¿Se Puede Tener Dos Obras Sociales al Mismo Tiempo?

Persona hablando si se puede tener dos obras sociales al mismo tiempo

En Argentina, al tener un nuevo contrato de trabajo se debe elegir una obra social para hacer los aportes. Pero, ¿sabías que se puede tener dos obras sociales al mismo tiempo? siempre que se cumplan ciertas condiciones y requisitos específicos. Si te interesa esta información, ¡seguí leyendo en ElegiMejor!

De hecho, es un caso más común de lo que parece. Por ejemplo, cuando el trabajador tiene, por una parte, un contrato en relación de dependencia (con una cobertura médica) y, por otra, es monotributista, con otro servicio de salud. 

Por estar afiliado a dos obras sociales, el trabajador tendrá una cobertura médica más extensa al combinar las prestaciones de ambos planes. Pero es fundamental que dichas entidades estén al tanto de esta situación para evitar problemas en la prestación del servicio.

A continuación, te presentamos toda la información acerca de cómo se puede tener dos obras sociales al mismo tiempo en Argentina. Y si querés conocer más sobre las prestaciones, cartilla y precios de los principales planes de salud, visita nuestra página web para saber todo sobre las Prepagas y Obras Sociales.

Requisitos y condiciones para tener dos obras sociales al mismo tiempo

Para tener dos obras sociales al mismo tiempo, el afiliado debe tener en cuenta los límites establecidos por la ley, lo que le permite acceder a una mejor cobertura pero sin duplicar los beneficios. Es decir, que estos dos servicios médicos se complementan entre sí con sus prestaciones, pero los beneficios no se deben recibir duplicados

Uno de los requisitos fundamentales para tener dos obras sociales al mismo tiempo es que ambas estén afiliadas a la Superintendencia de Servicios de Salud (SSSalud) y que sean obras sociales sindicales o de carácter nacional o provincial. De esta forma, una de las coberturas está sujeta al rubro en el que trabaja el afiliado en relación de dependencia o como monotributista y la otra puede ser de la preferencia del trabajador. 

Otro requisito para tener dos obras sociales de manera legal en Argentina, es que ambas entidades estén informadas al respecto de esta situación. De esto se debe encargar el afiliado informando respectivamente a cada una de las instituciones. 

Te invitamos a leer el artículo de nuestro Blog sobre la Obras Sociales Nacionales y Provinciales

Ventajas de tener dos obras sociales al mismo tiempo

Una de las principales ventajas que ofrece tener dos obras sociales al mismo tiempo es que en la mayoría de los casos, el trabajador aumenta la cantidad de prestaciones y cartilla de su servicio de salud. Además, se amplía la cobertura en medicamentos, ya que los convenios con las farmacias varían dependiendo de la obra social. 

En este sentido, el afiliado puede tener más opciones al momento de elegir un prestador, un especialista, un centro médico o un sanatorio y, por lo tanto, puede mejorar la calidad del servicio, con mayor flexibilidad. Por otra parte, esta mayor cobertura puede mejorar el acceso a las prestaciones médicas, haciendo más cortos los tiempos de espera para concretar una cita. 

Desventajas de tener dos obras sociales al mismo tiempo

Si bien se puede tener dos obras sociales al mismo tiempo, es importante saber que existen algunas desventajas para el afiliado. Por ejemplo, el hecho de que se aumentan los gastos destinados a este servicio, ya que va a tener que pagar las cuotas correspondientes a los dos planes de salud. 

Otra consideración, es que tener dos obras sociales puede generar conflictos sobre qué prestaciones cubre cada una, lo que podría derivar en complicaciones al momento de utilizar los servicios médicos.

Igualmente, el hecho de tener que gestionar dos planes de salud puede generar algunos trámites administrativos engorrosos y complejos. Es decir, tener que lidiar con esta burocracia puede ser un factor preocupante para el afiliado. 

¿Qué dice la ley sobre tener dos obras sociales al mismo tiempo?

La ley de Contrato de Trabajo en Argentina, determina que si se puede tener dos obras sociales al mismo tiempo. No obstante, se debe cumplir con los requisitos que mencionamos anteriormente. Además, es importante tener en cuenta que cada obra social tiene sus propias normativas y es responsabilidad de cada trabajador estar al tanto de las mismas, para cumplir con las condiciones de cada empresa. 

Este contenido te puede interesar: ¿Cómo Tener una Obra Social sin Trabajo en Argentina?

Casos en los que está permitido tener dos obras sociales al mismo tiempo

El caso más común en el que se puede tener dos obras sociales, es cuando un trabajador en relación de dependencia también está inscrito como monotributista. Por lo tanto, cuenta con el servicio de salud de su trabajo principal y, a su vez, con el que se desempeña en el monotributo. 

Asimismo, puede suceder que al estar en pareja, la cobertura en salud lo cubre como beneficiario del cónyuge. Pero, al mismo tiempo, al tener su propio trabajo, se cuenta con otra cobertura como titular.  

Otra posibilidad para tener dos obras sociales, es que un trabajador que se haya jubilado siga trabajando, así tendrá, por una parte, la cobertura médica como jubilado, pero, al mismo tiempo, tendrá una cobertura por el trabajo en actividad. 

Nuestras recomendaciones en ElegiMejor

Finalmente, te recordamos los puntos que nos parece importante destacar al respecto de tener dos obras sociales al mismo tiempo. Lo principal es comprobar que las dos empresas estén inscritas en la Superintendencia de Servicios de Salud (SSSalud), una de las obras sociales debe ser de carácter sindical y otra nacional o provincial.

Desde nuestro punto de vista, no recomendamos tener dos obras sociales al mismo tiempo, ya que puede ser complicado por varias razones que pueden derivar en problemas legales. 

En todo caso, si el afiliado busca mejorar su servicio y ampliar su cobertura médica, podría derivar sus aportes a un plan de más categoría de una prepaga. ¿Por qué? Porque en lugar de pagar por dos obras sociales, tal vez conviene pagar por un plan de salud privado.  

Recordá que para tener más información sobre planes de salud, sus precios y cartilla podés consultar nuestra página web ElegiMejor o el Comparador de Prepagas

Fuentes

Sobre el autor : María Alejandra Martínez Botero

Graduada de un postgrado en Gestión del Patrimonio Cultural de la Universidad de Buenos Aires y de la licenciatura en Artes Visuales de la Universidad Tecnológica de Pereira. Trabaja como redactora de contenido SEO, desde hace más de tres años, para diferentes páginas web, entre ellas la plataforma de http://ElegiMejor.com.ar , la primera plataforma que compara planes de medicina prepaga en Argentina.Página Freelancer.

¿Cómo Poner al Hijo de mi Pareja en la Obra Social? Lo que Establece la Ley

Cómo poner al hijo de mi pareja en mi obra social

Lo primero que debes tener en cuenta cuando te preguntás, ¿cómo poner al hijo de mi pareja en la obra social? Es que la Ley argentina establece que, todo titular de un plan de salud tiene derecho a adherir como beneficiarios a su grupo familiar primario. Esto incluye a los hijos del cónyuge o concubino. ¡Para más detalles, no dejes de leer ElegiMejor!

De esta manera, el círculo familiar se expande más allá de los vínculos sanguíneos y se brinda los mismos derechos a las llamadas familias ensambladas, es decir, una familia que está conformada por una pareja que tiene hijos de una relación anterior).

De hecho, las parejas estables con uniones convivenciales, tienen igualdad de derechos que las establecidas por el matrimonio. Por lo tanto, podés poner al hijo de tu pareja en la obra social, siempre y cuando convivas con ellos y tengas una unión de hecho o casamiento con tu pareja. 

Según el Artículo 672 del Código Civil, en términos legales, al convivir con una pareja, que tenga sus hijos bajo cuidado personal, pasás a ser el “progenitor afín” de esos niños. Por ende, cuentan con todos los beneficios que esto acarrea. 

Requisitos para adherir al hijo de mi pareja en la obra social

Para poner al hijo de tu pareja como beneficiario de tu obra social, debes convivir con ella y tener un certificado oficial que verifique este vínculo. Es decir, estar casados o en unión de hecho. Además, tu pareja debe tener a sus hijos bajo su cuidado personal, independientemente de si es compartido o no. 

Además, es importante tener en cuenta que el niño o adolescente no debe contar con ningún otro tipo de servicio social o previsional que provenga de sus progenitores, biológicos o adoptantes. 

Por último, el niño o adolescente no puede estar afiliado a otra obra social. Para verificarlo será necesario que diligencies un certificado negativo de CODEM (Comprobante de Empadronamiento en una Obra Social) del padre o la madre biológicos, expedida por el ANSES. 

Pasos para saber cómo poner al hijo de mi pareja en la obra social

El procedimiento para adherir al hijo de tu pareja a la obra social puede variar, pero es bastante similar en todas las obras sociales. Por lo general, suele ser un trámite que se hace de manera presencial, sin necesidad de que asista otra persona además del titular. 

Para efectos, debes hacer la solicitud en una sucursal de la obra social correspondiente, presentando la siguiente documentación: 

  • Certificado de domicilio.
  • Fotocopia del DNI de ambos concubinos.
  • Fotocopia del DNI del menor.
  • Certificado de convivencia o acta de matrimonio.
  • Fotocopia de recibo de sueldo o más reciente pago del monotributo.
  • Alta del AFIP.
  • Certificado de nacimiento de los hijos de la pareja a adherir.
  • Formulario de empadronamiento de la obra social. 
  • CODEM/ANSES

Este artículo te puede interesar: ¿Cómo adherir a mi pareja a la Obra Social

¿Es posible que la obra social se niegue afiliar el hijo de mi pareja? 

Es posible, pero no es legal, ya que los hijos del cónyuge tienen derecho de ser beneficiarios de la obra social a la que perteneces. En caso de que la obra social entregue una respuesta negativa a este trámite, el afiliado podrá entablar una acción de amparo de salud para apelar a esta respuesta. 

¿Qué dice la ley sobre cómo poner al hijo de mi pareja en la obra social?

Todos los niños cuentan con los derechos establecidos en la convención de los Derechos del Niño que incluye por supuesto, el derecho a la salud. Este debe estar por delante de cualquier otro concepto sobre la conformación familiar, pues la salud es un derecho fundamental. 

En Argentina, la ley es clara respecto a incluir al hijo de tu pareja como beneficiario de la obra social a la que estás afiliado. Algunas de las leyes que respaldan esto son:

  • La Ley Nacional 23.660 establece que están incluidos como beneficiarios a la obra social del titular todo el grupo familiar primario. 
    • Artículo 8: aclara que dicha extensión incluye a los hijos del cónyuge.
    • Artículo 9, inc. b): agrega que quedan incluidos en calidad de beneficiarios “las personas que convivan con el afiliado titular y reciban del mismo trato familiar”.
  • Ley de Medicina Prepaga 26.682 art. 14, inc.b): incluye en la cobertura del grupo familiar a “la persona que conviva con el afiliado titular en unión de hecho, sea o no de distinto sexo y sus hijos, según acreditación que determine la reglamentación”.
  • Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes Decreto 415/2006, art. 7: define que “se entenderá por ‘familia o núcleo familiar’, ‘grupo familiar’, ‘grupo familiar de origen’, ‘medio familiar comunitario’ y ‘familia ampliada’, además de los progenitores, a las personas vinculadas a los niños, niñas y adolescentes, a través de líneas de parentesco por consanguinidad o por afinidad, o con otros miembros de la familia ampliada”.

Progenitor afín: ¿Qué es?

El progenitor afín es una figura legal, que se creó para definir al tipo de madre o padre que no tiene vínculo sanguíneo con el menor, pero que ejerce este rol en las familias ensambladas.

Así, el nuevo Código Civil en su Artículo 672 lo define como: “El cónyuge o conviviente que vive con quien tiene a su cargo el cuidado personal del niño o adolescente”. Es decir que “resulta necesaria la convivencia o matrimonio con el progenitor del niño o adolescente y, además, que esté bajo su cuidado personal. Es necesario que el menor de edad se encuentre viviendo con su progenitor y su cónyuge o conviviente, para estar en presencia de dicha figura legal”.

Obligaciones de un progenitor afín 

Como toda reglamentación, una vez definidos los derechos de este rol, también se estiman los deberes. En este sentido, un progenitor afín según el Código Civil en su Artículo 673 civil tendrá que: 

  • Ayudar en su crianza y educación.
  • Colaborar en su formación en las cuestiones diarias en la casa.
  • Tomar decisiones frente a una urgencia.
  • Proveer alimentación, siempre y cuando los padres naturales no puedan.

Por ahora hemos llegado al cierre de este artículo, si querés más información relacionada a salud y Obras Sociales podés consultar nuestro blog en nuestra página web ElegiMejor

Fuentes:

Sobre el autor : María Alejandra Martínez Botero

Graduada de un postgrado en Gestión del Patrimonio Cultural de la Universidad de Buenos Aires y de la licenciatura en Artes Visuales de la Universidad Tecnológica de Pereira. Trabaja como redactora de contenido SEO, desde hace más de tres años, para diferentes páginas web, entre ellas la plataforma de ElegiMejor.com.ar, la primera plataforma que compara planes de medicina prepaga en Argentina.Página Freelancer.

¿Cómo adherir a mi pareja a la Obra Social? Guía y Requisitos Indispensables

Cómo adherir a tu pareja a la obra social

Si sos el titular de una cobertura médica y te estás preguntando, ¿cómo adherir a mí pareja a la obra social? en el siguiente artículo vas a encontrar toda la información, incluyendo los requisitos, pasos y otros temas relacionados. ¡Informate en nuestra página web ElegiMejor!

Tené en cuenta que con tu afiliación a una obra social, podés tener como beneficiarios a todos los miembros de tu grupo familiar primario. Así que, las prestaciones que te ofrece tu plan de salud, vas a poder extenderlas tanto a tu pareja como a tus hijos. 

Recordá, además, que toda obra social o prepaga tiene que ofrecer mínimamente el Programa Médico Obligatorio (PMO) que incluye todas las prestaciones médicas básicas establecidas por la Superintendencia de Servicios de Salud (SSSalud). 

¿A quién nos referimos cuando hablamos de pareja?

La Ley Argentina dice que podés asociar a tu pareja a la obra social, siempre y cuando este vínculo esté debidamente acreditado por un documento oficial. Además de los matrimonios, entran en esta categoría: la pareja de hecho, el cónyuge o concubino. 

¿Cómo legalizar una relación para agregar a mi pareja a la obra social? 

Existen dos posibilidades para legalizar una relación en Argentina:

  • Contraer matrimonio
  • Tramitar la unión civil/convivencial

En ambos casos se establece legalmente el vínculo, obteniendo tanto los beneficios y derechos de este estatus, como las obligaciones legales. Este trámite se lleva a cabo en el Registro Civil que les corresponda como pareja, según su domicilio. 

Conocé más de este tema: Certificado de Convivencia para Obra Social: Requisitos y Cómo Tramitarlo

Requisitos para adherir a mi pareja a la obra social

Para poder agregar a tu pareja a la obra social debés cumplir con los siguientes requisitos

  • Estar casados o en unión convivencial (concubinato).
  • Contar con un certificado oficial que acredite que son pareja.
  • Tu pareja no debe tener otra obra social activa.

Además, deben presentar la siguiente documentación:

  • Constancia de la unión. 
  • DNI y copia, tanto del titular como de la pareja. 
  • Último recibo de sueldo del titular.
  • Certificado negativo del ANSES (en algunos casos).
  • Constancia de CUIL de la pareja.
  • CODEM/ANSES a cargo del titular.

 ¿Cómo adherir a mi pareja a la obra social?

El procedimiento de adherir a tu pareja a la obra social puede variar según la obra social. Por lo general, se hace de manera presencial, con la asistencia solo del titular, en la oficina de la obra social que corresponda. Y con la documentación que mencionamos anteriormente. 

Si sos un empleado en relación de dependencia, también podés utilizar los canales de atención virtual que tiene habilitado el ANSES para incorporar o dar de baja integrantes del grupo familiar a través del siguiente enlace: https://www.anses.gob.ar/atencion-virtual 

Asimismo, los vínculos familiares deben estar registrados y actualizados en el ANSES: https://servicioscorp.anses.gob.ar/clavelogon/logon.aspx?system=miansesv2

Cómo agregar a mi pareja a la obra social si soy monotributista

Si sos monotributista y querés adherir a tu pareja a la obra social, los pasos que debes seguir según la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) son:

  • Acceder al portal del monotributo.
  • Ingresar tu CUIT y clave fiscal.
  • Ingresar en “Datos del monotributo”.
  • Ingresar en “Modificar mis datos”.
  • Completar los datos que pide el sistema, con número de CUIT del nuevo beneficiario.
  • Verificar la nueva credencial de pago.

Cómo asociar a mi pareja a la obra social del PAMI 

Para adherir a tu pareja al PAMI tenés que dirigirte a la sucursal que corresponda con la siguiente documentación:

  • DNI.
  • Último recibo de cobro del titular.
  • DNI del cónyuge.          
  • Acta de matrimonio actualizada.
  • Constancia de CUIT/CUIL.
  • Constancia negativa del ANSES.
  • Constancia negativa de la obra social provincial.

Recomendaciones para asociar a tu pareja a la obra social

  • En el caso de que ambas personas cuenten con una obra social que se paga por aportes, es recomendable que unifiquen ese monto y así se puede acceder a un plan de salud de más categoría que beneficie a los dos. En la mayoría de los casos unir estos dos aportes es suficiente para tener acceso a la cobertura de un plan de medicina prepaga. 
  • Es importante destacar que en caso de tramitar el documento de Unión Convivencial, para adherir a tu pareja a la obra social, además de los beneficios del plan de salud, también tendrán otras ventajas como poder proteger la vivienda como un bien familiar. Con esta protección patrimonial se evita el remate.

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¿A quiénes puedo adherir en mi obra social, además de mi pareja? 

Según la Ley en Argentina, un afiliado titular de una obra social tiene derecho a incluir en su lista de beneficiarios a todo su grupo familiar primario, que incluye la pareja, pero además a las siguientes personas:

  • Hijos solteros hasta los 21 años.
  • Hijos solteros mayores de 21 años y hasta los 25 pero que cursen estudios que sean reconocidos. 
  • Hijos discapacitados sin límite de edad.
  • Los hijos del cónyuge o concubino.
  • Cualquier menor que esté bajo tutela judicial o administrativa del titular. 
  • Las personas que conviven con el titular y tienen trato familiar. 

El Ministerio de Salud de la Nación, manifiesta al respecto: “La Superintendencia de Servicios de Salud puede autorizar que queden incluidos como beneficiarios otros ascendientes o descendientes por consanguinidad del beneficiario titular y que estén a su cargo. En este caso, se fija un aporte adicional igual al 1,5% por cada una de las personas que se incluyan”.

Este artículo te puede interesar: ¿Hasta cuándo cubre la obra social a los hijos?

¿Cómo adherir a mi hijo?

Para adherir un hijo como beneficiario tenés que presentar la documentación en una oficina de tu obra social:

  • DNI del titular
  • DNI de los hijos
  • Partida de nacimiento

Recordá que cuando la mamá y el papá tienen una obra social diferente, él o los hijos, solo pueden tener una de las dos coberturas. Y que también podés sumar a los hijos de tu pareja si convivís con ellos.

Esperamos que esta información haya sido de tu utilidad y que nos sigas consultando sobre temas de salud y Prepagas en nuestra página web.

Fuentes:

  • AFIP – Agregar adherente a la obra social
  • PAMI – Afiliación Uniones Convivenciales
  • ANSES – Obra Social para Trabajadores en Relación de Dependencia
Sobre el autor : María Alejandra Martínez Botero

Graduada de un postgrado en Gestión del Patrimonio Cultural de la Universidad de Buenos Aires y de la licenciatura en Artes Visuales de la Universidad Tecnológica de Pereira. Trabaja como redactora de contenido SEO, desde hace más de tres años, para diferentes páginas web, entre ellas la plataforma de ElegiMejor.com.ar, la primera plataforma que compara planes de medicina prepaga en Argentina.Página Freelancer.

Certificado de Convivencia para Obra Social: Requisitos y Cómo Tramitarlo

Certificado de convivencia para obra social

Un certificado de convivencia para la obra social, es el documento que vas a requerir al momento de asociar a tu pareja como beneficiaria de tu afiliación. Ya que, al ser titular, tenés el derecho de beneficiar a todo tu grupo familiar primario y quienes convivan con vos. ¡Informate más en ElegiMejor!

Esto significa que no es necesario estar casado para que tu pareja se pueda adherir a tu obra social. Pero si vas a necesitar un certificado de concubinato para la obra social para tramitar esta diligencia. 

Para gestionar el certificado de convivencia para la obra social debés dirigirte a un Registro Civil con dos testigos que sean mayores de edad y que no sean tus familiares. Esta unión convivencial quedará inscrita en el Registro de las Personas, con el domicilio en el que conviven los concubinos. 

En caso de tramitar un certificado de concubinato para la obra social, ambas personas deben estar en voluntad de hacerlo, ya que en este documento queda registrada la unión de dos individuos.  Si querés saber más, ¡seguí leyendo que te traemos toda la información!

¿Qué es un certificado de convivencia?

El certificado de convivencia o concubinato es un documento que certifica legalmente la relación de dos personas, que viven en una misma casa, sin que sea necesario casarse. Así, estos dos ciudadanos podrán acceder a ciertos derechos y beneficios que tienen como pareja. 

Para obtener un certificado de concubinato, la pareja tendrá que haber convivido por al menos dos años.  

Además, así como se tramita el certificado de convivencia puede ser finalizado, dirigiéndose a una oficina del Registro Civil. En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), se puede reservar el turno de manera virtual en la página web https://login.buenosaires.gob.ar.

¿Qué documentos son necesarios para tramitar el certificado de convivencia para la obra social?

Para tramitar el certificado de convivencia para la obra social vas a necesitar llevar a la oficina del Registro Civil más cercano la siguiente documentación: 

  • Original y copia del DNI.
  • Original y copia del DNI de la pareja.
  • Original y copia del DNI de los testigos.
  • Constancia de residencia o en su defecto una factura de servicios.
  • Recibo de pago de las unidades tributarias.
  • Dos testigos mayores de 18 años con DNI.
  • Si declara estado civil divorciado debe acreditar con acta.
  • Si declara ser viudo debe acreditar con acta.

Requisitos para tramitar un certificado de convivencia para obra social

  • Ser ambos mayores de 18 años.
  • Tener DNI o documento que acredite la identidad.
  • Haber mantenido una convivencia durante dos años mínimo.
  • No ser parientes.
  • No estar casados.
  • No tener registrada otra unión convivencial.
  • Tener una relación pública y permanente.

¿Cuánto tarda un certificado de convivencia para la obra social?

El certificado de convivencia para la obra social se entrega en el mismo momento en que se hace el trámite. 

¿Dónde se tramita el certificado de convivencia para obra social?

Esta diligencia la podés hacer en el Registro de las Personas que te corresponde según tu domicilio. El mismo lugar está habilitado para finalizar la unión y otros pactos de pareja. 

¿El certificado de convivencia tiene un costo?

Se cobra un monto bajo, ya que el trámite en sí no tiene costo, pero se deben pagar las Unidades Tributarias que varían dependiendo de la urgencia de la solicitud. 

¿Para qué sirve un certificado de convivencia además de la obra social?

El certificado de convivencia  sirve para tramitar la obra social de la pareja de un afiliado titular y hacerlo beneficiario a dicha cobertura médica, pero además tiene otros usos que otorgan derechos como: 

  • Preservar la casa donde se convive, ya que no podrá ser vendida o hipotecada sin la firma de ambas personas convivientes.
  • Pedir créditos o ayudas del gobierno de manera conjunta. 
  • En caso de muerte de alguno, el otro puede cobrar su pensión. 
  • Para contratar servicios públicos para la casa de convivencia. 

Obligaciones que recaen con un certificado de convivencia 

Un certificado de convivencia otorga ciertos derechos como pareja, pero también ciertas obligaciones como: 

  • Dividir los gastos del hogar.
  • Responder por las deudas de la pareja. 
  • Tanto la vivienda como los muebles del hogar pertenecen a la pareja, por lo tanto ninguno de los dos puede disponer de ellos sin la autorización del otro. 
  • No se obtiene compensación económica en caso de que la unión se termine. 

¿Qué dice la ley sobre la unión convivencial?

El Código Civil y Comercial en el título III de Uniones Convivenciales, capítulo 1 de la Constitución dice que: 

  • ARTICULO 509.- Ámbito de aplicación. Las disposiciones de este Título se aplican a la unión basada en relaciones afectivas de carácter singular, pública, notoria, estable y permanente de dos personas que conviven y comparten un proyecto de vida común, sean del mismo o de diferente sexo.
  • ARTÍCULO 511.- Registración. La existencia de la unión convivencial, su extinción y los pactos que los integrantes de la pareja hayan celebrado, se inscriben en el registro que corresponda a la jurisdicción local, solo a los fines probatorios. No procede una nueva inscripción de una unión convivencial sin la previa cancelación de la preexistente. La registración de la existencia de la unión convivencial debe ser solicitada por ambos integrantes.
  • ARTÍCULO 512.- Prueba de la unión convivencial. La unión convivencial puede acreditarse por cualquier medio de prueba; la inscripción en el Registro de uniones convivenciales es prueba suficiente de su existencia.

Si te interesa tramitar el certificado de convivencia para la obra social o querés conocer más de los beneficios de contar con un plan de salud, podés visitar nuestra página web ElegiMejor para tener más detalles. ¡Te asesoramos de forma gratuita!

Fuentes:

  • Arentina GOB – Acreditar datos personales y familiares en ANSES
Sobre el autor : María Alejandra Martínez Botero

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¿Cómo Calcular los Aportes de la Obra Social?

Cómo calcular los aportes de la obra social

Te has preguntado alguna vez ¿cómo calculo los aportes de mi obra social? Quedate que te respondemos en esta nota, es bastante sencillo si conocés el valor de tu salario bruto. Recordá que los aportes a la obra social son descontados por defecto a todo empleado en relación de dependencia, monotributista, jubilado o pensionado. ¡Seguí leyendo en nuestra página web ElegiMejor!

El cálculo de aportes es el resultado de sumar el 3% del sueldo bruto de dicho trabajador, más el 6% del aporte que hace el empleador. De ese 9% entre un 7,2 y un 7,65% es el aporte a la obra social o prepaga.

Además, este aporte tiene como destino la obra social del rubro o sindicato al que pertenece el empleado o monotributista. Sin embargo, puede ser derivado para pagar parte de un plan de medicina prepaga si así lo eligiera el trabajador. 

Si te interesa saber más sobre cómo calcular aportes de mi obra social, ¡tomá nota!

¿Cómo calcular aportes de la Obra Social?

Para calcular los aportes de la obra social hay que tener en cuenta de qué categoría de trabajador estamos hablando, por ejemplo: 

  • Empleados en relación de dependencia
  1. Aportes del empleado: 3% del salario bruto.
  2. Aportes del empleador: 6% del salario del empleado. 
  • Trabajadores autónomos 
  1. Autónomos inscriptos en el monotributo: Los aportes a la obra social están incluidos en la cuota mensual del Monotributo. El monto de la cuota varía según la categoría del monotributo en la que esté inscrito el trabajador.
  2. Autónomos no inscriptos en el monotributo: Deben realizar el aporte a la obra social de manera independiente. El monto se calcula según la escala de ingresos y la actividad.

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¿Cuál es el valor de mi aporte a la obra social?

El valor que pagás para tener una obra social como empleado en relación de dependencia, es el equivalente al 3% de tu sueldo bruto y si tenés beneficiarios es un 1,5% por cada uno de ellos

Tabla de aportes y contribuciones oficial

A continuación, te compartimos la tabla de aportes que ofrece la página oficial del gobierno de la Nación. 

ContribucionesEmpleadorTrabajador
Jubilación16%11%
PAMI2%3%
Obra Social6%3%
Fondo Nacional de Empleo1,5%
Seguro de Vida Obligatorio00,3%
ART(Lo que cotice la ART)

Calculadora AFIP para intereses resarcitorios y punitorios 

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) cuenta con un sistema de cálculo para intereses resarcitorios o punitorios en cuanto a las obligaciones de seguridad social. Lo podés consultar entrando al siguiente enlace: https://serviciosweb.afip.gob.ar/genericos/calculoInteres

En qué consisten los aportes y contribuciones 

Todos los empleados en relación de dependencia y monotributistas hacen un aporte obligatorio a la seguridad social y al sistema de salud. De esta forma, se les asigna una obra social que le presta el servicio de salud, incluyendo a su familia.  

Los aportes del trabajador son retenidos por el empleador al momento de pagar su salario. El cálculo de aportes se hace sobre el salario bruto y es responsabilidad del empleador pagarlo en la AFIP

Por su parte, las contribuciones patronales, son el monto que el empleador aporta por cada uno de sus trabajadores. Esta contribución no es lo mismo que una retención impositiva. 

Por último, cabe aclarar que las obras sociales son las entidades encargadas de brindar este servicio de salud por aportes. Y, por otra parte, las prepagas son empresas que prestan el servicio de salud de manera privada y a las cuales podés derivar tus aportes, de manera voluntaria. 

¿Quiénes están afiliados a la obra social con mis aportes?

Se encuentran afiliados a la obra social todos los trabajadores en relación de dependencia, jubilados, pensionados y beneficiarios de pensiones no contributivas. Así como el grupo familiar primario de estas personas y quienes convivan con él. 

¿Cuánto tiempo tengo mi obra social si dejo de hacer los aportes?

Si trabajaste por más de tres meses y el contrato laboral se ve suspendido, aunque no hagas los aportes podés conservarla durante tres meses más, incluyendo a tus beneficiarios. 

Este artículo te puede interesar: ¿Cuánto dura la obra social después de renunciar?

¿Qué pasa con los aportes en caso de licencia sin goce de sueldo?

En este caso se puede conservar la obra social, pero hay que pagar la totalidad de los aportes sin la contribución del empleador. 

Pasos para derivar aportes de una obra social a una prepaga

En caso de que te estés preguntando cómo podés derivar tus aportes de la obra social a una prepaga, a continuación te presentamos un breve resumen de lo que debés hacer: 

  1. Elegir una prepaga y consultar si está en disposición de recibirte como afiliado (ya que en algunos casos hay restricciones).  
  2. Obtener una clave fiscal de nivel 2 y vincularla con la Superintendencia de Servicios de Salud (SSSalud). 
  3. Realizar el cambio de manera digital en la página web del Ministerio de Salud

¿Cuándo puedo derivar mis aportes de la obra social a una prepaga? 

Podés derivar tus aportes desde el inicio de tu contrato laboral, sin embargo, una vez te cambias de servicio de salud, tendrás que esperar un año para volverlo a hacer. 

Si querés conocer más sobre cómo calcular los aportes de mi Obra Social, las Prepagas y sus Ofertas de Planes visitá nuestra página web ElegiMejor.

Fuentes:

  • AFIP – Aportes y contribuciones
  • ANSES – Sistema Integrado Previsional Argentino
  • Argentina GOB – Obras Sociales
  • AFIP – Calculadora de intereses resarcitorios y punitorios
  • Argentina GOB – Salario
  • AFIP – Bases imponibles de cálculo de aportes y contribuciones

Sobre el autor : María Alejandra Martínez Botero

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¿Cómo tener una obra social sin trabajo en Argentina?

Cómo tener una obra social sin trabajo

En Argentina, el pensar cómo tener una obra social sin trabajo puede resultar un desafío, ya que en la mayoría de los casos el servicio médico está relacionado con los aportes a la seguridad social, que se hacen en los trabajos formales. Si querés saber más, seguí leyendo nuestra web ElegiMejor que te contamos más del tema.

Si estás pasando por un momento en el que no tenés empleo, es importante que conozcas que existen otras formas de tener una cobertura médica. Una es adherirse al monotributo y otra es pagar un plan en una prepaga de manera particular. O, en todo caso, hacer uso del sistema de salud público. 

Además, si estabas afiliado a una obra social por más de tres meses y ahora te has quedado sin empleo, existe un periodo de tiempo de tres meses en el que la obra social mantiene el servicio, aún sin pagar los aportes. 

¿Qué se necesita para tener una obra social? 

Lo primero que hay que tener en cuenta con respecto a tener una obra social, es que los aportes que se realizan mes a mes a estas empresas para contar con el servicio de salud. Por lo general, son descontados del salario mensual que cobran los empleados en relación de dependencia o monotributistas. 

Al momento de afiliarse a una obra social es necesario respaldar con una documentación el ingreso de dinero. Si se trata de un trabajador en relación de dependencia, sería un recibo de sueldo. Pero, en caso de no tenerlo, la persona se puede presentar como autónomo o monotributista

En este sentido, para tener una obra social sin trabajo será necesario tener una constancia de ingresos mensuales o  adherirse al monotributo. Sino, existe también la posibilidad de pagar un plan en una empresa de medicina prepaga de manera independiente. 

Sin embargo, el acceso a la salud pública es un derecho en Argentina. Por lo tanto, si no se tiene la capacidad económica para pagar un plan, el sistema de salud de los hospitales públicos está dispuesto al servicio de todas las personas que así lo requieran. 

¿Cómo tener una obra social sin trabajo?

En el siguiente apartado, te presentamos un listado con alternativas para tener una obra social sin estar trabajando

Opción monotributo 

Una muy buena opción en el caso de querer tener una obra social sin trabajo, es inscribirse en el régimen del monotributo, ya que es la forma más económica. Dentro de esta alternativa, el Monotributo Social es el que menos paga. 

Además, es una opción ideal para trabajadores independientes y emprendedores. La suelen usar para formalizar cualquier tipo de trabajo que realicen y, de esta manera, a través de una cuota que se paga mes a mes, incluir un aporte a la salud y a la jubilación. 

Este mismo aporte es el que permite tener una obra social sin un trabajo en relación de dependencia, o incluso en caso de desempleo. De hecho, muchas personas están en este régimen solo para estar en una obra social. 

Por otra parte, cabe resaltar que pagar la cuota de un plan de salud en una prepaga, siempre va a ser más económico por medio del monotributo que de manera particular. Puede ser desde un 30% a un 50% menos, ya que los aportes del monotributo se derivan al pago de la cuota de la prepaga y no pagás el IVA. 

Monotributo social: ¿Qué es y qué requisitos necesito para afiliarme?

Dentro del régimen del monotributo hay niveles. Esto significa que hay diferentes tipos de cuota dependiendo de los ingresos del monotributista. En este sentido, la cuota más económica corresponde al Monotributo Social

El Monotributo Social es un régimen tributario, que promueve la inserción de emprendedoras y emprendedores en situación de vulnerabilidad, que realizan una única actividad económica por cuenta propia y se encuentran fuera del mercado formal laboral o trabajando en relación de dependencia con ingresos brutos inferiores al haber previsional mínimo.

Argentina GOB– 

Para poder estar inscrito en esta categoría no podés:

  • Ser propietario de ningún inmueble.
  • Tener un máximo de 2 vehículos.
  • Ser un empleador o tener acciones en alguna sociedad comercial. 

Asimismo, se puede estar adherido al monotributo social sin perder los beneficios de la asignación universal por hijo. 

Contratar una prepaga de forma particular

Las prepagas son empresas privadas que ofrecen servicios de salud a cualquier persona que realice el pago correspondiente mes a mes. En ese sentido, una opción para tener una obra social sin trabajo es afiliarse a una de ellas de manera particular. 

La diferencia sería que el costo es más elevado, puesto que estando en relación de dependencia o siendo monotributista, se descuenta una parte del salario mensual a los aportes obligatorios a la salud. Sin embargo, si no estás empleado o no querés afiliarte al monotributo, podés pagar la cuota completa independientemente

Hay una idea generalizada de que tener un plan de salud privado es un servicio muy costoso. Pero es importante resaltar que no todas las prepagas manejan los mismos rangos de precios. Por lo tanto, existen algunas opciones en la medicina privada que son más económicas y que te vamos a compartir a continuación

¿Cuál es la prepaga más económica?

Que existan prepagas más económicas que otras, no significa necesariamente un detrimento en la calidad del servicio. Simplemente pueden ser menos conocidas o no contar con servicios de lujo como cirugía estética o reintegros. Pero las prestaciones del Programa Médico Obligatorio (PMO) siempre van a estar cubiertas, por más barato que sea el plan. 

Además, recordá que hay otras formas de ahorrar que no tienen que ver sólo con el valor de la cuota mensual, como:

  • El pago a través de los aportes que libera de pagar el IVA.
  • Contratar un plan con copagos, que es una pequeña fracción de dinero que se paga al momento de utilizar un servicio, pero que abarata las cuotas.
  • Algunas prepagas tienen descuentos por pagar en débito automático. 

A continuación, te presentamos las que consideramos mejores en cuanto a la relación precio calidad. 

Premedic

Premedic es una empresa de medicina prepaga que ha tenido una gran expansión en los años más recientes. Cuenta con una cartilla muy completa, con sanatorios reconocidos y planes superadores.

Además, ofrece planes que se pagan solo con los aportes obligatorios. Sin embargo, es una opción para personas que vivan en Capital o en el Gran Buenos Aires.  

Hominis

Hominis es la prepaga del reconocido Sanatorio Güemes, que es popular por ser uno de los sanatorios más importantes en la ciudad de Buenos Aires. Además, ofrece un buen equilibrio entre precio y calidad, con una cartilla muy buena pero solo para personas que residan en Capital o Gran Buenos Aires. 

Sancor Salud

La prepaga Sancor Salud ha incorporado a su cartera los planes que ofrecía Staff Médico. De esta manera, una de las prepagas más conocidas del país ofrece estos planes económicos, manteniendo su calidad de servicio.  

Uno de sus planes más económicos es el plan 700A que cuenta con copagos para bajar la cuota mensual. Para una persona que hace poco uso de la prepaga, conviene este tipo de plan. 

Omint

Omint es una de las prepagas más grandes de Argentina, sin embargo sigue conservando costos moderados que le permiten estar en una buena relación precio calidad. Tiene cobertura a nivel nacional con una excelente cartilla y con centros médicos propios. 

Avalian 

Avalian es la misma prepaga que solía llamarse Aca Salud. Es una de las más importantes en el interior del país y aunque sus precios están más en un nivel intermedio, la solemos recomendar por su excelente relación precio calidad. 

Además, esta prepaga es ideal para familias que quieran ahorrar, ya que a partir del segundo hijo se hace un descuento del 50% y después del tercero un 83%. 

Cuenta con cobertura a nivel nacional, por lo cual es una muy buena opción para personas que viajan por el país. Los sanatorios que incluye en la cartilla sirven tanto para guardia como para consultorios externos e internación. 

Si te interesa saber más sobre las Prepagas y sus distintos planes de salud; con cartilla, prestaciones y precios, visitá nuestra página web ElegiMejor y enterate de más novedades.

Sobre el autor : María Alejandra Martínez Botero

Graduada de un postgrado en Gestión del Patrimonio Cultural de la Universidad de Buenos Aires y de la licenciatura en Artes Visuales de la Universidad Tecnológica de Pereira. Trabaja como redactora de contenido SEO, desde hace más de tres años, para diferentes páginas web, entre ellas la plataforma de ElegiMejor.com.ar, la primera plataforma que compara planes de medicina prepaga en Argentina.Página Freelancer.

Listado de las Mejores Obras Sociales en Argentina en 2024

Lista con las Mejores Obras Sociales en Argentina en 2024

Para determinar este ranking con las mejores obras sociales de Argentina en 2024 hemos tenido en cuenta varios factores, como la cartilla de prestadores, la accesibilidad a los servicios y la satisfacción de los afiliados, entre otros. 

Así que, si estás pensando en elegir un plan de salud o cambiarte a uno de mayor cobertura, te invitamos a ver este listado con las mejores opciones para este año y tomar una decisión acertada que se adapte a tus necesidades. ¡En nuestra web ElegiMejor podés encontrar más detalles!

Ranking de las mejores obras sociales en Argentina 

Es importante tener en cuenta que, la percepción de las mejores obras sociales argentinas puede variar dependiendo de varios factores. Por ejemplo, el lugar donde se atiende el afiliado, ya que una misma obra social puede cambiar dependiendo de la ciudad, región o el centro de atención. 

En este sentido, es común que algunas obras sociales tengan mejor o peor servicio en ciertos lugares. Así como también es importante reconocer que este ranking puede variar según las necesidades y experiencias individuales de cada usuario.

A continuación, te presentamos una lista de las mejores obras sociales argentinas en 2024:

  • Andar
  • Luis Pasteur 
  • Jerárquicos Salud
  • Ospe 
  • Osdepym 
  • Osfe
  • Osprera
  • Ospaca 
  • Osjera
  • Unión Personal

Andar

Andar es una obra social que brinda cobertura médica a los viajantes vendedores del país. Se enfoca en ofrecer servicios de salud eficientes, facilitando una red de prestadores en todo el país. 

Luis Pasteur 

La Obra Social del Personal de Dirección de Sanidad Luis Pasteur (OSLPASTEUR) cuenta con cinco centros propios en la Ciudad de Buenos Aires y la Provincia de Buenos Aires. También tiene sucursales en las principales ciudades del país y brinda un servicio médico de excelencia gracias a sus más de 40 años de trayectoria. Además, se caracteriza por la rápida gestión en sus trámites. 

Jerárquicos Salud

Jerárquicos Salud ofrece servicios de salud a empleados bancarios, pero también de otros sectores. Cuenta con una amplia red de prestadores en el ámbito nacional y con servicios de valor agregado como centros educativos, complejos de asistencia geriátrica y servicios de turismo. 

Ospe 

Ospe es la Obra Social de los Petroleros, brinda una cobertura médica a empleados y jubilados de este sector, es una de las más grandes del país. Se destaca por su amplia red de prestadores. 

Osdepym 

La Obra Social de Empresarios, Profesionales y Monotributistas (Osdepym) cuenta con más de 400 mil afiliados. Se caracteriza porque ofrece una amplia variedad de planes, incluyendo opciones de planes superadores. 

Osfe

La Obra Social de los Trabajadores Ferroviarios (Osfe), proporciona servicios de salud a empleados de este sector. Siendo uno de los gremios más importantes del país, cuenta con un servicio a nivel nacional y prestadores de alta calidad.  

Osprera

Es la Obra Social del Personal Rural y Estibadores de la República Argentina (OSPRERA). Brinda cobertura médica y bienestar, a trabajadores rurales y jubilados de dicha industria. Con 22 sedes y más de 800 centros de servicio, en Capital tiene un hotel para el alojamiento de afiliados que desean atenderse por problemas de salud. 

Ospaca

La Obra Social del Automóvil Club Argentino (Ospaca), proporciona cobertura médica a empleados de esta industria por medio de convenios con diferentes prestadores de primer nivel, como empresas de medicina prepaga, en diferentes lugares del país. Así, ofrece programas de salud y prevención de alta calidad. 

Osjera

Esta es la Obra Social de la Asociación del Personal del Agua y la Energía (APJAE). Es una obra social sindical que agrupa al personal con funciones jerárquicas en las empresas generadoras, transportadoras y distribuidoras de energía eléctrica. Además, brinda una cobertura con una amplia gama de servicios de salud y sin fines de lucro.

Unión Personal

Es la Obra Social del Personal Civil de la Nación (UPCN). Ofrece una muy buena calidad en su cartilla, se destaca por disponer de centros propios y el Sanatorio Anchorena. Cuenta con más de 700 mil afiliados, desde la desregulación del sistema de salud, más de 300 mil personas se han sumado a esta obra social. 

Esperamos que esta información te haya sido de ayuda y que nos sigas consultando para saber más acerca de los planes de salud y así poder elegir entre las mejores obras sociales en Argentina este 2024. ¡Conocé más sobre las coberturas médicas que tenemos para vos en ElegiMejor!

Sobre el autor : María Alejandra Martínez Botero

Graduada de un postgrado en Gestión del Patrimonio Cultural de la Universidad de Buenos Aires y de la licenciatura en Artes Visuales de la Universidad Tecnológica de Pereira. Trabaja como redactora de contenido SEO, desde hace más de tres años, para diferentes páginas web, entre ellas la plataforma de ElegiMejor.com.ar, la primera plataforma que compara planes de medicina prepaga en Argentina.Página Freelancer.

Padrón de Beneficiario: ¿Qué es el Codem?

¿Qué es el Codem?

Si querés saber, ¿qué es el CODEM? la respuesta corta sería: es el Comprobante de Empadronamiento. Lo que significa que es un documento donde se indica a qué obra social estás afiliado. Y lo podés conseguir, siguiendo unos pocos pasos, en el sitio web del ANSES. 

Si querés entender mejor este tema y el padrón de beneficiario, te invitamos a que sigas leyendo porque te traemos la información en ElegiMejor

¿Qué es el CODEM?

Entonces, sigamos indagando sobre qué es el CODEM. El Comprobante de Empadronamiento en la Obra Social (CODEM), es un documento donde se puede consultar la obra social en la que está inscrito un ciudadano, con algunos datos personales de identificación y su grupo familiar. Este certificado suele ser requerido para acceder a una nueva obra social o continuar en la actual. 

Este comprobante se tramita a través de la página web de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), completando algunos datos. Y, ya sea como titular o beneficiario, te aparece un comprobante de la obra social a la que estás afiliado. 

En caso de que tu consulta no genere ningún resultado, es decir, que no estés afiliado a ninguna obra social, tenés la opción de gestionar un certificado negativo. Estos documentos son válidos para presentarlos en cualquier trámite que se requiera sin necesidad de sellos o firmas de algún ente estatal. 

Requisitos y pasos para solicitar el CODEM en el ANSES

Los requisitos son el DNI y el CUIL. Mientras que los pasos a seguir para obtener el certificado del CODEM son los siguientes:

  1. Ingresar al sitio web oficial del ANSES.
  2. Seleccionar la opción “CODEM”.
  3. Hacer clic en la opción “Iniciar consulta”.
  4. Completar los campos requeridos como DNI y CUIL.
  5. Presionar “Continuar”.
  6. Verificar que el sistema muestre cuál es tu obra social y, luego, podés descargar e imprimir el comprobante. 

¿Cuándo se requiere el CODEM?

Ahora que sabés qué es el CODEM, querrás saber cuándo es necesario obtenerlo. Por lo general, se requiere cuando: 

  • Se modifica la categoría laboral del trabajador y le corresponde otra obra social. 
  • Cuando por decisión personal el trabajador cambia de obra social.
  • Cuando el trabajador titular requiere cambiar su grupo familiar a cargo en la obra social. 

Padrón de beneficiarios de las obras sociales 

En el padrón de beneficiarios está la información sobre todas las personas afiliadas a una obra social y que, por lo tanto, tienen derecho a acceder a sus servicios. Este padrón está relacionado con qué es el CODEM, ya que es gracias a esa base de datos, que se obtiene el Comprobante de Empadronamiento. 

Recordá que, la cobertura de un afiliado a una obra social, es tanto para el trabajador titular, como para sus familiares a cargo. Estamos hablando de: esposo o esposa, conviviente, hijos solteros menores de 21 años o hasta 25 si son estudiantes, e hijos con discapacidad sin límite de edad. 

Además, en el padrón de beneficiarios entran tanto los titulares como los familiares, según la base de datos que tiene la Superintendencia de Servicios de Salud (SSSalud). Esta información la otorgan los agentes de seguro y el padrón puede ser consultado desde la página web de la Superintendencia. 

Es importante actualizar cualquier cambio en la situación familiar para que el padrón de beneficiarios refleje la situación real. 

Padrón de beneficiarios para las prepagas

A diferencia de las obras sociales, la afiliación a una prepaga es siempre voluntaria. Las personas contratan un plan con una empresa de medicina privada, eligiendo el plan que mejor se adapte a sus necesidades y posibilidades.

Así, los afiliados y sus familiares no necesariamente hacen parte de la información pública del padrón de beneficiarios. Es decir, que no estará disponible por parte del ANSES o la Superintendencia de Salud. 

Esperamos que ahora tengas más claro qué es el CODEM y que nos sigas consultando en todo lo relacionado con salud, obras sociales y prepagas. ¡Consultá las cartillas médicas o compará los planes de salud!

Fuentes: 

Sobre el autor : María Alejandra Martínez Botero

Graduada de un postgrado en Gestión del Patrimonio Cultural de la Universidad de Buenos Aires y de la licenciatura en Artes Visuales de la Universidad Tecnológica de Pereira. Trabaja como redactora de contenido SEO, desde hace más de tres años, para diferentes páginas web, entre ellas la plataforma de ElegiMejor.com.ar, la primera plataforma que compara planes de medicina prepaga en Argentina.Página Freelancer.

Aprueban la Desregulación de la Obra Social: ¿Cuándo entra en vigencia y a quiénes impacta?

Desregulación de la Obra Social en Argentina

Desde que se divulgó el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) del actual Gobierno de Argentina, se anunció la desregulación de la obra social. Sin embargo, no fue hasta este lunes 19 de febrero, cuando en una conferencia de prensa, Manuel Adorni, vocero presidencial, confirmó este cambio, que entrará en vigencia a partir del mes de marzo

Así, ahora los trabajadores podrán elegir el servicio de salud al que quieran hacer sus aportes, desde el primer día de trabajo. En los próximos días el Ministerio de Salud dará más detalles y se publicará la reglamentación en el Boletín Oficial. 

Por ahora, te compartimos algunos aspectos importantes sobre este tema. ¡Seguí leyendo!

¿Qué es la desregulación de la obra social y qué implica?

La desregulación de la obra social ha sido un tema importante desde la campaña presidencial y ahora mandato de Javier Milei. A partir de ahí evolucionó y se tramitó con un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU). 

Lo primero que hay que tener en cuenta para entender la desregulación de la obra social, es que Argentina tiene un sistema de salud con dos tipos de servicio : 

Así, cuando un empleado empezaba un nuevo trabajo, debía permanecer en la obra social que pertenece a su actividad o sindicato por un año, antes de poderse cambiar a otra obra social o prepaga de su preferencia.

Según las palabras del vocero de la Casa Rosada, con este decreto “los trabajadores tendrán la libertad de derivar sus aportes a la obra social o prepaga que elijan desde el inicio de su contratación”. 

Además, con el decreto de desregulación de las obras sociales se “busca terminar con la obligatoriedad de darte de alta en un empleo y quedar preso en la obra social que corresponda al sindicato que te nuclea”, de acuerdo a Manuel Adorni.

Sin embargo, una vez elegido el servicio de salud, el trabajador debe permanecer un año, antes de realizar otro cambio

¿A quiénes impacta la desregulación de las obras sociales?

La desregulación de la obra social tiene, potencialmente, la capacidad de impactar en el mercado de la salud y  fomentar la competencia entre las obras sociales y prepagas

Según Adorni, “le va a dar mucha más libertad a los empleados, en virtud de que puedan elegir la obra social que consideren mejor, con mejores servicios y la mejor atención”. 

Se trata, entonces, de una medida que benfica a los siguientes sectores:

  • Empleados en relación de dependencia.
  • Empleados del ámbito público y privado.
  • Empleadas domésticas.
  • Monotributistas.
  • Trabajadores que están dentro del sistema general y jubilados que hacen parte de una obra social sindical (pero no a quienes están en el PAMI).

Por otra parte, las prepagas van a tener que aportar un 20% del dinero que reciben en el llamado Fondo Solidario de Redistribución, para financiar en el sistema de obras sociales, la cobertura de prácticas y tratamientos médicos de alto costo.

Así mismo, las prepagas siguen estableciendo libremente los incrementos, como han hecho desde principio de año. Y los trabajadores que quieran cambiarse de servicio de salud, pueden derivar sus aportes a la misma y pagar la diferencia en el precio de la cuota. Sin intermediación de una obra social. 

¿Quién regula las obras sociales en Argentina?

En Argentina, las obras sociales se regulan así:

  • Superintendencia de Servicios de Salud (SSSalud): Regula y supervisa el sistema de obras sociales. Garantiza el cumplimiento de las leyes relacionadas con la seguridad social y la salud, así como supervisa la prestación de servicios de las obras sociales.
  • Ministerio de Salud de la Nación: Aunque la SSSalud es la principal encargada de regular las obras sociales, el Ministerio de Salud también tiene un papel en la formulación de políticas relacionadas. 

Seguinos consultando para mantenerte al tanto sobre este y otros temas de actualidad en salud, prepagas y obras sociales ingresando a nuestra web ElegiMejor. También podés usar el Comparador de Prepagas.

Sobre el autor : María Alejandra Martínez Botero

Graduada de un postgrado en Gestión del Patrimonio Cultural de la Universidad de Buenos Aires y de la licenciatura en Artes Visuales de la Universidad Tecnológica de Pereira. Trabaja como redactora de contenido SEO, desde hace más de tres años, para diferentes páginas web, entre ellas la plataforma de ElegiMejor.com.ar, la primera plataforma que compara planes de medicina prepaga en Argentina.Página Freelancer.

¿Qué Hacer Cuándo la Obra Social No Cubre un Medicamento?

Qué hacer cuando la obra social no cubre un medicamento

Como afiliado a un plan de salud, podés enfrentarte a ciertas situaciones que vulneren tus derechos, como por ejemplo un incumplimiento en la cobertura de un tratamiento. En este caso, es normal que te preguntes: ¿qué hacer cuando la obra social no cubre un medicamento? Para efectos, podés hacer un reclamo ante la Superintendencia de Servicios de Salud (SSSalud). 

Ahora bien, si querés saber más sobre este tema y cuáles son las posibles soluciones, seguí leyendo que a continuación te mostramos cómo hacer un reclamo de este tipo. 

Obras sociales: Prestaciones mínimas a cumplir según el PMO 

Lo primero que debes tener claro en cuanto a qué hacer cuando la obra social no cubre un medicamento, es que en el Programa Médico Obligatorio (PMO) están definidos los medicamentos que deben brindar por ley todas las prepagas y obras sociales a sus afiliados

Estos deben ser garantizados dentro de todos los planes y sin ningún tipo de discriminación. La lista es bastante extensa y la podés consultar en el sitio web de la Superintendencia de Servicios de Salud (SSSalud). 

Este organismo establece cuáles son los medicamentos y en qué casos se debe otorgar un 40% de descuento. En otros casos, hasta un 100% si se trata de situaciones especiales como por ejemplo tratamientos oncológicos o pacientes internados. 

Entonces, ¿qué hacer cuándo la obra social no cubre un medicamento?

En caso de preguntarte, qué hacer cuando la obra social no cubre un medicamento, te explicamos que lo primero que podés hacer es presentar la queja directamente ante la entidad que te presta el servicio de salud.

En este sentido, tendrás que diligenciar el formulario A, que lo podés descargar en la página de la Superintendencia de Servicios de Salud. Luego, presentarlo en la obra social o prepaga, quienes deberán responder en un plazo máximo de 15 días. Y, si es una urgencia, deberá ser de forma inmediata. 

Si esta medida no funciona, podés hacer una denuncia a la Superintendencia de Servicios de Salud. Y si el titular o afiliado se encontrara impedido, puede hacerla un familiar mayor de edad. 

¿Cómo realizar el reclamo en la Superintendencia de Servicios de Salud?

La siguiente opción, en caso de que la obra social se niegue a cubrir un medicamento es la siguiente: hacé un reclamo ante la Superintendencia de Servicios de Salud (SSSalud), que es el organismo que regula y supervisa las obras sociales. 

El afiliado también puede realizar este tipo de quejas como primera medida, sin pasar antes por el reclamo a su obra social o prepaga. Una vez recibido el reclamo, la entidad investiga el caso y toma medidas.

Lo primero, será diligenciar el formulario B que se puede descargar en la web de la Superintendencia de Servicios de Salud. Y lo segundo, será presentarlo en una oficina o a través de la página oficial del organismo. 

Esta denuncia será comunicada a la obra social o prepaga y deben responder en un plazo de 15 días, para un trámite normal y 5 días si es caso especial.

¿Qué otra opción tengo?

Una vez agotadas las anteriores instancias, la acción judicial es la siguiente alternativa de qué hacer cuando la obra social no cubre un medicamento y así hacer valer tu derecho. 

Incluso, si la salud del afiliado se vió comprometida por esta falta, se puede presentar un amparo judicial. Así, un juez podrá dictaminar que la cobertura sea inmediata. 

Este reclamo judicial también se puede presentar sin pasar antes por las otras instancias. 

Lo que recomendamos 

Lo primero que recomendamos, en caso de que quieras saber qué hacer cuando la obra social no cubre un medicamento, es que el afiliado presente el reclamo en la prepaga o obra social. Pues, en muchos de los casos se resuelve de manera eficiente en esta instancia. 

Otro consejo útil es que en el momento de entregar la documentación correspondiente siempre es mejor hacerlo con fotocopias, ni la obra social, ni la prepaga, pueden retener los originales. 

Por último, recordá que estos trámites no tienen ningún costo y nadie puede cobrarte por ellos. 

Esperamos que esta información te haya sido útil y si necesitás saber más sobre las prestaciones de tu prepaga consultá nuestra página web ElegiMejor o probá el Comparador de Prepagas

Fuentes:

Sobre el autor : María Alejandra Martínez Botero

Graduada de un postgrado en Gestión del Patrimonio Cultural de la Universidad de Buenos Aires y de la licenciatura en Artes Visuales de la Universidad Tecnológica de Pereira. Trabaja como redactora de contenido SEO, desde hace más de tres años, para diferentes páginas web, entre ellas la plataforma de ElegiMejor.com.ar, la primera plataforma que compara planes de medicina prepaga en Argentina.Página Freelancer.