Con el nuevo Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), la Ley de Obras Sociales se ha visto modificada en varios aspectos, uno de ellos se centra en la opción de cambio de la obra social. Si estás en un caso similar, y te estás preguntando, ¿cuánto tiempo tarda la derivación de los aportes si tengo un nuevo trabajo? ¡Seguí leyendo!
En el siguiente artículo encontrarás la respuesta a esta pregunta y más información sobre la Ley ómnibus, el decreto DNU y cómo afectan el sistema de salud.
¿Qué es la derivación de aportes?
Cuando trabajamos en relación de dependencia o como monotributista, hacemos unos aportes obligatorios a la salud. Por defecto, ese dinero va a una obra social.
En caso de elegir cambiarse a una prepaga, ese dinero se transfiere para pagar parte de la cuota del plan elegido. A eso se le llama: derivación de aportes. Es decir, que ese aporte se deriva a la prepaga.
Antes del nuevo decreto DNU, existía la intermediación de una obra social sindical que se quedaba con un porcentaje al realizar este trámite. Ahora ese dinero va directo a la prepaga.
Así mismo, quienes empezaban un nuevo trabajo, debían permanecer en la obra social de su actividad por lo menos un año antes de poder cambiarse a otra obra social, o derivar esos aportes a una prepaga. Pero eso también cambió con la nueva Ley ómnibus y ahora se puede hacer de manera inmediata.
Diferencia entre una obra social y una prepaga
Recordá que:
- Obra Social: funciona a través del estado y/o de un sindicato.
- Prepaga: Es una empresa privada que presta los servicios de salud.
¿Querés conocer más sobre las diferencias entre una obra social y una prepaga? Te invitamos a leer este artículo.
¿Quiénes pueden derivar sus aportes?
Las personas que pueden derivar sus aportes son:
- Trabajadores en relación de dependencia.
- Trabajadores que les corresponde una obra social de dirección.
- Trabajadores que les corresponde una obra social sindical.
- Monotributistas.
- Jubilados y pensionados.
¿Cuánto tarda la derivación de aportes?
Antes de la actual Ley ómnibus, los trabajadores debían permanecer un año en la obra social correspondiente a su actividad para poder cambiar a una prepaga y hacer la derivación de aportes.
Con el nuevo decreto DNU, los trabajadores pueden cambiarse de obra social tan pronto empiezan su relación laboral. Esto queda consignado en el Capítulo VIII del DNU artículo 311 y 312.
¿Qué dice la ley sobre cuánto tarda la derivación de aportes?
Con el DNU 70/2023 en el título IV artículo 311, se cambia el decreto 438/2021 así:
Artículo 13: los trabajadores que inicien una relación laboral podrán ejercer el derecho de elección de agente de seguro de la Ley No. 23.661”.
DNU 70/2023
En este sentido, es importante saber cuánto tarda la derivación de aportes en hacerse efectiva, ya que puede ser desde un mes, hasta tres.
En todo caso, en este tiempo se tendrá la cobertura de la obra social, o se podrá pagar el total de la cuota de la prepaga y hacer uso de sus servicios.
¿De cuánto es la derivación de aportes?
El valor de los aportes de un trabajador es el 3% del salario bruto más el 6% que aporta el empleador. De ese 9% entre un 7,2 y un 7,65 van a la salud. Este último porcentaje es el valor de la derivación de aportes que irá a la prepaga.
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Fuente:
Sobre el autor : María Alejandra Martínez Botero
Graduada de un postgrado en Gestión del Patrimonio Cultural de la Universidad de Buenos Aires y de la licenciatura en Artes Visuales de la Universidad Tecnológica de Pereira. Trabaja como redactora de contenido SEO, desde hace más de tres años, para diferentes páginas web, entre ellas la plataforma de ElegiMejor.com.ar, la primera plataforma que compara planes de medicina prepaga en Argentina.Página Freelancer.