Nueva Resolución: ¿Cuál es la Diferencia entre los Planes Cerrados y Abiertos de las Prepagas?

Planes cerrados y abiertos prepagas

Mediante la Resolución 3934/2024 publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno estableció los nuevos lineamientos que regirán a las Prepagas y Obras Sociales para limitar la cobertura de sus planes cerrados. Seguí leyendo el siguiente artículo de ElegiMejor para conocer más de esta medida y de qué manera te impacta como beneficiario de un plan de salud.

La normativa, publicada este lunes 28 de octubre, fue oficializada por la Superintendencia de Servicios de Salud (SSSalud) y presenta modificaciones en las prestaciones que tienen los afiliados a las Prepagas y Obras Sociales de acuerdo al tipo de plan que tengan contratado: bien abiertos o cerrados. Pero, si te preguntás: ¿cómo puedo saber la diferencia entre ambos planes y cuál tengo? Te invitamos a descubrir en detalle qué cubre cada tipo de plan y cómo identificar cuál es el tuyo. 

Lo primero: ¿Qué son los Planes Cerrados en las Prepagas?

Los planes cerrados en las Prepagas brindan atención médica exclusivamente a través de los profesionales y centros que forman parte de su cartilla. Es decir, los afiliados que se atiendan en una consulta o tengan un tratamiento con un profesional médico fuera de la cartilla, no tendrán ningún tipo de cobertura y, por ende, deberán asumir el costo de manera particular.

A pesar de esta nueva resolución del Gobierno, que se suma a otras normativas como la Ley Nacional de Receta Electrónica, los afiliados tienen la opción de cambiarse de un plan cerrado a un plan abierto, aunque su costo es mayor. La ventaja de este cambio es que los beneficiarios pueden elegir prestadores externos sin el riesgo de que la Obra Social o Prepaga rechace el reintegro de medicamentos, prácticas o recetas indicadas por profesionales que no estén en la cartilla, como sucede con los planes cerrados.

¿Tenés dudas sobre los planes de salud? Nuestros asesores en ElegiMejor están listos para ayudarte. ¡Consultá ahora!

Entonces, ¿qué es un Plan Abierto en las Prepagas?

Los planes abiertos en las Prepagas, por el contrario, permite que los beneficiarios puedan escoger entre ser atendidos por los prestadores que forman parte de la cartilla médica o acudir a prestadores externos, tal y como lo mencionamos anteriormente. Pero, ¿cuál es la ventaja de este tipo de plan? Pues bien, como asociado se cuenta con una mayor variedad de opciones de especialistas. 

Si bien es cierto que todos los planes de salud, tanto abiertos como cerrados, deben contar con una cartilla médica que incluya sus prestadores y centros, los planes abiertos ofrecen más flexibilidad dado que no se limitan a un solo listado de prestadores

Este contenido te puede interesar: Conocé más detalles de la Resolución 3934/2024 implementada por el Gobierno

¿Cuáles son las Prepagas que brindan Planes Abiertos? 

Si te interesa saber cuáles son las Prepagas que ofrecen Planes de Salud Abiertos y Cerrados, te recomendamos leer el siguiente apartado: 

OSDE – Planes de Salud Abiertos 

OSDE es una de las prepagas con más afiliados en Argentina. Además, cuenta con OSDE 210, un plan que dispone de una cartilla abierta siendo el plan más bajo. 

Prevención Salud – Planes de Salud Abiertos

Prevención Salud es una de las prepagas más económicas del país y cuenta con el plan A2 que tiene la característica de ser un plan de salud abierto que ofrece reintegros. 

Omint – Planes de Salud Abiertos

Omint es otra de las prepagas argentinas que ofrece planes abiertos y es de las opciones más accesibles.

 ¿Cuáles son las Prepagas que ofrecen Planes Cerrados? 

Las coberturas de salud se manejan con una cartilla cerrada, lo que te ofrece una extensa red de profesionales y centros de salud dentro del plan. Para que entiendas más de los planes cerrados, te invitamos a consultar los siguientes artículos:

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¿Cuál es la diferencia entre un Plan Abierto y un Plan Cerrado y cómo sé cuál tengo?

Ahora bien, si querés saber si tu tipo de plan de salud es abierto o cerrado, lo ideal es que las prepagas informen sobre las condiciones del servicio médico al momento de contratarlo. La posibilidad de utilizar únicamente a los profesionales de la cartilla, o también otros fuera de ella, definirá el tipo de régimen al que se está adherido.

Ante cualquier duda, lo ideal es comunicarse con la empresa de medicina privada o la obra social para confirmar si se contará con el reintegro en caso de asistir a un profesional o centro médico que no esté incluido en la cartilla del plan. Recordá que podés consultar nuestro Comparador de Prepagas de forma gratuita para conocer cuál cobertura se adapta a tus necesidades.

Lectura recomendada: ¿Qué Cambios Traerá el Tope al Aumento de las Prepagas Impuesto por el Gobierno?

¿Qué dice la Superintendencia de Servicios de Salud sobre la resolución?

Según el Boletín Oficial, esta nueva resolución establece lo siguiente: 

“Un nuevo marco normativo orientado a regular la presentación de planes de salud por parte de los Agentes del Seguro de Salud con el objetivo de asegurar la claridad en la oferta de los planes abiertos o cerrados que se brindan a los beneficiarios, y reforzar la transparencia en el acceso a los servicios médicos”.

Superintendencia de Servicios de Salud (SSSalud).

En este sentido, los beneficiarios de coberturas cerradas deben atenderse exclusivamente con prestadores autorizados. La finalidad de este decreto es evitar la sobrecarga en el sistema de cada entidad prestadora. De hecho, esta medida busca reducir el gasto en medicamentos y tratamientos de alto costo indicados por médicos externos o no especialistas, favoreciendo la sostenibilidad financiera del sistema.

Contar con una cobertura de salud adecuada es esencial para asegurar el acceso a servicios médicos de calidad cuando más se necesitan. Tener el plan correcto puede marcar la diferencia en términos de tranquilidad y bienestar. En ElegiMejor, facilitamos este proceso con nuestro Comparador de Prepagas, ayudándote a evaluar la opción ideal. Con el respaldo de nuestros asesores, podés tomar una decisión informada para cuidar tu salud y la de tu familia.

Sobre el autor : Fabien Barralon

Titular de un postgrado en Biología Molecular de la Universidad Paris 6 en Francia y de un Master en marketing en la escuela de negocios HEC Paris. Trabajó 8 años en la industria farmacéutica para diferentes laboratorios (Sanofi, Eli Lilly, Pierre Fabre y Servier) en París, México DF y Buenos Aires. Vive en Argentina desde 2011 y es cofundador de la plataforma ElegiMejor.com.ar, la primera plataforma que compara planes de medicina prepaga en Argentina. Página Linkedin.

Nueva Resolución del Gobierno Pone Límites a las Prepagas y Obras Sociales

Prepagas y la Resolucion 3934/2024

Gabriel Oriolo, Superintendente de Salud, señala inconsistencias en el número de recetas emitidas por profesionales que no habían tenido contacto con los pacientes o que eran casos transitorios. La resolución busca garantizar que las prescripciones médicas se realicen de manera adecuada y conforme a los protocolos del Ministerio de Salud. Para mantenerte informado visitá ElegiMejor!

El 28 de octubre de 2024, se publicó la Resolución 3934/2024, que establece un nuevo marco normativo para la regulación de los Planes de Salud de Prepagas y Obras Sociales. Esta resolución tiene como objetivo principal garantizar la claridad y transparencia en la oferta de servicios de salud para los beneficiarios.

Objetivos Clave de la Resolución 3934/2024

  • Mayor transparencia en la oferta de salud: La resolución busca facilitar la comprensión de las diferentes opciones disponibles, tanto para planes de salud abiertos como cerrados.
  • Requisitos específicos para los planes de salud: A partir de ahora, todas las cartillas prestacionales deberán detallar, sin excepción, todos los profesionales y centros médicos habilitados, así como las condiciones específicas de acceso y cobertura.
  •  En los planes cerrados, las prestaciones se limitarán estrictamente a lo indicado en la cartilla.

Medidas Destacadas para los Beneficiarios

Una de las medidas más relevantes estipula que todos los médicos prescriptores deben pertenecer a la red de salud correspondiente. Además, deben presentar una declaración jurada que respalde su afiliación. Esta disposición es esencial para validar la cobertura y permitir a los beneficiarios solicitar reintegros al utilizar servicios fuera de la cartilla.

En los planes cerrados, los afiliados solo podrán recibir recetas de medicamentos o tratamientos costosos de profesionales vinculados a su Prepaga u Obra Social. Si un paciente es atendido por un médico fuera de su red, deberá asumir el costo total, sin descuentos.

Esta nota te puede interesar: Conocé los tipos de planes cerrados y abiertos según tu prepaga

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Opiniones del Superintendente de Servicios de Salud

Gabriel Oriolo, Superintendente de Servicios de Salud, afirma que estas medidas se aplicarán únicamente a los planes cerrados. Los afiliados tendrán la opción de elegir un plan abierto, de mayor costo, si requieren profesionales que prescriban fuera de su cartilla.

Con estas medidas, el Gobierno busca ‘’garantizar la sostenibilidad del sistema de salud”. Oriolo destaca que se ha detectado un elevado número de recetas emitidas por médicos no especialistas a pacientes sin un contacto previo significativo. Según el Superintendente, esta disposición “tiene como objetivo garantizar un sistema más transparente, eficiente y alineado con los principios de la medicina basada en la evidencia, preservando la confianza de los beneficiarios en el acceso a prestaciones adecuadas y seguras”.

La Resolución 3934/2024 representa un paso importante hacia una mayor transparencia y eficiencia en el sistema de salud, asegurando que los beneficiarios tengan acceso a la información necesaria para tomar decisiones informadas sobre su atención médica. Sin embargo, esto representará un obstáculo para aquellos afiliados que prefieran la atención de profesionales que se encuentran fuera de su cartilla. 

Esperamos que hayas encontrado este artículo útil. En ElegiMejor, entendemos que tu salud es una prioridad, por lo que es esencial elegir centros profesionales que ofrezcan servicios de alta calidad. Si deseas obtener más información sobre los distintos planes de salud, sus prestaciones, cartillas y precios, te invitamos a visitar nuestra página web. ¡Aprovechá nuestro Comparador de Prepagas Gratuito y no pagues de más!

Sobre el autor : Fabien Barralon

Titular de un postgrado en Biología Molecular de la Universidad Paris 6 en Francia y de un Master en marketing en la escuela de negocios HEC Paris. Trabajó 8 años en la industria farmacéutica para diferentes laboratorios (Sanofi, Eli Lilly, Pierre Fabre y Servier) en París, México DF y Buenos Aires. Vive en Argentina desde 2011 y es cofundador de la plataforma ElegiMejor.com.ar, la primera plataforma que compara planes de medicina prepaga en Argentina. Página Linkedin.

Pasos y Documentos para Solicitar el Reintegro en la Obra Social

Estetoscopio para hacer referencia al reintegro de las obras sociales

¿Sabías que algunos planes de salud cuentan con el beneficio de reintegro en la obra social? Esto le permite al afiliado atenderse con prestadores por fuera de la cartilla y después obtener la retribución del dinero invertido. Para conocer más acerca de los planes que incluyen este servicio visitá nuestra página web ElegiMejor.

Los reintegros tienen topes y ciertas exigencias por parte de la empresa prestadora de salud, estos pueden variar dependiendo del plan, pero en todos los casos están supervisados por la Superintendencia de Servicios de Salud.

Tanto las obras sociales como las empresas de medicina prepaga ofrecen este beneficio. Sin embargo, en el caso de las prepagas pueden ser mucho más amplios dependiendo del nivel del plan contratado. A más categoría, mayor costo en la cuota mensual y valores más altos en los reintegros. 

Teniendo en cuenta el contexto económico actual del país, es posible que estés buscando maneras de reducir los gastos que haces en salud. En el siguiente artículo podés encontrar la información acerca del reintegro en la obra social, cómo solicitarlo y los pasos a seguir para realizar este trámite. 

¿Qué es un reintegro obra social? 

En ciertos casos, un afiliado a una obra social se puede atender con un médico que no esté en la cartilla de su plan o hacerse estudios en instituciones con prestadores por fuera de la misma gracias al reintegro de su obra social y, más adelante, puede solicitar el reembolso del costo del servicio. 

Para hacer uso del reintegro de la obra social, el afiliado debe presentar cierta documentación y cumplir con algunos requisitos, diferentes de los de una cobertura directa. Además, se debe tener en cuenta que solo se incluyen las prácticas que estén dentro del plan de prestaciones que ofrece tu plan de salud. 

Por otra parte, no todas las prestaciones se pueden ejercer de esta manera, estas varían dependiendo de cada plan de salud y la obra social o prepaga. En este sentido, los valores en los montos de los reintegros también pueden variar según el plan. Estos se calculan gracias a valores acordados por cada empresa. 

¿Cómo se tramita un reintegro de la obra social? 

Por lo general, el reintegro se deposita en la cuenta bancaria del titular de la obra social, con un plazo (según cada empresa), una vez se hizo la solicitud. 

Para solicitar un reintegro obra social se debe presentar cierta documentación relacionada con el caso en particular, en la oficina de la correspondiente obra social o prepaga y en algunos casos de manera online. 

Los documentos que pueden ser requeridos para solicitar el reintegro de la obra social para realizar este trámite son: 

  • Recibo o factura original del pago del servicio realizado con el nombre del afiliado y fecha posterior a la orden médica. 
  • Diagnóstico médico.
  • Fotocopia de los resultados (en caso de ser un estudio).
  • Fotocopia de la solicitud médica.
  • Fotocopia de la autorización médica.
  • CBU y CUIL del titular de la obra social. 
  • Caja del material entregado que coincida con la orden.
  • Planilla de derivación completa. 

Para asegurarte de que documentación en particular debés presentar según tu caso, dirígete a tu obra social de manera presencial o telefónica. Así mismo, puedes encontrar información al respecto en la correspondiente página web. Muchas empresas cuentan con un formulario online para este trámite.

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Una fotocopia de la autorización y solicitud médica son de los requisitos para el reintegro por obra social.

Tipos de reintegros en las obras sociales 

Algunas de las principales prestaciones que pueden ser susceptibles de reintegros de las obras sociales son: 

  • Reintegro por prestaciones médicas.
  • Reintegros por productos médicos.
  • Reintegros por gastos sociales, como hospedaje y tickets para atención médica. 

¿Qué hacer en caso de que la obra social no responda por un reintegro? 

En caso de solicitar el reintegro de la obra social y no recibir el pago, podés presentar una queja formal a la empresa exigiendo respuesta y solución. Recordá guardar una copia del reclamo con una firma de recepción. La obra social está en obligación de recibir la queja. 

En caso de recibir una negativa o simplemente no tener respuesta, estás en tu derecho de presentar una carta documento solicitando el reintegro. Este tipo de documento es una comunicación fehaciente por lo cual la empresa no puede negarse a recibirla. 

Por último, siempre tenés la opción de presentarte en la Superintendencia de Servicios de Salud (SSSalud) para hacer el reclamo. Recordá que si la obra social es provincial o universitaria no corresponde hacer el reclamo frente a este ente de control, sino dirigirse directamente al Ministerio de Salud.

Este contenido te puede interesar: ¿Qué Hacer Cuándo la Obra Social No Cubre un Medicamento?

¿Qué es el SURGE?

SURGE es el Sistema Único de Reintegro por Gestión de Enfermedades, creado por la Superintendencia de Servicios de Salud por medio de la resolución 665 del 2024, para administrar el dinero que tiene a disposición el Estado para el financiamiento de las prestaciones asistenciales de baja incidencia y alto impacto económico o de tratamiento prolongado. 

Con este proyecto se busca apoyar a las obras sociales con los reintegros por las prestaciones anteriormente mencionadas y establecer procedimientos, requisitos, dispositivos y valores máximos a reintegrar a las obras sociales. 

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Alternativas para reducir costos en el pago de los planes de salud 

Debido a las constantes subas que han tenido los planes de salud en el 2024, sabemos que en la actualidad los argentinos buscan nuevas alternativas para reducir los costos en el pago de su cobertura médica. En ese sentido, nuestra plataforma busca ser de utilidad para quienes buscan una mejor alternativa

Asimismo, te recomendamos que si estás buscando ahorrar en tu plan de salud, podés optar por una prepaga económica, que tal vez no es tan conocida en el mercado, pero ofrece todas las prestaciones básicas y más importantes. Lo que permite que sus costos sean menores, pero con una cartilla más limitada. 

De la misma manera, si lo que querés es pagar menos en tu plan, podés elegir un plan con copagos lo que significa una cuota mensual más baja y un pago adicional al atenderse en algunas prestaciones. Este suele ser un monto bajo, que no se cobra para todos los servicios, pero hace que el plan sea más económico. 

Por otra parte, para encontrar el mejor plan para vos y tu familia, recordá usar el Comparador de ElegiMejor, donde podés obtener toda la información necesaria para tomar la mejor decisión. Ya que te presenta los diferentes tipos de ofertas de plan, con las prestaciones, la cartilla y los precios, con tus requerimientos y exigencias personales.

Fuentes:

Sobre el autor : María Alejandra Martínez Botero

Graduada de un postgrado en Gestión del Patrimonio Cultural de la Universidad de Buenos Aires y de la licenciatura en Artes Visuales de la Universidad Tecnológica de Pereira. Trabaja como redactora de contenido SEO, desde hace más de tres años, para diferentes páginas web, entre ellas la plataforma de ElegiMejor.com.ar, la primera plataforma que compara planes de medicina prepaga en Argentina.Página Freelancer.

7 Claves de la Transición de la Receta en Papel a la Receta Digital para Obras Sociales y Prepagas

Doctora realizando una receta digital según la nueva ley en Argentina

A partir del 1 de julio, entró en vigencia la nueva Ley 27.553 de receta digital en Argentina. Sin embargo, la receta en formato físico seguirá siendo válida hasta diciembre de este año, dejando un período de transición para que los distintos sistemas y tecnologías de los entes de salud puedan adaptarse a la nueva normativa.

Durante este tiempo de transición, las prescripciones de los medicamentos, las órdenes de estudios y prácticas que estén prescritos con la anterior modalidad, en papel, seguirán siendo válidas. Mientras tanto, los usuarios y las empresas de salud podrán adaptarse a los cambios.

El objetivo de la receta electrónica es agilizar y mejorar todo el proceso de la medicación de pacientes. Para conocer más sobre las claves de esta nueva ley y su periodo de adaptación a la receta digital, ¡seguí leyendo y consultá más sobre planes y temas de salud en nuestra web ElegiMejor

¿Cuándo entran en vigencia las recetas digitales? 7 Claves de la transición 

Durante este periodo de transición de 180 días, es muy importante la participación activa de todos los entes relacionados en la prescripción y entrega de medicación. En este sentido, consideramos que existen 7 puntos clave en la estrategia para la implementación de la receta digital. Te los mencionamos a continuación: 

1) Adaptación y excepción 

En este periodo, tanto los profesionales que aún no tienen acceso a la tecnología para la receta electrónica, pueden seguir haciendo las recetas en papel, así como los pacientes que tengan este tipo de formato, pueden reclamar sus medicamentos por este medio. 

Para las zonas de difícil acceso a la conexión a internet, habrá una condición de excepcionalidad y se seguirá aceptando la receta en papel. Asimismo, en momentos particulares de una interrupción al sistema, se aceptará el antiguo formato.  

2) Capacitación con las jurisdicciones 

Uno de los principales puntos a desarrollar para que la receta digital se instale como el único medio de intercambio de medicamentos, es la capacitación por parte del Ministerio de Salud de la Nación, a todas las jurisdicciones, para que puedan adecuar las correspondientes plataformas digitales. 

De esta manera, por medio de talleres y diferentes tipos de acciones se capacita a los profesionales de la salud implicados y se avanza en la adecuación de los recetarios electrónicos. 

3) ReNaPDiS 

El ReNaPDiS o el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias, es un sistema creado por el Ministerio de Salud de la Nación, donde deben estar registradas todas las plataformas o softwares de los sistemas de salud. Así, en este padrón, se encuentran inscritos todos los soportes de la receta digital. 

Este sistema lo coordina la Dirección Nacional de Sistemas de Información Sanitaria. Con el objetivo de desarrollar los medios tecnológicos que propendan por la calidad en los servicios de salud, a la vez que mejoran la coordinación entre los mismos. 

En el ReNaPDiS deben estar tanto los sistemas anteriores que ya se encontraban en funcionamiento, como los que empiecen a emitir las recetas electrónicas desde ahora. 

4) Actualización del SISA

El SISA es el Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentino, donde se deben registrar todos los profesionales de salud. Este régimen se ha actualizado habilitando un proceso de carga masiva para todas las jurisdicciones, permitiendo la actualización de las personas habilitadas para hacer las recetas digitales. 

5) Plataformas actuales 

Las plataformas que ya se encuentran operando para emitir recetas digitales, siguen funcionando, entre tanto completen su registro. Es decir, que pueden seguir trabajando como antes, siempre y cuando utilicen este tiempo para actualizarse y estén inscritas en el ReNaPDiS. 

6) Código de verificación

Las recetas digitales tienen un código único que permite tanto al usuario como al profesional comprobar si este documento es legal. De esta manera, se busca certificar un proceso libre de inconvenientes en el proceso de distribución de medicamentos

7) Lugares de consulta 

El Ministerio de Salud ha habilitado varios lugares de consulta  sobre la receta digital, tanto de manera online como presencial. Además, vía telefónica se pueden comunicar con el número 0800-222-1002 y su correo electrónico es receta@msal.gov.ar.

Por otra parte, el Ministerio de Salud también ha consolidado una página web exclusiva para la receta digital, con la finalidad de brindar a los usuarios el fácil acceso a la información necesaria para el uso y la implementación de esta herramienta. 

Allí se presentan diferentes datos que pueden ser útiles para el cliente del servicio de salud, como requisitos y reglas para estos trámites.

¿Qué dice el ministerio respecto a la receta digital?

En meses pasados, el Ministro de Salud tuvo una reunión con delegados de los ministerios de las diferentes jurisdicciones y provincias. En este encuentro se discutieron las estrategias para la implementación de la receta digital y aumentar la adhesión al sistema

Tanto las provincias como la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), deberían manifestar la intención de desarrollar y promover los sistemas necesarios para la adhesión a la receta digital en sus respectivas jurisdicciones. Por consiguiente, todas las plataformas deben quedar inscritas en el ReNaPDiS.

Según las declaraciones del Ministerio, la receta digital tiene como finalidad dar más garantías y eficacia a todo el proceso de prescripción de medicación. El objetivo es seguir mejorando la trazabilidad y disminuir la burocracia alrededor de este procedimiento. Por otra parte, este método mejora la privacidad en el manejo de los datos de los pacientes. 

De esta manera, en este tiempo de transición de la nueva dinámica digital, el Ministerio trabaja con las siguientes estrategias: 

  • La comunicación con los equipos encargados de la tecnología con que trabaja la receta digital.
  • Conversatorios para difundir la forma de funcionamiento de la receta digital y aclarar dudas.
  • Reuniones y comunicación individual por parte de la Nación, con cada uno de los ministros de las diferentes jurisdicciones, manteniendo un contacto activo.
  • Difundir un marco normativo que estandarice los criterios para la puesta en marcha de la receta digital en cada jurisdicción.  

Las provincias y receta digital 

Mientras que la Ley Nacional de Receta Electrónica en su Decreto 345/2024 se pone en vigencia que los ministros de salud de cada provincia tendrán este periodo de seis meses para adecuar los procedimientos y adherirse al sistema. En este sentido, los distritos cuentan con diferentes instrumentos para este proceso.  

Por ahora, ya cuentan con legislación al respecto las siguientes provincias:

  • Chaco
  • Entre Ríos 
  • Jujuy
  • Mendoza
  • Salta
  • San Juan
  • Tierra del Fuego 
  • Tucumán 

Como mencionamos en este artículo, durante este período de transición cada provincia debe confirmar su adhesión al nuevo sistema de receta digital. Si querés obtener más información sobre los planes de salud, visitá nuestra página web ElegiMejor o utilizá nuestro Comparador de Prepagas, donde un asesor de nuestro equipo te brindará la asistencia que necesitas. 

Fuentes:

Sobre el autor : María Alejandra Martínez Botero

Graduada de un postgrado en Gestión del Patrimonio Cultural de la Universidad de Buenos Aires y de la licenciatura en Artes Visuales de la Universidad Tecnológica de Pereira. Trabaja como redactora de contenido SEO, desde hace más de tres años, para diferentes páginas web, entre ellas la plataforma de ElegiMejor.com.ar, la primera plataforma que compara planes de medicina prepaga en Argentina.Página Freelancer.

¿Qué va a pasar con las Obras sociales y Prepagas? Gobierno Argentino Refuerza el Control sobre Obras Sociales y Empresas de Medicina Prepaga

Qué pasa con las obras sociales y prepagas

El Superintendente de Servicios de Salud (SSSalud), Gabriel Oriolo, anunció un endurecimiento en la regulación de Obras Sociales y empresas de Medicina Prepaga en Argentina. En una reciente entrevista radial, el vocero informó que la Superintendencia ha inhabilitado a más de 60 entidades debido a irregularidades, mientras que otras 127 están bajo investigación por no cumplir con las normativas vigentes.

Si te interesa saber qué va a pasar con las Obras Sociales y Prepagas tras este decreto, te invitamos a seguir leyendo este artículo de ElegiMejor

Endurecimiento en la Regulación del Sector de los Servicios de Salud

Gabriel Oriolo detalló que el desorden estructural detectado está afectando severamente la calidad de los servicios prestados a los beneficiarios. Este hallazgo proviene de auditorías exhaustivas e investigaciones que han revelado múltiples deficiencias en el sector.

En la actualidad, en palabras del Superintendente, Argentina cuenta con 661 empresas de medicina prepaga registradas. Sin embargo, solo diez de ellas tienen una inscripción definitiva, mientras que las 651 restantes tienen un estatus provisional, es decir, no cumplen con los requisitos básicos exigidos por la ley para su funcionamiento. Cabe destacar que, 127 de estas entidades no han presentado ningún documento, como contratos o registros contables. Debido a esto, Oriolo ha solicitado a todas las empresas de Medicina Prepaga y Obras Sociales que regularicen su situación a la brevedad.

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Hasta el momento, se han clausurado 61 empresas que no respondieron a los requerimientos de la Superintendencia. De estas, solo tres han respondido; dos solicitaron la baja voluntaria y la tercera está en proceso de regularización. Además, se ha identificado la triangulación entre obras sociales y empresas de medicina prepaga, una práctica que añade costos innecesarios para los beneficiarios. En este sentido, Oriolo explicó que entre el 3% y el 8% del costo total para los beneficiarios se pierde en gastos que no aportan valor.

Este contenido te puede interesar: Gobierno presenta una medida cautelar a las prepagas: ¿Qué pasará con los aumentos?

Objetivo del Gobierno: El Reordenamiento de los Servicios de Salud

El objetivo principal de la Superintendencia es asegurar que los aportes de los trabajadores se utilicen directamente en la prestación de servicios, evitando la pérdida de recursos en intermediaciones innecesarias. Por su parte, Oriolo también destacó la problemática de las “cajas negras” en el sistema, donde algunas obras sociales actúan como intermediarios sin ofrecer beneficios reales, generando costos adicionales sin proporcionar un valor tangible a los afiliados.

El proceso de reordenamiento y auditoría en el que está trabajando la Superintendencia busca mejorar la transparencia y eficiencia del sistema de salud en Argentina. La meta es garantizar que los derechos y aportes de los beneficiarios sean correctamente administrados y utilizados, y que los recursos se destinen efectivamente a la prestación de servicios, minimizando los costos innecesarios.

¡Si querés conocer todo sobre Obras Sociales y Prepagas visitá ElegiMejor

Fuente:

Infobae

Sobre el autor : Fabien Barralon

Titular de un postgrado en Biología Molecular de la Universidad Paris 6 en Francia y de un Master en marketing en la escuela de negocios HEC Paris. Trabajó 8 años en la industria farmacéutica para diferentes laboratorios (Sanofi, Eli Lilly, Pierre Fabre y Servier) en París, México DF y Buenos Aires. Vive en Argentina desde 2011 y es cofundador de la plataforma ElegiMejor.com.ar, la primera plataforma que compara planes de medicina prepaga en Argentina. Página Linkedin.

¿Se Puede Tener Dos Obras Sociales al Mismo Tiempo?

Persona hablando si se puede tener dos obras sociales al mismo tiempo

En Argentina, al tener un nuevo contrato de trabajo se debe elegir una obra social para hacer los aportes. Pero, ¿sabías que se puede tener dos obras sociales al mismo tiempo? siempre que se cumplan ciertas condiciones y requisitos específicos. Si te interesa esta información, ¡seguí leyendo en ElegiMejor!

De hecho, es un caso más común de lo que parece. Por ejemplo, cuando el trabajador tiene, por una parte, un contrato en relación de dependencia (con una cobertura médica) y, por otra, es monotributista, con otro servicio de salud. 

Por estar afiliado a dos obras sociales, el trabajador tendrá una cobertura médica más extensa al combinar las prestaciones de ambos planes. Pero es fundamental que dichas entidades estén al tanto de esta situación para evitar problemas en la prestación del servicio.

A continuación, te presentamos toda la información acerca de cómo se puede tener dos obras sociales al mismo tiempo en Argentina. Y si querés conocer más sobre las prestaciones, cartilla y precios de los principales planes de salud, visita nuestra página web para saber todo sobre las Prepagas y Obras Sociales.

Requisitos y condiciones para tener dos obras sociales al mismo tiempo

Para tener dos obras sociales al mismo tiempo, el afiliado debe tener en cuenta los límites establecidos por la ley, lo que le permite acceder a una mejor cobertura pero sin duplicar los beneficios. Es decir, que estos dos servicios médicos se complementan entre sí con sus prestaciones, pero los beneficios no se deben recibir duplicados

Uno de los requisitos fundamentales para tener dos obras sociales al mismo tiempo es que ambas estén afiliadas a la Superintendencia de Servicios de Salud (SSSalud) y que sean obras sociales sindicales o de carácter nacional o provincial. De esta forma, una de las coberturas está sujeta al rubro en el que trabaja el afiliado en relación de dependencia o como monotributista y la otra puede ser de la preferencia del trabajador. 

Otro requisito para tener dos obras sociales de manera legal en Argentina, es que ambas entidades estén informadas al respecto de esta situación. De esto se debe encargar el afiliado informando respectivamente a cada una de las instituciones. 

Te invitamos a leer el artículo de nuestro Blog sobre la Obras Sociales Nacionales y Provinciales

Ventajas de tener dos obras sociales al mismo tiempo

Una de las principales ventajas que ofrece tener dos obras sociales al mismo tiempo es que en la mayoría de los casos, el trabajador aumenta la cantidad de prestaciones y cartilla de su servicio de salud. Además, se amplía la cobertura en medicamentos, ya que los convenios con las farmacias varían dependiendo de la obra social. 

En este sentido, el afiliado puede tener más opciones al momento de elegir un prestador, un especialista, un centro médico o un sanatorio y, por lo tanto, puede mejorar la calidad del servicio, con mayor flexibilidad. Por otra parte, esta mayor cobertura puede mejorar el acceso a las prestaciones médicas, haciendo más cortos los tiempos de espera para concretar una cita. 

Desventajas de tener dos obras sociales al mismo tiempo

Si bien se puede tener dos obras sociales al mismo tiempo, es importante saber que existen algunas desventajas para el afiliado. Por ejemplo, el hecho de que se aumentan los gastos destinados a este servicio, ya que va a tener que pagar las cuotas correspondientes a los dos planes de salud. 

Otra consideración, es que tener dos obras sociales puede generar conflictos sobre qué prestaciones cubre cada una, lo que podría derivar en complicaciones al momento de utilizar los servicios médicos.

Igualmente, el hecho de tener que gestionar dos planes de salud puede generar algunos trámites administrativos engorrosos y complejos. Es decir, tener que lidiar con esta burocracia puede ser un factor preocupante para el afiliado. 

¿Qué dice la ley sobre tener dos obras sociales al mismo tiempo?

La ley de Contrato de Trabajo en Argentina, determina que si se puede tener dos obras sociales al mismo tiempo. No obstante, se debe cumplir con los requisitos que mencionamos anteriormente. Además, es importante tener en cuenta que cada obra social tiene sus propias normativas y es responsabilidad de cada trabajador estar al tanto de las mismas, para cumplir con las condiciones de cada empresa. 

Este contenido te puede interesar: ¿Cómo Tener una Obra Social sin Trabajo en Argentina?

Casos en los que está permitido tener dos obras sociales al mismo tiempo

El caso más común en el que se puede tener dos obras sociales, es cuando un trabajador en relación de dependencia también está inscrito como monotributista. Por lo tanto, cuenta con el servicio de salud de su trabajo principal y, a su vez, con el que se desempeña en el monotributo. 

Asimismo, puede suceder que al estar en pareja, la cobertura en salud lo cubre como beneficiario del cónyuge. Pero, al mismo tiempo, al tener su propio trabajo, se cuenta con otra cobertura como titular.  

Otra posibilidad para tener dos obras sociales, es que un trabajador que se haya jubilado siga trabajando, así tendrá, por una parte, la cobertura médica como jubilado, pero, al mismo tiempo, tendrá una cobertura por el trabajo en actividad. 

Nuestras recomendaciones en ElegiMejor

Finalmente, te recordamos los puntos que nos parece importante destacar al respecto de tener dos obras sociales al mismo tiempo. Lo principal es comprobar que las dos empresas estén inscritas en la Superintendencia de Servicios de Salud (SSSalud), una de las obras sociales debe ser de carácter sindical y otra nacional o provincial.

Desde nuestro punto de vista, no recomendamos tener dos obras sociales al mismo tiempo, ya que puede ser complicado por varias razones que pueden derivar en problemas legales. 

En todo caso, si el afiliado busca mejorar su servicio y ampliar su cobertura médica, podría derivar sus aportes a un plan de más categoría de una prepaga. ¿Por qué? Porque en lugar de pagar por dos obras sociales, tal vez conviene pagar por un plan de salud privado.  

Recordá que para tener más información sobre planes de salud, sus precios y cartilla podés consultar nuestra página web ElegiMejor o el Comparador de Prepagas

Fuentes

Sobre el autor : María Alejandra Martínez Botero

Graduada de un postgrado en Gestión del Patrimonio Cultural de la Universidad de Buenos Aires y de la licenciatura en Artes Visuales de la Universidad Tecnológica de Pereira. Trabaja como redactora de contenido SEO, desde hace más de tres años, para diferentes páginas web, entre ellas la plataforma de http://ElegiMejor.com.ar , la primera plataforma que compara planes de medicina prepaga en Argentina.Página Freelancer.

Listado de Obras Sociales y Prepagas con Más Afiliados en el País

Obras Sociales y Prepagas con más afiliados

Las obras sociales con más afiliados en Argentina, forman parte de más de 292 empresas prestadoras de salud que brindan servicios a más de 15 millones de usuarios en total, con un aumento aproximado de 2,64% de afiliados por año, según la Cámara de Instituciones de Diagnóstico Médico (CADIME)

Aproximadamente, el 43% de los afiliados se ubica dentro de las 10 primeras obras sociales con más afiliados y, si a esta lista se agregan las 6 siguientes obras sociales con más afiliados, se llega a un 50%. 

Si querés conocer la lista completa con las obras sociales y prepagas con más afiliados del país, seguí leyendo que te traemos toda la información y si querés conocer más sobre planes de salud, sus prestaciones, precios y cartilla, entrá en nuestra página web ElegiMejor.

¿A qué nos referimos con obras sociales con más afiliados?

Para contextualizar, recordemos que el sistema sanitario de Argentina está dividido en tres principales sectores: 

  • El sector público: Puede ser utilizado por cualquier habitante del país que lo requiera. En un informe de la Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC), se estima que el sistema de salud público es utilizado por el 36% de la población. 
  • Seguridad social obligatoria: Las obras sociales que cuentan con el 61% de la población, incluyendo trabajadores en relación de dependencia, monotributistas, jubilados con PAMI y sus respectivos grupos familiares. 
  • Sector privado: Son las prepagas que cuentan con un 14% de los afiliados del país, esto incluye los que hacen derivación de aportes, con un total de más de 6 millones de personas afiliadas.

Según el informe de la Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC), los anteriores porcentajes exceden el total de la población porque hay un fenómeno de solapamiento por: “Múltiples coberturas a causa de la escasa articulación entre subsistemas”, aclarando que un aproximado de 4,9 millones de personas están en más de un sector de la salud.

Listado de las obras sociales en Argentina

A continuación, te presentamos una lista de las obras sociales con más afiliados de Argentina

  • OSECAC
  • OSDE
  • OSPRERA
  • UPCN
  • UOCRA
  • OSPE
  • OSUTHGRA

OSECAC

OSECAC es la Obra Social del Sindicato de los Empleados del Comercio y Actividades Civiles y está presente en la lista de obras sociales con más afiliados del país, con 2.081.179 beneficiarios. Fue creada en 1964 y es una de las principales obras sociales de Argentina.

Además, brinda su servicio en hospitales y sanatorios de alta calidad y una cartilla con todas las especialidades. También tiene 116 centros propios, de atención ambulatoria, más de 1300 consultorios y 259 centros de gestión.

Por otro lado, ofrece dos tipos de planes a sus usuarios: un Programa Médico Obligatorio (PMO)  y otro plan superador, con más prestaciones. El primero, con un servicio básico pero completo. Mientras que el segundo, el plan Azul, incluye prestaciones adicionales a las obligatorias y una cartilla de sanatorios más amplia.

OSDE

OSDE es un caso especial porque en sus inicios, en 1970, era la Obra Social de Ejecutivos y en esta categoría estuvo durante 20 años. Pero a partir del año 1992, su sigla significa: Organización de Servicios Directos Empresarios, convirtiéndose en una empresa híbrida entre obra social y prepaga.  

En este sentido, la empresa comenzó a prestar servicios a nivel nacional y ese mismo año nació la Fundación OSDE, que es el inicio del grupo empresario que hoy respalda a esta obra social, como uno de los más fuertes del país. 

Con su recorrido y crecimiento, actualmente OSDE cuenta con 2.2 millones de afiliados, siendo líder en cobertura de salud. Tiene más de 8.000 contratos con farmacias y más de 380 centros de atención personalizada.

Una de sus grandes ventajas es que se mantiene siempre a la vanguardia, en cuanto a tecnología médica se trata. A su vez, cuenta con un plan especial para jóvenes y diferentes canales de comunicación.

Este contenido te puede interesar: Swiss Medical o OSDE: ¿Cuál es Mejor según tus Necesidades y Presupuesto?

Sede de la obra social OSDE
OSDE tiene 2.2. millones de afiliados en Argentina.

OSPRERA

OSPRERA es la Obra Social del Sindicato de Trabajadores Rurales y en este conteo entra con 1.331.000 afiliados. Cuenta con más de 800 centros para atender a sus beneficiarios en todo el país y unas 22 sedes. Además, en Capital ofrece un hotel de propiedad de su sindicato para que se alojen sus asociados.

Otra de las grandes ventajas que ofrece esta obra social es su cobertura médica en el país. Asimismo, cuenta con servicios como traslado sin cargo, derivación por complejidad, gastos de acompañantes, entre otros.

UPCN

UPCN es la Obra Social del Personal Público de la Nación, un nombre que ha evolucionado en: Obra Social Unión del Personal Civil de la Nación.

Anteriormente, esta empresa se dedicaba solo al personal público de la Nación, pero desde la desregulación del sistema de salud, ha ganado más de 300 mil afiliados, llegando a un total actual de más de 700.000. Vale aclarar que en esta cifra no están incluidos los adheridos a la prepaga Accord Salud que es la empresa socia de UPCN. 

De esta manera, es uno de los grupos empresariales de salud más grandes del país, al ofrecer su servicio en 78 sucursales, con sanatorios y centros propios de primera calidad. 

UOCRA

UOCRA es la obra social del Sindicato de Trabajadores de la Construcción y tiene alrededor de 1.200.000 afiliados. Ofrece servicios médicos a los trabajadores de la construcción y sus familias, pero también a personas de otros rubros y monotributistas. 

Cuenta con una red a nivel nacional para ofrecer sus servicios y con el sanatorio Franchin como su principal centro de atención en la Capital. Además, tiene 50 centros médicos propios para la atención primaria que funcionan como instituciones en las provincias y dispone de otras sedes de servicios en el resto del país. 

Entre sus grandes ventajas está el contar con más de 400 localidades y tiene un modelo de atención que se distingue por el trato personalizado e integral, tanto del titular como de su grupo familiar. 

OSPE

OSPE, la Obra Social del Sindicato de Petroleros, nace en el año 1996 para atender a los trabajadores de YPF, convirtiéndose en la primera empresa de su tipo en el rubro. En este sentido, ofrece servicios de alta calidad a sus asociados y su gran ventaja es que cuenta con una amplia gama de planes que varían según su nivel de servicio. Pero, a medida que avanzan en prestaciones, se incrementa el costo de su cuota mensual. Estos planes son:

  • Plan A-406
  • Plan A-325
  • Plan A-425
  • Plan A-604
  • Plan A-704
  • Plan A-706
  • Plan OSPe Joven

OSUTHGRA

OSUTHGRA es la Obra Social de los Trabajadores Hoteleros y Gastronómicos de la República Argentina. Siendo una de las más grandes, ofrece servicios a más de 450.000 personas alrededor de Argentina.

Dentro de su cobertura se distingue su gran red de prestadores, asegurando la atención a sus afiliados en algunos de los mejores centros de salud. Asimismo, OSUTHGRA cuenta con policlínicas propias para atención prioritaria en diferentes zonas de Gran Buenos Aires.

Prepagas con más afiliados

Las prepagas son empresas de medicina privada que otorgan un servicio en proporción a la cuota pagada por el cliente. Dentro de este grupo existen diferentes tipos de entidades como: 

Sociedades comerciales

Estas sociedades comerciales cuentan con el 39,3% del total de los afiliados a las prepagas. Ejemplos: 

Obras Sociales con planes superadores

Estas obras sociales con planes superadores cuentan con el 36,2% del total de los afiliados a las prepagas.  Ejemplos:

Mutuales con 11,6% de los afiliados

Según datos de la Superintendencia de Servicios de Salud (SSSalud), las entidades de cada una de las categorías con más cantidad de usuarios son: 

  • Swiss Medical
  • OSDE
  • Sancor Salud

Distribución de los afiliados a los planes de medicina prepaga en Argentina

Las empresas de medicina privada cuentan con más de 6 millones de personas afiliadas, la distribución de esta población no es proporcional en todo el país. Y queda de esta forma: 

  • Ciudad de Buenos Aires 45,5%.
  • Tierra del Fuego 16,9%.
  • Provincia de Buenos Aires 15,1%.
  • Formosa (2,1%).
  • Santiago del Estero (2,2%).
  • Chaco (2,8%). 
  • Jujuy (3,5%).
  • Misiones (3,6%).
  • La Rioja (3,7%).
  • Corrientes (3,8%). 

Esperamos que esta información haya sido de tu utilidad y que sigas confiando en nosotros para aclarar todas tus dudas sobre planes y medicina prepaga. Te invitamos a visitar la página web para más detalles en ElegiMejor. Y si estás evaluando entre una Obra Social o Prepaga, podés consultar nuestro Comparador de planes. ¡Encontrá la mejor asesoría en cobertura de salud en un solo lugar!

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¿Cómo Poner al Hijo de mi Pareja en la Obra Social? Lo que Establece la Ley

Cómo poner al hijo de mi pareja en mi obra social

Lo primero que debes tener en cuenta cuando te preguntás, ¿cómo poner al hijo de mi pareja en la obra social? Es que la Ley argentina establece que, todo titular de un plan de salud tiene derecho a adherir como beneficiarios a su grupo familiar primario. Esto incluye a los hijos del cónyuge o concubino. ¡Para más detalles, no dejes de leer ElegiMejor!

De esta manera, el círculo familiar se expande más allá de los vínculos sanguíneos y se brinda los mismos derechos a las llamadas familias ensambladas, es decir, una familia que está conformada por una pareja que tiene hijos de una relación anterior).

De hecho, las parejas estables con uniones convivenciales, tienen igualdad de derechos que las establecidas por el matrimonio. Por lo tanto, podés poner al hijo de tu pareja en la obra social, siempre y cuando convivas con ellos y tengas una unión de hecho o casamiento con tu pareja. 

Según el Artículo 672 del Código Civil, en términos legales, al convivir con una pareja, que tenga sus hijos bajo cuidado personal, pasás a ser el “progenitor afín” de esos niños. Por ende, cuentan con todos los beneficios que esto acarrea. 

Requisitos para adherir al hijo de mi pareja en la obra social

Para poner al hijo de tu pareja como beneficiario de tu obra social, debes convivir con ella y tener un certificado oficial que verifique este vínculo. Es decir, estar casados o en unión de hecho. Además, tu pareja debe tener a sus hijos bajo su cuidado personal, independientemente de si es compartido o no. 

Además, es importante tener en cuenta que el niño o adolescente no debe contar con ningún otro tipo de servicio social o previsional que provenga de sus progenitores, biológicos o adoptantes. 

Por último, el niño o adolescente no puede estar afiliado a otra obra social. Para verificarlo será necesario que diligencies un certificado negativo de CODEM (Comprobante de Empadronamiento en una Obra Social) del padre o la madre biológicos, expedida por el ANSES. 

Pasos para saber cómo poner al hijo de mi pareja en la obra social

El procedimiento para adherir al hijo de tu pareja a la obra social puede variar, pero es bastante similar en todas las obras sociales. Por lo general, suele ser un trámite que se hace de manera presencial, sin necesidad de que asista otra persona además del titular. 

Para efectos, debes hacer la solicitud en una sucursal de la obra social correspondiente, presentando la siguiente documentación: 

  • Certificado de domicilio.
  • Fotocopia del DNI de ambos concubinos.
  • Fotocopia del DNI del menor.
  • Certificado de convivencia o acta de matrimonio.
  • Fotocopia de recibo de sueldo o más reciente pago del monotributo.
  • Alta del AFIP.
  • Certificado de nacimiento de los hijos de la pareja a adherir.
  • Formulario de empadronamiento de la obra social. 
  • CODEM/ANSES

Este artículo te puede interesar: ¿Cómo adherir a mi pareja a la Obra Social

¿Es posible que la obra social se niegue afiliar el hijo de mi pareja? 

Es posible, pero no es legal, ya que los hijos del cónyuge tienen derecho de ser beneficiarios de la obra social a la que perteneces. En caso de que la obra social entregue una respuesta negativa a este trámite, el afiliado podrá entablar una acción de amparo de salud para apelar a esta respuesta. 

¿Qué dice la ley sobre cómo poner al hijo de mi pareja en la obra social?

Todos los niños cuentan con los derechos establecidos en la convención de los Derechos del Niño que incluye por supuesto, el derecho a la salud. Este debe estar por delante de cualquier otro concepto sobre la conformación familiar, pues la salud es un derecho fundamental. 

En Argentina, la ley es clara respecto a incluir al hijo de tu pareja como beneficiario de la obra social a la que estás afiliado. Algunas de las leyes que respaldan esto son:

  • La Ley Nacional 23.660 establece que están incluidos como beneficiarios a la obra social del titular todo el grupo familiar primario. 
    • Artículo 8: aclara que dicha extensión incluye a los hijos del cónyuge.
    • Artículo 9, inc. b): agrega que quedan incluidos en calidad de beneficiarios “las personas que convivan con el afiliado titular y reciban del mismo trato familiar”.
  • Ley de Medicina Prepaga 26.682 art. 14, inc.b): incluye en la cobertura del grupo familiar a “la persona que conviva con el afiliado titular en unión de hecho, sea o no de distinto sexo y sus hijos, según acreditación que determine la reglamentación”.
  • Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes Decreto 415/2006, art. 7: define que “se entenderá por ‘familia o núcleo familiar’, ‘grupo familiar’, ‘grupo familiar de origen’, ‘medio familiar comunitario’ y ‘familia ampliada’, además de los progenitores, a las personas vinculadas a los niños, niñas y adolescentes, a través de líneas de parentesco por consanguinidad o por afinidad, o con otros miembros de la familia ampliada”.

Progenitor afín: ¿Qué es?

El progenitor afín es una figura legal, que se creó para definir al tipo de madre o padre que no tiene vínculo sanguíneo con el menor, pero que ejerce este rol en las familias ensambladas.

Así, el nuevo Código Civil en su Artículo 672 lo define como: “El cónyuge o conviviente que vive con quien tiene a su cargo el cuidado personal del niño o adolescente”. Es decir que “resulta necesaria la convivencia o matrimonio con el progenitor del niño o adolescente y, además, que esté bajo su cuidado personal. Es necesario que el menor de edad se encuentre viviendo con su progenitor y su cónyuge o conviviente, para estar en presencia de dicha figura legal”.

Obligaciones de un progenitor afín 

Como toda reglamentación, una vez definidos los derechos de este rol, también se estiman los deberes. En este sentido, un progenitor afín según el Código Civil en su Artículo 673 civil tendrá que: 

  • Ayudar en su crianza y educación.
  • Colaborar en su formación en las cuestiones diarias en la casa.
  • Tomar decisiones frente a una urgencia.
  • Proveer alimentación, siempre y cuando los padres naturales no puedan.

Por ahora hemos llegado al cierre de este artículo, si querés más información relacionada a salud y Obras Sociales podés consultar nuestro blog en nuestra página web ElegiMejor

Fuentes:

Sobre el autor : María Alejandra Martínez Botero

Graduada de un postgrado en Gestión del Patrimonio Cultural de la Universidad de Buenos Aires y de la licenciatura en Artes Visuales de la Universidad Tecnológica de Pereira. Trabaja como redactora de contenido SEO, desde hace más de tres años, para diferentes páginas web, entre ellas la plataforma de ElegiMejor.com.ar, la primera plataforma que compara planes de medicina prepaga en Argentina.Página Freelancer.

¿Cómo adherir a mi pareja a la Obra Social? Guía y Requisitos Indispensables

Cómo adherir a tu pareja a la obra social

Si sos el titular de una cobertura médica y te estás preguntando, ¿cómo adherir a mí pareja a la obra social? en el siguiente artículo vas a encontrar toda la información, incluyendo los requisitos, pasos y otros temas relacionados. ¡Informate en nuestra página web ElegiMejor!

Tené en cuenta que con tu afiliación a una obra social, podés tener como beneficiarios a todos los miembros de tu grupo familiar primario. Así que, las prestaciones que te ofrece tu plan de salud, vas a poder extenderlas tanto a tu pareja como a tus hijos. 

Recordá, además, que toda obra social o prepaga tiene que ofrecer mínimamente el Programa Médico Obligatorio (PMO) que incluye todas las prestaciones médicas básicas establecidas por la Superintendencia de Servicios de Salud (SSSalud). 

¿A quién nos referimos cuando hablamos de pareja?

La Ley Argentina dice que podés asociar a tu pareja a la obra social, siempre y cuando este vínculo esté debidamente acreditado por un documento oficial. Además de los matrimonios, entran en esta categoría: la pareja de hecho, el cónyuge o concubino. 

¿Cómo legalizar una relación para agregar a mi pareja a la obra social? 

Existen dos posibilidades para legalizar una relación en Argentina:

  • Contraer matrimonio
  • Tramitar la unión civil/convivencial

En ambos casos se establece legalmente el vínculo, obteniendo tanto los beneficios y derechos de este estatus, como las obligaciones legales. Este trámite se lleva a cabo en el Registro Civil que les corresponda como pareja, según su domicilio. 

Conocé más de este tema: Certificado de Convivencia para Obra Social: Requisitos y Cómo Tramitarlo

Requisitos para adherir a mi pareja a la obra social

Para poder agregar a tu pareja a la obra social debés cumplir con los siguientes requisitos

  • Estar casados o en unión convivencial (concubinato).
  • Contar con un certificado oficial que acredite que son pareja.
  • Tu pareja no debe tener otra obra social activa.

Además, deben presentar la siguiente documentación:

  • Constancia de la unión. 
  • DNI y copia, tanto del titular como de la pareja. 
  • Último recibo de sueldo del titular.
  • Certificado negativo del ANSES (en algunos casos).
  • Constancia de CUIL de la pareja.
  • CODEM/ANSES a cargo del titular.

 ¿Cómo adherir a mi pareja a la obra social?

El procedimiento de adherir a tu pareja a la obra social puede variar según la obra social. Por lo general, se hace de manera presencial, con la asistencia solo del titular, en la oficina de la obra social que corresponda. Y con la documentación que mencionamos anteriormente. 

Si sos un empleado en relación de dependencia, también podés utilizar los canales de atención virtual que tiene habilitado el ANSES para incorporar o dar de baja integrantes del grupo familiar a través del siguiente enlace: https://www.anses.gob.ar/atencion-virtual 

Asimismo, los vínculos familiares deben estar registrados y actualizados en el ANSES: https://servicioscorp.anses.gob.ar/clavelogon/logon.aspx?system=miansesv2

Cómo agregar a mi pareja a la obra social si soy monotributista

Si sos monotributista y querés adherir a tu pareja a la obra social, los pasos que debes seguir según la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) son:

  • Acceder al portal del monotributo.
  • Ingresar tu CUIT y clave fiscal.
  • Ingresar en “Datos del monotributo”.
  • Ingresar en “Modificar mis datos”.
  • Completar los datos que pide el sistema, con número de CUIT del nuevo beneficiario.
  • Verificar la nueva credencial de pago.

Cómo asociar a mi pareja a la obra social del PAMI 

Para adherir a tu pareja al PAMI tenés que dirigirte a la sucursal que corresponda con la siguiente documentación:

  • DNI.
  • Último recibo de cobro del titular.
  • DNI del cónyuge.          
  • Acta de matrimonio actualizada.
  • Constancia de CUIT/CUIL.
  • Constancia negativa del ANSES.
  • Constancia negativa de la obra social provincial.

Recomendaciones para asociar a tu pareja a la obra social

  • En el caso de que ambas personas cuenten con una obra social que se paga por aportes, es recomendable que unifiquen ese monto y así se puede acceder a un plan de salud de más categoría que beneficie a los dos. En la mayoría de los casos unir estos dos aportes es suficiente para tener acceso a la cobertura de un plan de medicina prepaga. 
  • Es importante destacar que en caso de tramitar el documento de Unión Convivencial, para adherir a tu pareja a la obra social, además de los beneficios del plan de salud, también tendrán otras ventajas como poder proteger la vivienda como un bien familiar. Con esta protección patrimonial se evita el remate.

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¿A quiénes puedo adherir en mi obra social, además de mi pareja? 

Según la Ley en Argentina, un afiliado titular de una obra social tiene derecho a incluir en su lista de beneficiarios a todo su grupo familiar primario, que incluye la pareja, pero además a las siguientes personas:

  • Hijos solteros hasta los 21 años.
  • Hijos solteros mayores de 21 años y hasta los 25 pero que cursen estudios que sean reconocidos. 
  • Hijos discapacitados sin límite de edad.
  • Los hijos del cónyuge o concubino.
  • Cualquier menor que esté bajo tutela judicial o administrativa del titular. 
  • Las personas que conviven con el titular y tienen trato familiar. 

El Ministerio de Salud de la Nación, manifiesta al respecto: “La Superintendencia de Servicios de Salud puede autorizar que queden incluidos como beneficiarios otros ascendientes o descendientes por consanguinidad del beneficiario titular y que estén a su cargo. En este caso, se fija un aporte adicional igual al 1,5% por cada una de las personas que se incluyan”.

Este artículo te puede interesar: ¿Hasta cuándo cubre la obra social a los hijos?

¿Cómo adherir a mi hijo?

Para adherir un hijo como beneficiario tenés que presentar la documentación en una oficina de tu obra social:

  • DNI del titular
  • DNI de los hijos
  • Partida de nacimiento

Recordá que cuando la mamá y el papá tienen una obra social diferente, él o los hijos, solo pueden tener una de las dos coberturas. Y que también podés sumar a los hijos de tu pareja si convivís con ellos.

Esperamos que esta información haya sido de tu utilidad y que nos sigas consultando sobre temas de salud y Prepagas en nuestra página web.

Fuentes:

  • AFIP – Agregar adherente a la obra social
  • PAMI – Afiliación Uniones Convivenciales
  • ANSES – Obra Social para Trabajadores en Relación de Dependencia
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Certificado de Convivencia para Obra Social: Requisitos y Cómo Tramitarlo

Certificado de convivencia para obra social

Un certificado de convivencia para la obra social, es el documento que vas a requerir al momento de asociar a tu pareja como beneficiaria de tu afiliación. Ya que, al ser titular, tenés el derecho de beneficiar a todo tu grupo familiar primario y quienes convivan con vos. ¡Informate más en ElegiMejor!

Esto significa que no es necesario estar casado para que tu pareja se pueda adherir a tu obra social. Pero si vas a necesitar un certificado de concubinato para la obra social para tramitar esta diligencia. 

Para gestionar el certificado de convivencia para la obra social debés dirigirte a un Registro Civil con dos testigos que sean mayores de edad y que no sean tus familiares. Esta unión convivencial quedará inscrita en el Registro de las Personas, con el domicilio en el que conviven los concubinos. 

En caso de tramitar un certificado de concubinato para la obra social, ambas personas deben estar en voluntad de hacerlo, ya que en este documento queda registrada la unión de dos individuos.  Si querés saber más, ¡seguí leyendo que te traemos toda la información!

¿Qué es un certificado de convivencia?

El certificado de convivencia o concubinato es un documento que certifica legalmente la relación de dos personas, que viven en una misma casa, sin que sea necesario casarse. Así, estos dos ciudadanos podrán acceder a ciertos derechos y beneficios que tienen como pareja. 

Para obtener un certificado de concubinato, la pareja tendrá que haber convivido por al menos dos años.  

Además, así como se tramita el certificado de convivencia puede ser finalizado, dirigiéndose a una oficina del Registro Civil. En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), se puede reservar el turno de manera virtual en la página web https://login.buenosaires.gob.ar.

¿Qué documentos son necesarios para tramitar el certificado de convivencia para la obra social?

Para tramitar el certificado de convivencia para la obra social vas a necesitar llevar a la oficina del Registro Civil más cercano la siguiente documentación: 

  • Original y copia del DNI.
  • Original y copia del DNI de la pareja.
  • Original y copia del DNI de los testigos.
  • Constancia de residencia o en su defecto una factura de servicios.
  • Recibo de pago de las unidades tributarias.
  • Dos testigos mayores de 18 años con DNI.
  • Si declara estado civil divorciado debe acreditar con acta.
  • Si declara ser viudo debe acreditar con acta.

Requisitos para tramitar un certificado de convivencia para obra social

  • Ser ambos mayores de 18 años.
  • Tener DNI o documento que acredite la identidad.
  • Haber mantenido una convivencia durante dos años mínimo.
  • No ser parientes.
  • No estar casados.
  • No tener registrada otra unión convivencial.
  • Tener una relación pública y permanente.

¿Cuánto tarda un certificado de convivencia para la obra social?

El certificado de convivencia para la obra social se entrega en el mismo momento en que se hace el trámite. 

¿Dónde se tramita el certificado de convivencia para obra social?

Esta diligencia la podés hacer en el Registro de las Personas que te corresponde según tu domicilio. El mismo lugar está habilitado para finalizar la unión y otros pactos de pareja. 

¿El certificado de convivencia tiene un costo?

Se cobra un monto bajo, ya que el trámite en sí no tiene costo, pero se deben pagar las Unidades Tributarias que varían dependiendo de la urgencia de la solicitud. 

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¿Para qué sirve un certificado de convivencia además de la obra social?

El certificado de convivencia  sirve para tramitar la obra social de la pareja de un afiliado titular y hacerlo beneficiario a dicha cobertura médica, pero además tiene otros usos que otorgan derechos como: 

  • Preservar la casa donde se convive, ya que no podrá ser vendida o hipotecada sin la firma de ambas personas convivientes.
  • Pedir créditos o ayudas del gobierno de manera conjunta. 
  • En caso de muerte de alguno, el otro puede cobrar su pensión. 
  • Para contratar servicios públicos para la casa de convivencia. 

Obligaciones que recaen con un certificado de convivencia 

Un certificado de convivencia otorga ciertos derechos como pareja, pero también ciertas obligaciones como: 

  • Dividir los gastos del hogar.
  • Responder por las deudas de la pareja. 
  • Tanto la vivienda como los muebles del hogar pertenecen a la pareja, por lo tanto ninguno de los dos puede disponer de ellos sin la autorización del otro. 
  • No se obtiene compensación económica en caso de que la unión se termine. 

¿Qué dice la ley sobre la unión convivencial?

El Código Civil y Comercial en el título III de Uniones Convivenciales, capítulo 1 de la Constitución dice que: 

  • ARTICULO 509.- Ámbito de aplicación. Las disposiciones de este Título se aplican a la unión basada en relaciones afectivas de carácter singular, pública, notoria, estable y permanente de dos personas que conviven y comparten un proyecto de vida común, sean del mismo o de diferente sexo.
  • ARTÍCULO 511.- Registración. La existencia de la unión convivencial, su extinción y los pactos que los integrantes de la pareja hayan celebrado, se inscriben en el registro que corresponda a la jurisdicción local, solo a los fines probatorios. No procede una nueva inscripción de una unión convivencial sin la previa cancelación de la preexistente. La registración de la existencia de la unión convivencial debe ser solicitada por ambos integrantes.
  • ARTÍCULO 512.- Prueba de la unión convivencial. La unión convivencial puede acreditarse por cualquier medio de prueba; la inscripción en el Registro de uniones convivenciales es prueba suficiente de su existencia.

Si te interesa tramitar el certificado de convivencia para la obra social o querés conocer más de los beneficios de contar con un plan de salud, podés visitar nuestra página web ElegiMejor para tener más detalles. ¡Te asesoramos de forma gratuita!

Fuentes:

  • Arentina GOB – Acreditar datos personales y familiares en ANSES
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