¿Cuáles son las obligaciones de las obras sociales?

La obra social tiene la función de garantizar en todo momento las prestaciones a su cargo cada vez que sean requeridas por la persona. Incluye desde una atención médica simple hasta la realización de un programa médico obligatorio exigido por la empresa a la que el trabajador pertenece. No obstante, las obligaciones de las obras sociales van más allá dado que deben proveer también otros beneficios.

La situación del trabajador, la clave para las diferentes obligaciones

Las obligaciones de las obras sociales o, mejor dicho, lo que estas deben permitir y ofrecer con distintos alcances varía según la situación en la que el trabajador se encuentre. Suelen ser tres:
1- La persona ya tuvo la entrevista laboral y le han confirmado que se sumará a la empresa en unos días, pero aún no firmó el contrato. Por lo tanto, no pertenece a la organización, pero la obra social debe permitirle realizarse todos los estudios médicos correspondientes para demostrar que carece de problemas importantes de salud.

2- La persona pertenece a la empresa, por lo que la obra social debe permitirle realizar todo tipo de consultas, tratamientos y atención médica cada vez que lo requiera. Además, tiene que ser sin costo alguno, dado que los servicios y prestaciones están incluidas en el contrato.

3- Por diversas razones, el trabajador dejó de pertenecer a la empresa, lo que implica dos posibilidades: la primera es que aún no hayan transcurrido 90 días desde que firmó su desvinculación y que, por lo tanto, a la obra social le corresponde admitirlo. La segunda es que ya se haya superado dicho lapso y, en consecuencia, el individuo ya no pueda ser beneficiario de los servicios de la obra social

Otras condiciones para que las obras sociales admitan a las personas

Así como las obras sociales tienen la obligación de brindar un servicio íntegro durante el periodo en que un trabajador pertenece a una empresa, lo mismo ocurre en otros casos; por ejemplo, cuando la persona se inscribe en un programa o beneficio provisional, la obra social puede verse obligada a prestar todos sus servicios. Es lo que sucede con los jubilados y pensionados.

Se trata de cumplir con la aplicación del principio de interpretación sistemática de las Leyes dictaminadas por la Corte Suprema. No obstante, una obra social puede resultar mejor que otra según lo que el propio contrato de trabajo establece; por ejemplo, la posibilidad de que todos los integrantes de la familia del trabajador accedan a los mismos beneficios.

En cualquier caso, para conocer las diferentes obligaciones de las obras sociales tenés que buscar las normas de las mismas, como así también prestar atención a lo que el contrato de trabajo establece.

Sobre el autor : Fabien Barralon

Titular de un postgrado en Biología Molecular de la Universidad Paris 6 en Francia y de un Master en marketing en la escuela de negocios HEC Paris. Trabajó 8 años en la industria farmacéutica para diferentes laboratorios (Sanofi, Eli Lilly, Pierre Fabre y Servier) en París, México DF y Buenos Aires. Vive en Argentina desde 2011 y es cofundador de la plataforma ElegiMejor.com.ar, la primera plataforma que compara planes de medicina prepaga en Argentina. Página Linkedin.

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