente, no esté adscrito a otro servicio de salud. 

Asimismo, el titular de un servicio de salud está en derecho de adherir a los hijos de su pareja. Pero en este caso también es requisito que el niño o niña, no sean beneficiarios de otra obra social. Por ejemplo, de su padre o madre biológico. 

Los hijos e hijas como beneficiarios de la obra social o prepaga

Todos los menores que estén bajo la tutela de un afiliado a un plan de salud, pueden ser beneficiarios. Sin embargo, esta situación está regida por ciertas normas que están escritas en la ley. 

En este sentido, vamos a definir qué tipo de personas son susceptibles legalmente de ser adheridas a este servicio. Cuando hablamos de hijos, en el grupo familiar primario nos referimos a: 

  • Los hijos solteros hasta los 21 años. 
  • Los hijos solteros mayores de 21 y hasta 25 que están estudiando. 
  • Los hijos incapacitados a cargo del titular y mayores de 21 años.
  • Los hijos del cónyuge.
  • Los menores en guarda o tutela del titular. 
  • En algunas excepciones es posible que la SSSalud autorice beneficiar a un hijo soltero mayor de 26 y menor de 30, pero pagando un adicional de 1,5% en la cuota mensual.
  • Otra excepción es que algunas obras sociales extienden el límite de edad en los estudiantes hasta los 26 años, como el caso de IOMA, por ejemplo. 

En todos los casos anteriormente mencionados el niño o adolescente no puede estar inscrito en otro tipo de servicio social o previsional, por parte de sus progenitores, sean biológicos o de adopción. 

Para verificar si un hijo puede tener dos obras sociales, podrás hacerlo diligenciando un certificado negativo del Comprobante de Empadronamiento en una Obra Social CODEM, que emite el ANSES. 

Tal vez este artículo te interese: CODEM Anses: Guía para Obtener tu Comprobante de Afiliación a la Obra Social

Además de los hijos, ¿quiénes más conforman el grupo familiar primario? 

El grupo familiar primario al que se extiende la cobertura del afiliado titular a un plan de salud, además de los hijos incluye: 

  • La pareja o cónyuge.
  • Las personas que convivan con el afiliado titular y reciban trato familiar, según la reglamentación vigente.

¿Cómo inscribir a un hijo en la obra social?

El trámite para adherir un hijo a tu servicio de salud, se hace de manera presencial en una oficina de la empresa y, en algunos casos, por medio de la página web, en el caso de las prepagas. Para esto, es necesario que modifiques el grupo familiar primario, en el portal de la prepaga. 

Cuando se hace la diligencia de manera presencial, no es necesario que asista otra persona además del titular.

La documentación que vas a necesitar para realizar la diligencia es: 

  • DNI del titular. 
  • DNI del hijo.
  • Partida de nacimiento y/o certificado de embarazo.

En caso de querer adherir los hijos de la pareja, lo podés hacer siempre y cuando contés con un certificado de convivencia, unión de hecho o matrimonio. Ya que, en todo caso debés convivir con tu pareja. Y los niños o adolescentes, deben estar bajo el cuidado personal (sea compartido o no) de la misma. 

Por otra parte, las personas que están en relación de dependencia, pueden adherir un hijo de manera virtual ingresando en la página del ANSES. Además, en esta plataforma, también podés gestionar la baja de integrantes del grupo familiar de forma sencilla y rápida

Este artículo te puede interesar: ¿Cómo adherir a mi pareja a la Obra Social

Cómo adherir un hijo a mi plan de salud de medicina prepaga

Si estás evaluando adherir a tu hijo a un plan de salud, es importante conocer todas las opciones disponibles. En la mayoría de los casos, las empresas de medicina prepaga ofrecen formularios online en sus plataformas de gestión o aplicaciones móviles. También podés dirigirte a una sucursal si preferís una atención personalizada.

Sin embargo, antes de decidirte, es importante contar con asesoría que te guíe en cada paso del proceso. En Elegimejor, no solo te ayudamos a evaluar las opciones de planes de salud para tu familia, sino que también te orientamos en trámites como registrar a tu hijo en una prepaga. Nuestro equipo de expertos está disponible para brindarte soporte personalizado, asegurando que encuentres la solución más adecuada a tus necesidades y que el proceso sea lo más sencillo posible.

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¿Qué dice la ley sobre los hijos y las obras sociales?

En primera instancia, se debe saber que la salud es un derecho fundamental y que todos los niños están en derecho de ejercerla según la convención de los derechos del niño. En Argentina, existen algunas leyes que respaldan este derecho. 

Por ejemplo, la Ley Nacional 23.660 establece que están incluidos como beneficiarios a la obra social del titular todo el grupo familiar primario. Mientras que la Ley de Medicina Prepaga 26.682 en su art. 14, describe que quedan incluidos en el grupo familiar: “La persona que conviva con el afiliado titular en unión de hecho, sea o no de distinto sexo y sus hijos”.

Esperamos que este artículo te haya resultado útil y que sigas confiando en nosotros para resolver todas tus dudas sobre planes de salud. Además, te invitamos a comparar precios y beneficios de las prepagas utilizando el Comparador de ElegiMejor, una herramienta diseñada para ayudarte a tomar la mejor decisión.

Fuentes: 

Sobre el autor : María Alejandra Martínez Botero

Graduada de un postgrado en Gestión del Patrimonio Cultural de la Universidad de Buenos Aires y de la licenciatura en Artes Visuales de la Universidad Tecnológica de Pereira. Trabaja como redactora de contenido SEO, desde hace más de tres años, para diferentes páginas web, entre ellas la plataforma de ElegiMejor.com.ar, la primera plataforma que compara planes de medicina prepaga en Argentina.Página Freelancer.

¿Cuánto Tiempo Cubre la Obra Social al Recién Nacido?

Obra social recién nacido

Las normativas sobre el tiempo y el tipo de prestaciones que debe brindar una obra social al recién nacido, están consignadas en el PMO. En este sentido, tanto los cuidados para la madre como para el bebé, empiezan desde que se diagnostica el embarazo. En nuestra página web ElegiMejor encontrarás la información específica de cada plan de salud, con prestaciones, cartilla y precios.

Por medio del Plan Materno Infantil (PMI), el Estado garantiza la cobertura al recién nacido en la obra social o prepaga, pero también a las personas que no cuentan con un plan de salud y deben acudir a la salud pública.

Si estás por tener un bebé y tenés en cuenta que los primeros meses son cruciales para su desarrollo, seguí leyendo el siguiente artículo que te ofrecemos toda la información sobre las obligaciones que tiene la obra social para el recién nacido y tus derechos

¿Cuánto tiempo cubre la obra social al recién nacido? 

Como lo mencionamos, el Programa Médico Obligatorio (PMO), define las prestaciones que toda obra social y prepaga deben incluir en su cobertura. Asimismo, este programa cuenta con un apartado especial que se enfoca en la mujer embarazada y el bebé recién nacido llamado Plan Materno Infantil (PMI).

En este sentido, tanto el PMO como el PMI son dos elementos fundamentales del sistema de salud argentino, ya que garantizan la cobertura médica primaria para todos los ciudadanos, incluso a quienes no cuentan con los recursos para costearlo. Estos programas funcionan desde el año 2002, promoviendo el bienestar social. 

Además, el PMI contiene una variedad de servicios al 100% que van desde atención programada, hasta consultas e internación. Según el trimestre del embarazo en el que se encuentre la madre, el PMI brinda diferentes tipos de estudios y consultas. 

¿En qué consiste el PMI Plan Materno Infantil?

El PMI ofrece atención médica a las mujeres embarazadas durante la gestación y a los bebés hasta el primer año de vida. Así, por ley, la cobertura se da durante todo el embarazo y un mes después del parto, para la madre y para el bebé en el primer año de vida, tanto en internación como en atención ambulatoria. 

Cobertura del recién nacido en obra social 

Dicho esto, se entiende que todo servicio de salud debe tener una cobertura recién nacido, sea obra social, prepaga o sistema de salud público. Incluyendo atención médica hasta el primer año de vida del bebé. Además se debe incluir: 

  • 100% de medicamentos para bebés. 
  • Hasta el primer año, vacunas. 
  • Estudios necesarios para diagnosticar condiciones como: 
    • Fenilcetonuria
    • Hipotiroidismo congénito 
    • Enfermedad fibroquística

En este orden, si un médico llegara a considerarlo necesario, también deben cubrir: 

  • Leches maternizadas 
  • Leches medicamentosas 

En caso de que las prestaciones del PMI sean negadas por parte del servicio de salud, el afiliado tiene derecho a hacer un reclamo formal en la Superintendencia de Servicios de Salud

Tal vez te puede interesar el siguiente artículo: ¿Las Prepagas deben cubrir las Leches Maternizadas?

Controles clínicos obra social recién nacido 

Todos los bebés recién nacidos en Argentina, tienen el derecho a ciertos controles de salud periódicos para saber si su desarrollo se está dando de manera adecuada. Además, en estos controles las madres pueden despejar las preguntas que tengan sobre el cuidado idóneo. 

Los bebés deben tener un seguimiento en primera instancia con un médico neonatólogo, seguido de un pediatra. Los controles deben ser así: 

  • Primer control: A la semana de nacimiento 
  • 1 control cada mes: Entre el mes 1 y el 6
  • 1 control cada 2 meses: Entre el 6 y el 12 
  • 1 control cada 6 meses: Entre el año y 1 año y medio
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Programas de las obras sociales y prepagas específicas para bebés

Una vez nace el bebé, durante su primer mes de vida puede utilizar el servicio de la obra social del recién nacido gracias a la afiliación de su madre. Pasados esos 30 días, lo más común es que las empresas de medicina prepaga soliciten gestionar un alta para el bebé y que tenga su propia afiliación. Esto va a depender de cada plan. 

Por otra parte, así como existen ciertas prestaciones que por ley debe tener la cobertura del recién nacido en la obra social. Existen planes de salud de algunas prepagas que incluyen beneficios extra, especiales para las madres y sus bebés. A continuación, te mencionamos algunos de ellos. 

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Jerárquicos Salud

En el caso de Jerárquicos Salud su Plan Materno Infantil incluye lo exigido por la ley, pero extiende su cobertura en medicamentos hasta los 3 años de edad del bebé. Una vez inscrito en este plan, también recibirá unos recetarios con cremas, que son parte de la cobertura durante su primer año de vida.  

Para ingresar un bebé a este programa, los requisitos varían dependiendo de la condición del afiliado, toda la información y el trámite se pueden encontrar en la página web de Jerárquicos. 

En el caso de la madre, para tener acceso al PMI, se debe presentar un certificado de embarazo, que puede cargarse en el portal para clientes de su página web. Una vez se presenta, la madre recibirá la guía de acceso y el carnet del PMI. 

OSDE 

La empresa de medicina prepaga OSDE, en el momento en que una afiliada tiene un bebé recién nacido, le hacen entrega de un obsequio. Este regalo tiene productos de diferentes marcas para bebés que patrocinan la “box de nacimiento”. Así que, puede variar dependiendo de la disponibilidad de los regalos. 

Asimismo, OSDE cuenta con una comunidad online: “Más OSDE bebé”, donde se brinda asesoría e información a las familias, tanto de prevención, como de consejos, relacionados con esta etapa. También se puede acceder a diferentes descuentos a través de su aplicación incluyendo reconocidas marcas para bebés. 

OSDE alta recién nacido

Si querés tramitar el alta del bebé recién nacido, podés hacerlo ingresando en la página web de OSDE y hacer clic en Gestiones > Modificaciones > Alta de un familiar. De igual forma, lo podés hacer por Whatsapp al 11 48 72 90 00 o llamando al 08105556733. 

Sin embargo, es importante que tengas en cuenta que la cuota del bebé se abona a partir del día de nacimiento. 

Omint

La prepaga Omint brinda la cobertura exigida por el PMO y, en algunos de sus planes, beneficios extra como ecografías 3D y 4D por reintegro. Y hasta 4 potes de crema o emulsiones para el cuidado de la piel de la embarazada. 

Para tener acceso al PMI, la afiliada de Omint debe presentar el certificado de embarazo en alguna oficina de la prepaga.  

Avalian 

Por su parte, Avalian cuenta con el Plan Materno Infantil completo para sus asociadas y adicional a esto cada vez que reciben el alta de un bebé menor de un año, envían una tarjeta de regalo que se puede redimir por diferentes tipos de productos según lo elija la madre.  

Para adherirse al PMI, la asociada de Avalian debe presentar un certificado de su estado con firma y sello de un profesional certificado y fecha actual. Este lo puede enviar por correo electrónico según su centro de atención. 

IOMA afiliación recién nacido

IOMA ofrece la cobertura del PMI a todas sus asociadas y el bebé tendrá el servicio de esta obra social desde el momento en que nace, pero debes tramitarlo de forma online, ingresando a la página web en su sección de autogestión y el botón: “Mis trámites”. O podés hacerlo desde la aplicación en tu celular. 

Una vez hecho el trámite, recibirás una constancia de afiliación con un número para el bebé. Vas a necesitar un certificado de nacimiento del bebé o constancia de parto y DNI del titular del plan de salud. 

Para conocer más acerca de los beneficios que ofrecen los distintos planes de salud y resolver dudas como “cuánto tiempo cubre la obra social al recién nacido“, te invitamos a utilizar nuestro Comparador de Prepagas. En solo un minuto encontrarás toda la información según tus criterios y de forma gratuita. ¡Animate!

Fuentes:

Sobre el autor : María Alejandra Martínez Botero

Graduada de un postgrado en Gestión del Patrimonio Cultural de la Universidad de Buenos Aires y de la licenciatura en Artes Visuales de la Universidad Tecnológica de Pereira. Trabaja como redactora de contenido SEO, desde hace más de tres años, para diferentes páginas web, entre ellas la plataforma de ElegiMejor.com.ar, la primera plataforma que compara planes de medicina prepaga en Argentina.Página Freelancer.

Pasos y Documentos para Solicitar el Reintegro en la Obra Social

Estetoscopio para hacer referencia al reintegro de las obras sociales

¿Sabías que algunos planes de salud cuentan con el beneficio de reintegro en la obra social? Esto le permite al afiliado atenderse con prestadores por fuera de la cartilla y después obtener la retribución del dinero invertido. Para conocer más acerca de los planes que incluyen este servicio visitá nuestra página web ElegiMejor.

Los reintegros tienen topes y ciertas exigencias por parte de la empresa prestadora de salud, estos pueden variar dependiendo del plan, pero en todos los casos están supervisados por la Superintendencia de Servicios de Salud.

Tanto las obras sociales como las empresas de medicina prepaga ofrecen este beneficio. Sin embargo, en el caso de las prepagas pueden ser mucho más amplios dependiendo del nivel del plan contratado. A más categoría, mayor costo en la cuota mensual y valores más altos en los reintegros. 

Teniendo en cuenta el contexto económico actual del país, es posible que estés buscando maneras de reducir los gastos que haces en salud. En el siguiente artículo podés encontrar la información acerca del reintegro en la obra social, cómo solicitarlo y los pasos a seguir para realizar este trámite. 

¿Qué es un reintegro obra social? 

En ciertos casos, un afiliado a una obra social se puede atender con un médico que no esté en la cartilla de su plan o hacerse estudios en instituciones con prestadores por fuera de la misma gracias al reintegro de su obra social y, más adelante, puede solicitar el reembolso del costo del servicio. 

Para hacer uso del reintegro de la obra social, el afiliado debe presentar cierta documentación y cumplir con algunos requisitos, diferentes de los de una cobertura directa. Además, se debe tener en cuenta que solo se incluyen las prácticas que estén dentro del plan de prestaciones que ofrece tu plan de salud. 

Por otra parte, no todas las prestaciones se pueden ejercer de esta manera, estas varían dependiendo de cada plan de salud y la obra social o prepaga. En este sentido, los valores en los montos de los reintegros también pueden variar según el plan. Estos se calculan gracias a valores acordados por cada empresa. 

¿Cómo se tramita un reintegro de la obra social? 

Por lo general, el reintegro se deposita en la cuenta bancaria del titular de la obra social, con un plazo (según cada empresa), una vez se hizo la solicitud. 

Para solicitar un reintegro obra social se debe presentar cierta documentación relacionada con el caso en particular, en la oficina de la correspondiente obra social o prepaga y en algunos casos de manera online. 

Los documentos que pueden ser requeridos para solicitar el reintegro de la obra social para realizar este trámite son: 

  • Recibo o factura original del pago del servicio realizado con el nombre del afiliado y fecha posterior a la orden médica. 
  • Diagnóstico médico.
  • Fotocopia de los resultados (en caso de ser un estudio).
  • Fotocopia de la solicitud médica.
  • Fotocopia de la autorización médica.
  • CBU y CUIL del titular de la obra social. 
  • Caja del material entregado que coincida con la orden.
  • Planilla de derivación completa. 

Para asegurarte de que documentación en particular debés presentar según tu caso, dirígete a tu obra social de manera presencial o telefónica. Así mismo, puedes encontrar información al respecto en la correspondiente página web. Muchas empresas cuentan con un formulario online para este trámite.

Doctor realizando un reintegro obras sociales
Una fotocopia de la autorización y solicitud médica son de los requisitos para el reintegro por obra social.

Tipos de reintegros en las obras sociales 

Algunas de las principales prestaciones que pueden ser susceptibles de reintegros de las obras sociales son: 

  • Reintegro por prestaciones médicas.
  • Reintegros por productos médicos.
  • Reintegros por gastos sociales, como hospedaje y tickets para atención médica. 

¿Qué hacer en caso de que la obra social no responda por un reintegro? 

En caso de solicitar el reintegro de la obra social y no recibir el pago, podés presentar una queja formal a la empresa exigiendo respuesta y solución. Recordá guardar una copia del reclamo con una firma de recepción. La obra social está en obligación de recibir la queja. 

En caso de recibir una negativa o simplemente no tener respuesta, estás en tu derecho de presentar una carta documento solicitando el reintegro. Este tipo de documento es una comunicación fehaciente por lo cual la empresa no puede negarse a recibirla. 

Por último, siempre tenés la opción de presentarte en la Superintendencia de Servicios de Salud (SSSalud) para hacer el reclamo. Recordá que si la obra social es provincial o universitaria no corresponde hacer el reclamo frente a este ente de control, sino dirigirse directamente al Ministerio de Salud.

Este contenido te puede interesar: ¿Qué Hacer Cuándo la Obra Social No Cubre un Medicamento?

¿Qué es el SURGE?

SURGE es el Sistema Único de Reintegro por Gestión de Enfermedades, creado por la Superintendencia de Servicios de Salud por medio de la resolución 665 del 2024, para administrar el dinero que tiene a disposición el Estado para el financiamiento de las prestaciones asistenciales de baja incidencia y alto impacto económico o de tratamiento prolongado. 

Con este proyecto se busca apoyar a las obras sociales con los reintegros por las prestaciones anteriormente mencionadas y establecer procedimientos, requisitos, dispositivos y valores máximos a reintegrar a las obras sociales. 

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Alternativas para reducir costos en el pago de los planes de salud 

Debido a las constantes subas que han tenido los planes de salud en el 2024, sabemos que en la actualidad los argentinos buscan nuevas alternativas para reducir los costos en el pago de su cobertura médica. En ese sentido, nuestra plataforma busca ser de utilidad para quienes buscan una mejor alternativa

Asimismo, te recomendamos que si estás buscando ahorrar en tu plan de salud, podés optar por una prepaga económica, que tal vez no es tan conocida en el mercado, pero ofrece todas las prestaciones básicas y más importantes. Lo que permite que sus costos sean menores, pero con una cartilla más limitada. 

De la misma manera, si lo que querés es pagar menos en tu plan, podés elegir un plan con copagos lo que significa una cuota mensual más baja y un pago adicional al atenderse en algunas prestaciones. Este suele ser un monto bajo, que no se cobra para todos los servicios, pero hace que el plan sea más económico. 

Por otra parte, para encontrar el mejor plan para vos y tu familia, recordá usar el Comparador de ElegiMejor, donde podés obtener toda la información necesaria para tomar la mejor decisión. Ya que te presenta los diferentes tipos de ofertas de plan, con las prestaciones, la cartilla y los precios, con tus requerimientos y exigencias personales.

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Sobre el autor : María Alejandra Martínez Botero

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¿Se Puede Tener Dos Obras Sociales al Mismo Tiempo?

Persona hablando si se puede tener dos obras sociales al mismo tiempo

En Argentina, al tener un nuevo contrato de trabajo se debe elegir una obra social para hacer los aportes. Pero, ¿sabías que se puede tener dos obras sociales al mismo tiempo? siempre que se cumplan ciertas condiciones y requisitos específicos. Si te interesa esta información, ¡seguí leyendo en ElegiMejor!

De hecho, es un caso más común de lo que parece. Por ejemplo, cuando el trabajador tiene, por una parte, un contrato en relación de dependencia (con una cobertura médica) y, por otra, es monotributista, con otro servicio de salud. 

Por estar afiliado a dos obras sociales, el trabajador tendrá una cobertura médica más extensa al combinar las prestaciones de ambos planes. Pero es fundamental que dichas entidades estén al tanto de esta situación para evitar problemas en la prestación del servicio.

A continuación, te presentamos toda la información acerca de cómo se puede tener dos obras sociales al mismo tiempo en Argentina. Y si querés conocer más sobre las prestaciones, cartilla y precios de los principales planes de salud, visita nuestra página web para saber todo sobre las Prepagas y Obras Sociales.

Requisitos y condiciones para tener dos obras sociales al mismo tiempo

Para tener dos obras sociales al mismo tiempo, el afiliado debe tener en cuenta los límites establecidos por la ley, lo que le permite acceder a una mejor cobertura pero sin duplicar los beneficios. Es decir, que estos dos servicios médicos se complementan entre sí con sus prestaciones, pero los beneficios no se deben recibir duplicados

Uno de los requisitos fundamentales para tener dos obras sociales al mismo tiempo es que ambas estén afiliadas a la Superintendencia de Servicios de Salud (SSSalud) y que sean obras sociales sindicales o de carácter nacional o provincial. De esta forma, una de las coberturas está sujeta al rubro en el que trabaja el afiliado en relación de dependencia o como monotributista y la otra puede ser de la preferencia del trabajador. 

Otro requisito para tener dos obras sociales de manera legal en Argentina, es que ambas entidades estén informadas al respecto de esta situación. De esto se debe encargar el afiliado informando respectivamente a cada una de las instituciones. 

Te invitamos a leer el artículo de nuestro Blog sobre la Obras Sociales Nacionales y Provinciales

Ventajas de tener dos obras sociales al mismo tiempo

Una de las principales ventajas que ofrece tener dos obras sociales al mismo tiempo es que en la mayoría de los casos, el trabajador aumenta la cantidad de prestaciones y cartilla de su servicio de salud. Además, se amplía la cobertura en medicamentos, ya que los convenios con las farmacias varían dependiendo de la obra social. 

En este sentido, el afiliado puede tener más opciones al momento de elegir un prestador, un especialista, un centro médico o un sanatorio y, por lo tanto, puede mejorar la calidad del servicio, con mayor flexibilidad. Por otra parte, esta mayor cobertura puede mejorar el acceso a las prestaciones médicas, haciendo más cortos los tiempos de espera para concretar una cita. 

Desventajas de tener dos obras sociales al mismo tiempo

Si bien se puede tener dos obras sociales al mismo tiempo, es importante saber que existen algunas desventajas para el afiliado. Por ejemplo, el hecho de que se aumentan los gastos destinados a este servicio, ya que va a tener que pagar las cuotas correspondientes a los dos planes de salud. 

Otra consideración, es que tener dos obras sociales puede generar conflictos sobre qué prestaciones cubre cada una, lo que podría derivar en complicaciones al momento de utilizar los servicios médicos.

Igualmente, el hecho de tener que gestionar dos planes de salud puede generar algunos trámites administrativos engorrosos y complejos. Es decir, tener que lidiar con esta burocracia puede ser un factor preocupante para el afiliado. 

¿Qué dice la ley sobre tener dos obras sociales al mismo tiempo?

La ley de Contrato de Trabajo en Argentina, determina que si se puede tener dos obras sociales al mismo tiempo. No obstante, se debe cumplir con los requisitos que mencionamos anteriormente. Además, es importante tener en cuenta que cada obra social tiene sus propias normativas y es responsabilidad de cada trabajador estar al tanto de las mismas, para cumplir con las condiciones de cada empresa. 

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Casos en los que está permitido tener dos obras sociales al mismo tiempo

El caso más común en el que se puede tener dos obras sociales, es cuando un trabajador en relación de dependencia también está inscrito como monotributista. Por lo tanto, cuenta con el servicio de salud de su trabajo principal y, a su vez, con el que se desempeña en el monotributo. 

Asimismo, puede suceder que al estar en pareja, la cobertura en salud lo cubre como beneficiario del cónyuge. Pero, al mismo tiempo, al tener su propio trabajo, se cuenta con otra cobertura como titular.  

Otra posibilidad para tener dos obras sociales, es que un trabajador que se haya jubilado siga trabajando, así tendrá, por una parte, la cobertura médica como jubilado, pero, al mismo tiempo, tendrá una cobertura por el trabajo en actividad. 

Nuestras recomendaciones en ElegiMejor

Finalmente, te recordamos los puntos que nos parece importante destacar al respecto de tener dos obras sociales al mismo tiempo. Lo principal es comprobar que las dos empresas estén inscritas en la Superintendencia de Servicios de Salud (SSSalud), una de las obras sociales debe ser de carácter sindical y otra nacional o provincial.

Desde nuestro punto de vista, no recomendamos tener dos obras sociales al mismo tiempo, ya que puede ser complicado por varias razones que pueden derivar en problemas legales. 

En todo caso, si el afiliado busca mejorar su servicio y ampliar su cobertura médica, podría derivar sus aportes a un plan de más categoría de una prepaga. ¿Por qué? Porque en lugar de pagar por dos obras sociales, tal vez conviene pagar por un plan de salud privado.  

Recordá que para tener más información sobre planes de salud, sus precios y cartilla podés consultar nuestra página web ElegiMejor o el Comparador de Prepagas

Fuentes

Sobre el autor : María Alejandra Martínez Botero

Graduada de un postgrado en Gestión del Patrimonio Cultural de la Universidad de Buenos Aires y de la licenciatura en Artes Visuales de la Universidad Tecnológica de Pereira. Trabaja como redactora de contenido SEO, desde hace más de tres años, para diferentes páginas web, entre ellas la plataforma de http://ElegiMejor.com.ar , la primera plataforma que compara planes de medicina prepaga en Argentina.Página Freelancer.

¿Cómo Poner al Hijo de mi Pareja en la Obra Social? Lo que Establece la Ley

Cómo poner al hijo de mi pareja en mi obra social

Lo primero que debes tener en cuenta cuando te preguntás, ¿cómo poner al hijo de mi pareja en la obra social? Es que la Ley argentina establece que, todo titular de un plan de salud tiene derecho a adherir como beneficiarios a su grupo familiar primario. Esto incluye a los hijos del cónyuge o concubino. ¡Para más detalles, no dejes de leer ElegiMejor!

De esta manera, el círculo familiar se expande más allá de los vínculos sanguíneos y se brinda los mismos derechos a las llamadas familias ensambladas, es decir, una familia que está conformada por una pareja que tiene hijos de una relación anterior).

De hecho, las parejas estables con uniones convivenciales, tienen igualdad de derechos que las establecidas por el matrimonio. Por lo tanto, podés poner al hijo de tu pareja en la obra social, siempre y cuando convivas con ellos y tengas una unión de hecho o casamiento con tu pareja. 

Según el Artículo 672 del Código Civil, en términos legales, al convivir con una pareja, que tenga sus hijos bajo cuidado personal, pasás a ser el “progenitor afín” de esos niños. Por ende, cuentan con todos los beneficios que esto acarrea. 

Requisitos para adherir al hijo de mi pareja en la obra social

Para poner al hijo de tu pareja como beneficiario de tu obra social, debes convivir con ella y tener un certificado oficial que verifique este vínculo. Es decir, estar casados o en unión de hecho. Además, tu pareja debe tener a sus hijos bajo su cuidado personal, independientemente de si es compartido o no. 

Además, es importante tener en cuenta que el niño o adolescente no debe contar con ningún otro tipo de servicio social o previsional que provenga de sus progenitores, biológicos o adoptantes. 

Por último, el niño o adolescente no puede estar afiliado a otra obra social. Para verificarlo será necesario que diligencies un certificado negativo de CODEM (Comprobante de Empadronamiento en una Obra Social) del padre o la madre biológicos, expedida por el ANSES. 

Pasos para saber cómo poner al hijo de mi pareja en la obra social

El procedimiento para adherir al hijo de tu pareja a la obra social puede variar, pero es bastante similar en todas las obras sociales. Por lo general, suele ser un trámite que se hace de manera presencial, sin necesidad de que asista otra persona además del titular. 

Para efectos, debes hacer la solicitud en una sucursal de la obra social correspondiente, presentando la siguiente documentación: 

  • Certificado de domicilio.
  • Fotocopia del DNI de ambos concubinos.
  • Fotocopia del DNI del menor.
  • Certificado de convivencia o acta de matrimonio.
  • Fotocopia de recibo de sueldo o más reciente pago del monotributo.
  • Alta del AFIP.
  • Certificado de nacimiento de los hijos de la pareja a adherir.
  • Formulario de empadronamiento de la obra social. 
  • CODEM/ANSES

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¿Es posible que la obra social se niegue afiliar el hijo de mi pareja? 

Es posible, pero no es legal, ya que los hijos del cónyuge tienen derecho de ser beneficiarios de la obra social a la que perteneces. En caso de que la obra social entregue una respuesta negativa a este trámite, el afiliado podrá entablar una acción de amparo de salud para apelar a esta respuesta. 

¿Qué dice la ley sobre cómo poner al hijo de mi pareja en la obra social?

Todos los niños cuentan con los derechos establecidos en la convención de los Derechos del Niño que incluye por supuesto, el derecho a la salud. Este debe estar por delante de cualquier otro concepto sobre la conformación familiar, pues la salud es un derecho fundamental. 

En Argentina, la ley es clara respecto a incluir al hijo de tu pareja como beneficiario de la obra social a la que estás afiliado. Algunas de las leyes que respaldan esto son:

  • La Ley Nacional 23.660 establece que están incluidos como beneficiarios a la obra social del titular todo el grupo familiar primario. 
    • Artículo 8: aclara que dicha extensión incluye a los hijos del cónyuge.
    • Artículo 9, inc. b): agrega que quedan incluidos en calidad de beneficiarios “las personas que convivan con el afiliado titular y reciban del mismo trato familiar”.
  • Ley de Medicina Prepaga 26.682 art. 14, inc.b): incluye en la cobertura del grupo familiar a “la persona que conviva con el afiliado titular en unión de hecho, sea o no de distinto sexo y sus hijos, según acreditación que determine la reglamentación”.
  • Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes Decreto 415/2006, art. 7: define que “se entenderá por ‘familia o núcleo familiar’, ‘grupo familiar’, ‘grupo familiar de origen’, ‘medio familiar comunitario’ y ‘familia ampliada’, además de los progenitores, a las personas vinculadas a los niños, niñas y adolescentes, a través de líneas de parentesco por consanguinidad o por afinidad, o con otros miembros de la familia ampliada”.

Progenitor afín: ¿Qué es?

El progenitor afín es una figura legal, que se creó para definir al tipo de madre o padre que no tiene vínculo sanguíneo con el menor, pero que ejerce este rol en las familias ensambladas.

Así, el nuevo Código Civil en su Artículo 672 lo define como: “El cónyuge o conviviente que vive con quien tiene a su cargo el cuidado personal del niño o adolescente”. Es decir que “resulta necesaria la convivencia o matrimonio con el progenitor del niño o adolescente y, además, que esté bajo su cuidado personal. Es necesario que el menor de edad se encuentre viviendo con su progenitor y su cónyuge o conviviente, para estar en presencia de dicha figura legal”.

Obligaciones de un progenitor afín 

Como toda reglamentación, una vez definidos los derechos de este rol, también se estiman los deberes. En este sentido, un progenitor afín según el Código Civil en su Artículo 673 civil tendrá que: 

  • Ayudar en su crianza y educación.
  • Colaborar en su formación en las cuestiones diarias en la casa.
  • Tomar decisiones frente a una urgencia.
  • Proveer alimentación, siempre y cuando los padres naturales no puedan.

Por ahora hemos llegado al cierre de este artículo, si querés más información relacionada a salud y Obras Sociales podés consultar nuestro blog en nuestra página web ElegiMejor

Fuentes:

Sobre el autor : María Alejandra Martínez Botero

Graduada de un postgrado en Gestión del Patrimonio Cultural de la Universidad de Buenos Aires y de la licenciatura en Artes Visuales de la Universidad Tecnológica de Pereira. Trabaja como redactora de contenido SEO, desde hace más de tres años, para diferentes páginas web, entre ellas la plataforma de ElegiMejor.com.ar, la primera plataforma que compara planes de medicina prepaga en Argentina.Página Freelancer.

¿Cómo adherir a mi pareja a la Obra Social? Guía y Requisitos Indispensables

Cómo adherir a tu pareja a la obra social

Si sos el titular de una cobertura médica y te estás preguntando, ¿cómo adherir a mí pareja a la obra social? en el siguiente artículo vas a encontrar toda la información, incluyendo los requisitos, pasos y otros temas relacionados. ¡Informate en nuestra página web ElegiMejor!

Tené en cuenta que con tu afiliación a una obra social, podés tener como beneficiarios a todos los miembros de tu grupo familiar primario. Así que, las prestaciones que te ofrece tu plan de salud, vas a poder extenderlas tanto a tu pareja como a tus hijos. 

Recordá, además, que toda obra social o prepaga tiene que ofrecer mínimamente el Programa Médico Obligatorio (PMO) que incluye todas las prestaciones médicas básicas establecidas por la Superintendencia de Servicios de Salud (SSSalud). 

¿A quién nos referimos cuando hablamos de pareja?

La Ley Argentina dice que podés asociar a tu pareja a la obra social, siempre y cuando este vínculo esté debidamente acreditado por un documento oficial. Además de los matrimonios, entran en esta categoría: la pareja de hecho, el cónyuge o concubino. 

¿Cómo legalizar una relación para agregar a mi pareja a la obra social? 

Existen dos posibilidades para legalizar una relación en Argentina:

  • Contraer matrimonio
  • Tramitar la unión civil/convivencial

En ambos casos se establece legalmente el vínculo, obteniendo tanto los beneficios y derechos de este estatus, como las obligaciones legales. Este trámite se lleva a cabo en el Registro Civil que les corresponda como pareja, según su domicilio. 

Conocé más de este tema: Certificado de Convivencia para Obra Social: Requisitos y Cómo Tramitarlo

Requisitos para adherir a mi pareja a la obra social

Para poder agregar a tu pareja a la obra social debés cumplir con los siguientes requisitos

  • Estar casados o en unión convivencial (concubinato).
  • Contar con un certificado oficial que acredite que son pareja.
  • Tu pareja no debe tener otra obra social activa.

Además, deben presentar la siguiente documentación:

  • Constancia de la unión. 
  • DNI y copia, tanto del titular como de la pareja. 
  • Último recibo de sueldo del titular.
  • Certificado negativo del ANSES (en algunos casos).
  • Constancia de CUIL de la pareja.
  • CODEM/ANSES a cargo del titular.

 ¿Cómo adherir a mi pareja a la obra social?

El procedimiento de adherir a tu pareja a la obra social puede variar según la obra social. Por lo general, se hace de manera presencial, con la asistencia solo del titular, en la oficina de la obra social que corresponda. Y con la documentación que mencionamos anteriormente. 

Si sos un empleado en relación de dependencia, también podés utilizar los canales de atención virtual que tiene habilitado el ANSES para incorporar o dar de baja integrantes del grupo familiar a través del siguiente enlace: https://www.anses.gob.ar/atencion-virtual 

Asimismo, los vínculos familiares deben estar registrados y actualizados en el ANSES: https://servicioscorp.anses.gob.ar/clavelogon/logon.aspx?system=miansesv2

Cómo agregar a mi pareja a la obra social si soy monotributista

Si sos monotributista y querés adherir a tu pareja a la obra social, los pasos que debes seguir según la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) son:

  • Acceder al portal del monotributo.
  • Ingresar tu CUIT y clave fiscal.
  • Ingresar en “Datos del monotributo”.
  • Ingresar en “Modificar mis datos”.
  • Completar los datos que pide el sistema, con número de CUIT del nuevo beneficiario.
  • Verificar la nueva credencial de pago.

Cómo asociar a mi pareja a la obra social del PAMI 

Para adherir a tu pareja al PAMI tenés que dirigirte a la sucursal que corresponda con la siguiente documentación:

  • DNI.
  • Último recibo de cobro del titular.
  • DNI del cónyuge.          
  • Acta de matrimonio actualizada.
  • Constancia de CUIT/CUIL.
  • Constancia negativa del ANSES.
  • Constancia negativa de la obra social provincial.

Recomendaciones para asociar a tu pareja a la obra social

  • En el caso de que ambas personas cuenten con una obra social que se paga por aportes, es recomendable que unifiquen ese monto y así se puede acceder a un plan de salud de más categoría que beneficie a los dos. En la mayoría de los casos unir estos dos aportes es suficiente para tener acceso a la cobertura de un plan de medicina prepaga. 
  • Es importante destacar que en caso de tramitar el documento de Unión Convivencial, para adherir a tu pareja a la obra social, además de los beneficios del plan de salud, también tendrán otras ventajas como poder proteger la vivienda como un bien familiar. Con esta protección patrimonial se evita el remate.

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¿A quiénes puedo adherir en mi obra social, además de mi pareja? 

Según la Ley en Argentina, un afiliado titular de una obra social tiene derecho a incluir en su lista de beneficiarios a todo su grupo familiar primario, que incluye la pareja, pero además a las siguientes personas:

  • Hijos solteros hasta los 21 años.
  • Hijos solteros mayores de 21 años y hasta los 25 pero que cursen estudios que sean reconocidos. 
  • Hijos discapacitados sin límite de edad.
  • Los hijos del cónyuge o concubino.
  • Cualquier menor que esté bajo tutela judicial o administrativa del titular. 
  • Las personas que conviven con el titular y tienen trato familiar. 

El Ministerio de Salud de la Nación, manifiesta al respecto: “La Superintendencia de Servicios de Salud puede autorizar que queden incluidos como beneficiarios otros ascendientes o descendientes por consanguinidad del beneficiario titular y que estén a su cargo. En este caso, se fija un aporte adicional igual al 1,5% por cada una de las personas que se incluyan”.

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¿Cómo adherir a mi hijo?

Para adherir un hijo como beneficiario tenés que presentar la documentación en una oficina de tu obra social:

  • DNI del titular
  • DNI de los hijos
  • Partida de nacimiento

Recordá que cuando la mamá y el papá tienen una obra social diferente, él o los hijos, solo pueden tener una de las dos coberturas. Y que también podés sumar a los hijos de tu pareja si convivís con ellos.

Esperamos que esta información haya sido de tu utilidad y que nos sigas consultando sobre temas de salud y Prepagas en nuestra página web.

Fuentes:

  • AFIP – Agregar adherente a la obra social
  • PAMI – Afiliación Uniones Convivenciales
  • ANSES – Obra Social para Trabajadores en Relación de Dependencia
Sobre el autor : María Alejandra Martínez Botero

Graduada de un postgrado en Gestión del Patrimonio Cultural de la Universidad de Buenos Aires y de la licenciatura en Artes Visuales de la Universidad Tecnológica de Pereira. Trabaja como redactora de contenido SEO, desde hace más de tres años, para diferentes páginas web, entre ellas la plataforma de ElegiMejor.com.ar, la primera plataforma que compara planes de medicina prepaga en Argentina.Página Freelancer.

Certificado de Convivencia para Obra Social: Requisitos y Cómo Tramitarlo

Certificado de convivencia para obra social

Un certificado de convivencia para la obra social, es el documento que vas a requerir al momento de asociar a tu pareja como beneficiaria de tu afiliación. Ya que, al ser titular, tenés el derecho de beneficiar a todo tu grupo familiar primario y quienes convivan con vos. ¡Informate más en ElegiMejor!

Esto significa que no es necesario estar casado para que tu pareja se pueda adherir a tu obra social. Pero si vas a necesitar un certificado de concubinato para la obra social para tramitar esta diligencia. 

Para gestionar el certificado de convivencia para la obra social debés dirigirte a un Registro Civil con dos testigos que sean mayores de edad y que no sean tus familiares. Esta unión convivencial quedará inscrita en el Registro de las Personas, con el domicilio en el que conviven los concubinos. 

En caso de tramitar un certificado de concubinato para la obra social, ambas personas deben estar en voluntad de hacerlo, ya que en este documento queda registrada la unión de dos individuos.  Si querés saber más, ¡seguí leyendo que te traemos toda la información!

¿Qué es un certificado de convivencia?

El certificado de convivencia o concubinato es un documento que certifica legalmente la relación de dos personas, que viven en una misma casa, sin que sea necesario casarse. Así, estos dos ciudadanos podrán acceder a ciertos derechos y beneficios que tienen como pareja. 

Para obtener un certificado de concubinato, la pareja tendrá que haber convivido por al menos dos años.  

Además, así como se tramita el certificado de convivencia puede ser finalizado, dirigiéndose a una oficina del Registro Civil. En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), se puede reservar el turno de manera virtual en la página web https://login.buenosaires.gob.ar.

¿Qué documentos son necesarios para tramitar el certificado de convivencia para la obra social?

Para tramitar el certificado de convivencia para la obra social vas a necesitar llevar a la oficina del Registro Civil más cercano la siguiente documentación: 

  • Original y copia del DNI.
  • Original y copia del DNI de la pareja.
  • Original y copia del DNI de los testigos.
  • Constancia de residencia o en su defecto una factura de servicios.
  • Recibo de pago de las unidades tributarias.
  • Dos testigos mayores de 18 años con DNI.
  • Si declara estado civil divorciado debe acreditar con acta.
  • Si declara ser viudo debe acreditar con acta.

Requisitos para tramitar un certificado de convivencia para obra social

  • Ser ambos mayores de 18 años.
  • Tener DNI o documento que acredite la identidad.
  • Haber mantenido una convivencia durante dos años mínimo.
  • No ser parientes.
  • No estar casados.
  • No tener registrada otra unión convivencial.
  • Tener una relación pública y permanente.

¿Cuánto tarda un certificado de convivencia para la obra social?

El certificado de convivencia para la obra social se entrega en el mismo momento en que se hace el trámite. 

¿Dónde se tramita el certificado de convivencia para obra social?

Esta diligencia la podés hacer en el Registro de las Personas que te corresponde según tu domicilio. El mismo lugar está habilitado para finalizar la unión y otros pactos de pareja. 

¿El certificado de convivencia tiene un costo?

Se cobra un monto bajo, ya que el trámite en sí no tiene costo, pero se deben pagar las Unidades Tributarias que varían dependiendo de la urgencia de la solicitud. 

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¿Para qué sirve un certificado de convivencia además de la obra social?

El certificado de convivencia  sirve para tramitar la obra social de la pareja de un afiliado titular y hacerlo beneficiario a dicha cobertura médica, pero además tiene otros usos que otorgan derechos como: 

  • Preservar la casa donde se convive, ya que no podrá ser vendida o hipotecada sin la firma de ambas personas convivientes.
  • Pedir créditos o ayudas del gobierno de manera conjunta. 
  • En caso de muerte de alguno, el otro puede cobrar su pensión. 
  • Para contratar servicios públicos para la casa de convivencia. 

Obligaciones que recaen con un certificado de convivencia 

Un certificado de convivencia otorga ciertos derechos como pareja, pero también ciertas obligaciones como: 

  • Dividir los gastos del hogar.
  • Responder por las deudas de la pareja. 
  • Tanto la vivienda como los muebles del hogar pertenecen a la pareja, por lo tanto ninguno de los dos puede disponer de ellos sin la autorización del otro. 
  • No se obtiene compensación económica en caso de que la unión se termine. 

¿Qué dice la ley sobre la unión convivencial?

El Código Civil y Comercial en el título III de Uniones Convivenciales, capítulo 1 de la Constitución dice que: 

  • ARTICULO 509.- Ámbito de aplicación. Las disposiciones de este Título se aplican a la unión basada en relaciones afectivas de carácter singular, pública, notoria, estable y permanente de dos personas que conviven y comparten un proyecto de vida común, sean del mismo o de diferente sexo.
  • ARTÍCULO 511.- Registración. La existencia de la unión convivencial, su extinción y los pactos que los integrantes de la pareja hayan celebrado, se inscriben en el registro que corresponda a la jurisdicción local, solo a los fines probatorios. No procede una nueva inscripción de una unión convivencial sin la previa cancelación de la preexistente. La registración de la existencia de la unión convivencial debe ser solicitada por ambos integrantes.
  • ARTÍCULO 512.- Prueba de la unión convivencial. La unión convivencial puede acreditarse por cualquier medio de prueba; la inscripción en el Registro de uniones convivenciales es prueba suficiente de su existencia.

Si te interesa tramitar el certificado de convivencia para la obra social o querés conocer más de los beneficios de contar con un plan de salud, podés visitar nuestra página web ElegiMejor para tener más detalles. ¡Te asesoramos de forma gratuita!

Fuentes:

  • Arentina GOB – Acreditar datos personales y familiares en ANSES
Sobre el autor : María Alejandra Martínez Botero

Graduada de un postgrado en Gestión del Patrimonio Cultural de la Universidad de Buenos Aires y de la licenciatura en Artes Visuales de la Universidad Tecnológica de Pereira. Trabaja como redactora de contenido SEO, desde hace más de tres años, para diferentes páginas web, entre ellas la plataforma de ElegiMejor.com.ar, la primera plataforma que compara planes de medicina prepaga en Argentina.Página Freelancer.

¿Cómo Calcular los Aportes de la Obra Social?

Cómo calcular los aportes de la obra social

Te has preguntado alguna vez ¿cómo calculo los aportes de mi obra social? Quedate que te respondemos en esta nota, es bastante sencillo si conocés el valor de tu salario bruto. Recordá que los aportes a la obra social son descontados por defecto a todo empleado en relación de dependencia, monotributista, jubilado o pensionado. ¡Seguí leyendo en nuestra página web ElegiMejor!

El cálculo de aportes es el resultado de sumar el 3% del sueldo bruto de dicho trabajador, más el 6% del aporte que hace el empleador. De ese 9% entre un 7,2 y un 7,65% es el aporte a la obra social o prepaga.

Además, este aporte tiene como destino la obra social del rubro o sindicato al que pertenece el empleado o monotributista. Sin embargo, puede ser derivado para pagar parte de un plan de medicina prepaga si así lo eligiera el trabajador. 

Si te interesa saber más sobre cómo calcular aportes de mi obra social, ¡tomá nota!

¿Cómo calcular aportes de la Obra Social?

Para calcular los aportes de la obra social hay que tener en cuenta de qué categoría de trabajador estamos hablando, por ejemplo: 

  • Empleados en relación de dependencia
  1. Aportes del empleado: 3% del salario bruto.
  2. Aportes del empleador: 6% del salario del empleado. 
  • Trabajadores autónomos 
  1. Autónomos inscriptos en el monotributo: Los aportes a la obra social están incluidos en la cuota mensual del Monotributo. El monto de la cuota varía según la categoría del monotributo en la que esté inscrito el trabajador.
  2. Autónomos no inscriptos en el monotributo: Deben realizar el aporte a la obra social de manera independiente. El monto se calcula según la escala de ingresos y la actividad.

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¿Cuál es el valor de mi aporte a la obra social?

El valor que pagás para tener una obra social como empleado en relación de dependencia, es el equivalente al 3% de tu sueldo bruto y si tenés beneficiarios es un 1,5% por cada uno de ellos

Tabla de aportes y contribuciones oficial

A continuación, te compartimos la tabla de aportes que ofrece la página oficial del gobierno de la Nación. 

ContribucionesEmpleadorTrabajador
Jubilación16%11%
PAMI2%3%
Obra Social6%3%
Fondo Nacional de Empleo1,5%
Seguro de Vida Obligatorio00,3%
ART(Lo que cotice la ART)

Calculadora AFIP para intereses resarcitorios y punitorios 

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) cuenta con un sistema de cálculo para intereses resarcitorios o punitorios en cuanto a las obligaciones de seguridad social. Lo podés consultar entrando al siguiente enlace: https://serviciosweb.afip.gob.ar/genericos/calculoInteres

En qué consisten los aportes y contribuciones 

Todos los empleados en relación de dependencia y monotributistas hacen un aporte obligatorio a la seguridad social y al sistema de salud. De esta forma, se les asigna una obra social que le presta el servicio de salud, incluyendo a su familia.  

Los aportes del trabajador son retenidos por el empleador al momento de pagar su salario. El cálculo de aportes se hace sobre el salario bruto y es responsabilidad del empleador pagarlo en la AFIP

Por su parte, las contribuciones patronales, son el monto que el empleador aporta por cada uno de sus trabajadores. Esta contribución no es lo mismo que una retención impositiva. 

Por último, cabe aclarar que las obras sociales son las entidades encargadas de brindar este servicio de salud por aportes. Y, por otra parte, las prepagas son empresas que prestan el servicio de salud de manera privada y a las cuales podés derivar tus aportes, de manera voluntaria. 

¿Quiénes están afiliados a la obra social con mis aportes?

Se encuentran afiliados a la obra social todos los trabajadores en relación de dependencia, jubilados, pensionados y beneficiarios de pensiones no contributivas. Así como el grupo familiar primario de estas personas y quienes convivan con él. 

¿Cuánto tiempo tengo mi obra social si dejo de hacer los aportes?

Si trabajaste por más de tres meses y el contrato laboral se ve suspendido, aunque no hagas los aportes podés conservarla durante tres meses más, incluyendo a tus beneficiarios. 

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¿Qué pasa con los aportes en caso de licencia sin goce de sueldo?

En este caso se puede conservar la obra social, pero hay que pagar la totalidad de los aportes sin la contribución del empleador. 

Pasos para derivar aportes de una obra social a una prepaga

En caso de que te estés preguntando cómo podés derivar tus aportes de la obra social a una prepaga, a continuación te presentamos un breve resumen de lo que debés hacer: 

  1. Elegir una prepaga y consultar si está en disposición de recibirte como afiliado (ya que en algunos casos hay restricciones).  
  2. Obtener una clave fiscal de nivel 2 y vincularla con la Superintendencia de Servicios de Salud (SSSalud). 
  3. Realizar el cambio de manera digital en la página web del Ministerio de Salud

¿Cuándo puedo derivar mis aportes de la obra social a una prepaga? 

Podés derivar tus aportes desde el inicio de tu contrato laboral, sin embargo, una vez te cambias de servicio de salud, tendrás que esperar un año para volverlo a hacer. 

Si querés conocer más sobre cómo calcular los aportes de mi Obra Social, las Prepagas y sus Ofertas de Planes visitá nuestra página web ElegiMejor.

Fuentes:

  • AFIP – Aportes y contribuciones
  • ANSES – Sistema Integrado Previsional Argentino
  • Argentina GOB – Obras Sociales
  • AFIP – Calculadora de intereses resarcitorios y punitorios
  • Argentina GOB – Salario
  • AFIP – Bases imponibles de cálculo de aportes y contribuciones

Sobre el autor : María Alejandra Martínez Botero

Graduada de un postgrado en Gestión del Patrimonio Cultural de la Universidad de Buenos Aires y de la licenciatura en Artes Visuales de la Universidad Tecnológica de Pereira. Trabaja como redactora de contenido SEO, desde hace más de tres años, para diferentes páginas web, entre ellas la plataforma de ElegiMejor.com.ar, la primera plataforma que compara planes de medicina prepaga en Argentina.Página Freelancer.

¿Cómo tener una obra social sin trabajo en Argentina?

Cómo tener una obra social sin trabajo

En Argentina, el pensar cómo tener una obra social sin trabajo puede resultar un desafío, ya que en la mayoría de los casos el servicio médico está relacionado con los aportes a la seguridad social, que se hacen en los trabajos formales. Si querés saber más, seguí leyendo nuestra web ElegiMejor que te contamos más del tema.

Si estás pasando por un momento en el que no tenés empleo, es importante que conozcas que existen otras formas de tener una cobertura médica. Una es adherirse al monotributo y otra es pagar un plan en una prepaga de manera particular. O, en todo caso, hacer uso del sistema de salud público. 

Además, si estabas afiliado a una obra social por más de tres meses y ahora te has quedado sin empleo, existe un periodo de tiempo de tres meses en el que la obra social mantiene el servicio, aún sin pagar los aportes. 

¿Qué se necesita para tener una obra social? 

Lo primero que hay que tener en cuenta con respecto a tener una obra social, es que los aportes que se realizan mes a mes a estas empresas para contar con el servicio de salud. Por lo general, son descontados del salario mensual que cobran los empleados en relación de dependencia o monotributistas. 

Al momento de afiliarse a una obra social es necesario respaldar con una documentación el ingreso de dinero. Si se trata de un trabajador en relación de dependencia, sería un recibo de sueldo. Pero, en caso de no tenerlo, la persona se puede presentar como autónomo o monotributista

En este sentido, para tener una obra social sin trabajo será necesario tener una constancia de ingresos mensuales o  adherirse al monotributo. Sino, existe también la posibilidad de pagar un plan en una empresa de medicina prepaga de manera independiente. 

Sin embargo, el acceso a la salud pública es un derecho en Argentina. Por lo tanto, si no se tiene la capacidad económica para pagar un plan, el sistema de salud de los hospitales públicos está dispuesto al servicio de todas las personas que así lo requieran. 

¿Cómo tener una obra social sin trabajo?

En el siguiente apartado, te presentamos un listado con alternativas para tener una obra social sin estar trabajando

Opción monotributo 

Una muy buena opción en el caso de querer tener una obra social sin trabajo, es inscribirse en el régimen del monotributo, ya que es la forma más económica. Dentro de esta alternativa, el Monotributo Social es el que menos paga. 

Además, es una opción ideal para trabajadores independientes y emprendedores. La suelen usar para formalizar cualquier tipo de trabajo que realicen y, de esta manera, a través de una cuota que se paga mes a mes, incluir un aporte a la salud y a la jubilación. 

Este mismo aporte es el que permite tener una obra social sin un trabajo en relación de dependencia, o incluso en caso de desempleo. De hecho, muchas personas están en este régimen solo para estar en una obra social. 

Por otra parte, cabe resaltar que pagar la cuota de un plan de salud en una prepaga, siempre va a ser más económico por medio del monotributo que de manera particular. Puede ser desde un 30% a un 50% menos, ya que los aportes del monotributo se derivan al pago de la cuota de la prepaga y no pagás el IVA. 

Monotributo social: ¿Qué es y qué requisitos necesito para afiliarme?

Dentro del régimen del monotributo hay niveles. Esto significa que hay diferentes tipos de cuota dependiendo de los ingresos del monotributista. En este sentido, la cuota más económica corresponde al Monotributo Social

El Monotributo Social es un régimen tributario, que promueve la inserción de emprendedoras y emprendedores en situación de vulnerabilidad, que realizan una única actividad económica por cuenta propia y se encuentran fuera del mercado formal laboral o trabajando en relación de dependencia con ingresos brutos inferiores al haber previsional mínimo.

Argentina GOB– 

Para poder estar inscrito en esta categoría no podés:

  • Ser propietario de ningún inmueble.
  • Tener un máximo de 2 vehículos.
  • Ser un empleador o tener acciones en alguna sociedad comercial. 

Asimismo, se puede estar adherido al monotributo social sin perder los beneficios de la asignación universal por hijo. 

Contratar una prepaga de forma particular

Las prepagas son empresas privadas que ofrecen servicios de salud a cualquier persona que realice el pago correspondiente mes a mes. En ese sentido, una opción para tener una obra social sin trabajo es afiliarse a una de ellas de manera particular. 

La diferencia sería que el costo es más elevado, puesto que estando en relación de dependencia o siendo monotributista, se descuenta una parte del salario mensual a los aportes obligatorios a la salud. Sin embargo, si no estás empleado o no querés afiliarte al monotributo, podés pagar la cuota completa independientemente

Hay una idea generalizada de que tener un plan de salud privado es un servicio muy costoso. Pero es importante resaltar que no todas las prepagas manejan los mismos rangos de precios. Por lo tanto, existen algunas opciones en la medicina privada que son más económicas y que te vamos a compartir a continuación

¿Cuál es la prepaga más económica?

Que existan prepagas más económicas que otras, no significa necesariamente un detrimento en la calidad del servicio. Simplemente pueden ser menos conocidas o no contar con servicios de lujo como cirugía estética o reintegros. Pero las prestaciones del Programa Médico Obligatorio (PMO) siempre van a estar cubiertas, por más barato que sea el plan. 

Además, recordá que hay otras formas de ahorrar que no tienen que ver sólo con el valor de la cuota mensual, como:

  • El pago a través de los aportes que libera de pagar el IVA.
  • Contratar un plan con copagos, que es una pequeña fracción de dinero que se paga al momento de utilizar un servicio, pero que abarata las cuotas.
  • Algunas prepagas tienen descuentos por pagar en débito automático. 

A continuación, te presentamos las que consideramos mejores en cuanto a la relación precio calidad. 

Premedic

Premedic es una empresa de medicina prepaga que ha tenido una gran expansión en los años más recientes. Cuenta con una cartilla muy completa, con sanatorios reconocidos y planes superadores.

Además, ofrece planes que se pagan solo con los aportes obligatorios. Sin embargo, es una opción para personas que vivan en Capital o en el Gran Buenos Aires.  

Hominis

Hominis es la prepaga del reconocido Sanatorio Güemes, que es popular por ser uno de los sanatorios más importantes en la ciudad de Buenos Aires. Además, ofrece un buen equilibrio entre precio y calidad, con una cartilla muy buena pero solo para personas que residan en Capital o Gran Buenos Aires. 

Sancor Salud

La prepaga Sancor Salud ha incorporado a su cartera los planes que ofrecía Staff Médico. De esta manera, una de las prepagas más conocidas del país ofrece estos planes económicos, manteniendo su calidad de servicio.  

Uno de sus planes más económicos es el plan 700A que cuenta con copagos para bajar la cuota mensual. Para una persona que hace poco uso de la prepaga, conviene este tipo de plan. 

Omint

Omint es una de las prepagas más grandes de Argentina, sin embargo sigue conservando costos moderados que le permiten estar en una buena relación precio calidad. Tiene cobertura a nivel nacional con una excelente cartilla y con centros médicos propios. 

Avalian 

Avalian es la misma prepaga que solía llamarse Aca Salud. Es una de las más importantes en el interior del país y aunque sus precios están más en un nivel intermedio, la solemos recomendar por su excelente relación precio calidad. 

Además, esta prepaga es ideal para familias que quieran ahorrar, ya que a partir del segundo hijo se hace un descuento del 50% y después del tercero un 83%. 

Cuenta con cobertura a nivel nacional, por lo cual es una muy buena opción para personas que viajan por el país. Los sanatorios que incluye en la cartilla sirven tanto para guardia como para consultorios externos e internación. 

Si te interesa saber más sobre las Prepagas y sus distintos planes de salud; con cartilla, prestaciones y precios, visitá nuestra página web ElegiMejor y enterate de más novedades.

Sobre el autor : María Alejandra Martínez Botero

Graduada de un postgrado en Gestión del Patrimonio Cultural de la Universidad de Buenos Aires y de la licenciatura en Artes Visuales de la Universidad Tecnológica de Pereira. Trabaja como redactora de contenido SEO, desde hace más de tres años, para diferentes páginas web, entre ellas la plataforma de ElegiMejor.com.ar, la primera plataforma que compara planes de medicina prepaga en Argentina.Página Freelancer.