Celiaquía, cuidados y derechos

La celiaquía o enfermedad celíaca es la inflamación del intestino delgado provocada por la intolerancia al gluten. Es una condición autoinmune que se manifiesta en esta intolerancia. El gluten está formado por proteínas del trigo, avena, cebada y centeno (TACC). Puede presentarse en niños y adultos, mientras que hoy hay más casos de mujeres que de varones.

TACC

Esas proteínas se dividen en dos grupos:

  • Prolaminas, que según el cereal de origen serán: Gliadina (trigo), Avenina (avena), Hordeína (cebada) y Secalina (centeno)
  • Gluteninas

El gluten de estos cereales es la forma habitual de las prolaminas más tóxicas para las personas celíacas. Específicamente la gliadina es la más perjudicial y a su vez la más usada en la elaboración de alimentos.

Aunque la avena es más inocua, puede contaminarse seriamente con trigo, cebada o centeno en las fábricas. El tratamiento de la celiaquia se basa en una dieta libre de gluten, para toda la vida.

Recomendaciones para el Celiaco

Tips-Para-Celiacos
Una dieta estricta es la única forma de no padecer de los síntomas de la enfermedad celiaca.
  • No deberías empezar una dieta sin gluten sin antes hacerte una biopsia intestinal que certifique tu intolerancia
  • Una vez iniciada, es fundamental que sea de por vida. Ingerir pequeñas cantidades de gluten puede provocar lesiones intestinales (incluso sin síntomas)
  • Además de alimentos sin TACC, tampoco deberás comer derivados de éstos como almidón, panificados, harina, etc.
  • Podés comer todos los productos naturales como verduras, frutas, hortalizas, legumbres, huevos, carnes, etc., sin límite
  • Por seguridad deberías eliminar de tu dieta todos los alimentos sueltos (o a ‘granel’) como cereales, especias, harinas, arroces, hongos, etc., porque pueden contaminarse con otros que tengan gluten
  • Las harinas de arroz o maíz a granel pueden haber pasado por un proceso de molienda en molinos donde también se muelen otros cereales como avena o trigo, asi que evitalas
  • No consumas productos elaborados artesanalmente sin etiquetar respecto al TACC
  • Es preferible almacenar los alimentos libres de gluten en una zona exclusiva de tu cocina
  • No frías alimentos sin TACC en aceites previamente contaminados con gluten
  • Los utensilios de cocina deben estar siempre limpios y hay que evitar la contaminación cruzada con alimentos con gluten
  • Antes de comer en un restaurante aseguráte que tengan una correcta manipulación de alimentos y utensilios para no consumir nada contaminado
  • Incluso las pastas libres de gluten deben cocinarse aparte
  • Cuidado con los alimentos importados ya que en ciertos países los límites de gluten aceptados exceden los 20 mg/kg
  • Si dudás acerca de la presencia de gluten de un producto, no lo consumas
  • Si te recetan un remedio, aseguráte que el médico verifique el listado de medicamentos libres de gluten antes de comprarlo
  • Los lugares para personas privadas de libertad, los establecimientos de salud con internación, y los lugares de residencia temporales están obligados por la ley 26.588, Art. 4 bis a ofrecer por lo menos una opción de alimento sin gluten
  • Esta misma ley dispone que los comedores y kioscos de instituciones de enseñanza deben ofrecer un menú sin gluten
  • También, las empresas de aviación, ómnibus de larga distancia y transporte acuático con servicio de alimentos a bordo y sus terminales o paradores deben tener un menú sin TACC
  • Bares y restaurantes y locales de comida rápida deben tener opciones libre de gluten.
Tips-Para-Celiacos
La celiaquía genera una inflamación de la mucosa del intestino delgado que complica la absorción de nutrientes.

Seguramente notaste que suele haber celíacos dentro de una misma familia. Esto es porque la celiaquía aparece en individuos con predisposición genética a tenerla. En Argentina 1 de cada 100 personas podría ser celíaca.

Ya que el síntoma central de la celiaquia es la lesión de la mucosa (o capa interior), se producen atrofias en las vellosidades del intestino delgado. Esto disminuye o modifica la correcta absorción de vitaminas, grasas, hidratos de carbono, proteínas y minerales. O sea, de los nutrientes indispensables.
Por eso, se nota una pronta normalización de la mucosa intestinal cuando se empieza una dieta sin TACC. Sin embargo, puede darse en asociación con enfermedades genéticas y autoinmunes, presentándose en personas que no muestran síntomas.

Al ser autoinmune, las defensas de un celiaco rechazarían por ‘extraño’ al gluten. Como consecuencia, producirían ‘defensas’ o anticuerpos para combatirlo, que serían los responsables de la lesión intestinal y atrofia de la mucosa. Todo este proceso produciría la alteración en la absorción de los nutrientes presentes en alimentos.

¿Alimentos libre de gluten?

Tienen que tener visible en sus envases la leyenda ‘Libre de Gluten’, además de un símbolo representado por un círculo con una barra cruzada sobre tres espigas que dice “Sin TACC”. Los productos con esos símbolos pueden estar consumidos por personas que padecen de la celiaquia.

Hay 2 símbolos:
1) Círculo a COLOR con barra cruzada roja sobre tres espigas negras con granos amarillos, con fondo blanco y la leyenda “Sin TACC”
2) Círculo BLANCO y NEGRO con barra cruzada negra sobre tres espigas negras con granos blancos, con fondo blanco y la leyenda “Sin TACC”.

Tips-Para-Celiacos
En Argentina se ubican los alimentos sin TACC gracias a esos 2 logos.

Existe un listado de alimentos apto-celíacos, publicado por el Ministerio de Salud y ANMAT.

Cobertura por las Obras Sociales y Prepagas

La celiaquía fue declarada de interés nacional sanitario en diciembre de 2009 a través de la Ley 26588. Esta establece que su detección, diagnóstico, seguimiento y tratamiento debe ser cubierto por todas las obras sociales y prepagas.

Además, deben cubrir la compra de harinas y premezclas libres de TACC, a través del reintegro mensual establecido por el Ministerio de Salud de la Nación.

Para entrar en un plan de medicina prepaga, una persona celíaca puede tener dificultades. Las prepagas, si bien no tienen el derecho de rechazar un potencial afiliado por una cuestión de salud, sí pueden aumentar drásticamente el monto de la cuota mensual a pagar. Es una estrategia que la mayoría de las prepagas utilizan: algunas prepagas no ponen ninguna restricciones en cuanto a la afiliación de personas celíacas, otras los aceptan solo a partir de un plan superior (al precio comercial normal), y otras sí aumentan la cuota mensual del plan para que no se afilien. Es fundamental que estés informado acerca de tus derechos o los de tu familiar, como paciente celíaco.

¿Sabés qué proponen las prepagas para los pacientes celíacos? Vale la pena conocer las opciones disponibles en cobertura por celiaquía.

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De manera regular, el Ministerio de Salud eleva el reintegro que las obras sociales y prepagas tienen que hacer a los pacientes con celiaquía. Este monto es para comprar harinas libres de gluten y sus derivados y productos alimenticios fabricados con ellas.
Las autoridades quedaron comprometidas a actualizar este importe periódicamente. En todos casos, la cobertura de la celiaquía mejora con la calidad del plan de salud contratado.

Fuentes:

Sobre el autor : Fabien Barralon

Titular de un postgrado en Biología Molecular de la Universidad Paris 6 en Francia y de un Master en marketing en la escuela de negocios HEC Paris. Trabajó 8 años en la industria farmacéutica para diferentes laboratorios (Sanofi, Eli Lilly, Pierre Fabre y Servier) en París, México DF y Buenos Aires. Vive en Argentina desde 2011 y es cofundador de la plataforma ElegiMejor.com.ar, la primera plataforma que compara planes de medicina prepaga en Argentina. Página Linkedin.

¿Cómo hacer un reclamo a Obras Sociales y Prepagas?

¿Sabés qué hacer cuando quieres hacer un reclamo a tu obra social o prepaga cuando no cumple con las prestaciones acordadas? Conocé el paso a paso para realizar reclamos.

¿Cómo realizar un reclamo a mi obra social o prepaga?

La Resolución 75/98 de la Superintendencia de Servicios de Salud
establece el procedimiento administrativo para presentar tu queja. Podes aplicarlo ante cualquier situación por parte de tu seguro de salud, que afecte o pueda afectar la prestación médico-asistencial a la que tenés derecho.
Incluso, si tu reclamo es por una urgencia médica o que conlleva riesgo de vida, tu prestadora de salud está obligada a contestar durante el mismo en que lo presentaste.
Si tu pedido no fuera solucionado, también tenés derecho a una instancia judicial bastante expeditiva que es la acción de amparo. Es un proceso creado para proteger los derechos de la Constitución Nacional o de una ley especial que tenga rango constitucional.

Generalmente los reclamos tienen que ver con que la institución niega una afiliación (tuya o de un familiar), no te de la cobertura que corresponde por discapacidad/medicamentos o la cumple mal (no respetando reintegros pre acordados, ignorando el Plan Médico Obligatorio o el Plan Materno Infantil, etc). Es importante seguir los mecanismos que te contamos a continuación, para que tu queja llegue a buen puerto. Podes presentar tus quejas -como titular afiliado- en la sede central o delegación de tu obra social o prepaga, completando el Formulario A y presentando la documentación que se te pida. Durante los próximos quince días recibirás en el domicilio que indicaste, la respuesta de tu Obra Social. Recordá que si se trata de una urgencia la resolución debe ser inmediata. Indistintamente –o si la respuesta es negativa- podes insistir con tu queja ante la Superintendencia de Servicios de Salud, enviando una nota dentro de los 10 días siguiente (corridos).

Si estás en CABA acercate a Av. Pte. Roque Sáenz Peña 530, de lunes a viernes de 10 a 16hs. Deberás completar el Formulario B y presentar los documentos que se te pidan.

La Superintendencia de Servicios de Salud trasladará tu queja a tu Obra Social. Ésta deberá resolverla en un plazo de 15 días (trámites normales) y 5 días (para casos más específicos como internaciones, drogadicción, HIV, tratamientos oncológicos, embarazo y cobertura del recién nacido hasta que cumple 1 año). Recordá que si se trata de una urgencia la resolución debe ser inmediata. Si la respuesta es negativa y tu problema sigue igual, podes volver a presentar el reclamo ante la Superintendencia de Servicios de Salud. Para ello deberás enviar otra nota dentro de los 10 días corridos posteriores.

Si estás en el interior del país llamá a la línea gratuita 0-800-222-72583 (SALUD) para solicitar que te envíen el formulario a tu domicilio y te asesoren sobre cómo presentar tu reclamo. Deberán entregarte una copia sellada del formulario, que será tu comprobante de trámite comenzado.

Si tu reclamo a la obra social o prepaga es por otra persona, deberás tener en cuenta que en cuanto a ‘afiliación’, se considera familiar a:

  • cónyuge, concubino/a o pareja de hecho;
  • menores bajo guarda y tutela;
  • hijos/as mayores de 21 y hasta los 25 años (inclusive) que estén a tu cargo como titular ante el servicio de salud;
  • descendientes (menor no incluido en el grupo familiar primario) a cargo con el 1.5%;
  • ascendientes (padres/madres, adultos/as por consanguinidad, mayores de 60 años) a cargo con el 1.5%

Además del formulario (A ó B), necesitarás presentar tu DNI (original y fotocopia), el carnet de la obra social (original y fotocopia), fotocopia de tu CUIT/CUIL, fotocopia de tu último recibo de haberes.

Dependiendo de tu tipo de inserción en el Sistema de Salud, se te puede pedir comprobante del pago de monotributo y/o servicio doméstico, último pago de cuota adherente, CODEM de ANSES y certificación laboral que especifique fecha de ingreso y Obra Social de tu sector laboral.

  • Si tu reclamo es por una prestación que no te están dando, tendrás que agregar:
    • fotocopia de la indicación actualizada del médico de la Obra Social;
    • fotocopia de receta de medicamentos por droga genérica, incluyendo la dosis indicada y tratamiento (para medicaciones únicas, agregar fotocopia der justificación médica precisa).
  • Para el caso de incumplimiento de reintegros, presentar fotocopia de los comprobantes de pago.
  • Dependiendo del caso, se te podrá solicitar una fotocopia del resumen de Historia Clínica.
  • En cuanto a reclamos a tu obra social o prepaga es por pacientes con discapacidad, deberás presentar fotocopia del Certificado único de discapacidad (CUD) oficial y emitido por las autoridades de salud y el pedido de prestación actualizado y certificado por el profesional que la indica.
  • Para reclamar una negativa de afiliación tendrás que presentar:
    • por menor en guarda o tutela: DNI del niño/adolescente, sentencia judicial y certificado de nacimiento;
    • por cónyuge o pareja de hecho: fotocopia del certificado de matrimonio o informe de convivencia (emitido por Juez de Paz) y fotocopia DNI del cónyuge o conviviente;
    • por ascendientes: fotocopia de documentación que acredite tu vínculo con esa persona, fotocopia de su DNI, fotocopia de certificación ANSES por no recibir beneficios. En caso de un menor de 60 años se incorpora sólo si tiene discapacidad;
    • por descendientes: fotocopia de documentación que acredite la identidad del niño/adolescente, fotocopia del certificado de nacimiento, fotocopia de informe judicial que certifique que está a tu cargo;
    • Hijos mayores a tu cargo (entre 21 y 25 años inclusive): fotocopia de documento que acredite estudios regulares en establecimientos reconocidos oficialmente, si correspondiera.
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Es importante que sepas que el trámite de presentación de un reclamo no tiene costo. Te ofrecemos una mini-guía que resume algunas dudas frecuentes para decidir si tu reclamo es válido:

  • El Programa Médico Obligatorio (PMO) define por medio de una ley, las prestaciones y coberturas garantizadas por tu servicio de salud. Las obras sociales y prepagas ofrecen planes con prestaciones extra, contratables mediante un pago adicional mensual.
  • La Ley 23.660 de obras sociales establece pautas acerca de tus derechos.
    No se te puede negar el acceso a las prestaciones obligatorias por el Plan Médico Obligatorio (PMO). Pero hay prestaciones incluidas en algunos planes que no están en el PMO y necesitan un periodo de carencia antes de que puedas usarlas (ortodoncia, implantes odontológicos, cirugía estética, cirugía refractiva y prótesis, entre otros). El Art. 10 de la Ley 26.682 de medicina prepaga regula esta cuestión.
  • En cuanto al aumento de cuota por edad, si tenés más de 65 años la prepaga tiene derecho subir la cuota mensual, excepto si estás adherido al mismo plan hace más de 10 años. En ese caso, no pueden aumentar tu cuota por edad. Sin embargo, podrán subirla por el aumento autorizado por la Superintendencia de Servicio de Salud (Ley 26.682 de medicina prepaga, Art. 12)

En cuestiones de salud siempre es bueno tomar decisiones informadas.
Es importante que sepas que -si por el motivo que fuera- querés hacer un cambio, muchas prepagas tienen acuerdos con algunas obras sociales para la derivación de tus aportes.

Fuentes:

Sobre el autor : Fabien Barralon

Titular de un postgrado en Biología Molecular de la Universidad Paris 6 en Francia y de un Master en marketing en la escuela de negocios HEC Paris. Trabajó 8 años en la industria farmacéutica para diferentes laboratorios (Sanofi, Eli Lilly, Pierre Fabre y Servier) en París, México DF y Buenos Aires. Vive en Argentina desde 2011 y es cofundador de la plataforma ElegiMejor.com.ar, la primera plataforma que compara planes de medicina prepaga en Argentina. Página Linkedin.